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NORMAS LEGALES Lima, lunes 27 de agosto de 2001 ejecución inmediata, que garantice el buen cumplimiento del contrato, hasta por S/. 45 000.00 (Cuarenta y cinco mil y 00/100 Nuevos Soles), según el Anexo Nº 9 , luego de lo cual, se le devolverá la Carta Fianza de Seriedad de la Oferta del Postor señalada en el Anexo Nº 6. XIII. LAS RETRIBUCIONES La persona jurídica liquidadora seleccionada confor- me a la Ley General, percibirá la comisión fija por única vez devengada al inicio, y comisiones variables que se deriven de la aplicación de los porcentajes detallados en el contrato ( Anexo Nº 7- contrato ), como única retribu- ción por sus servicios y por todo concepto, incluyendo el IGV. Este porcentaje se aplicará únicamente sobre los ingresos efectivamente registrados en caja por BANCO SERBANCO S.A ., salvo los casos, que se hace mención a continuación. En el caso de ventas a plazo u otras modalidades previamente aprobadas por la SUPERINTENDENCIA , la retribución se hará efectiva sólo después de registrado el ingreso en caja del importe de la correspondiente cuota por BANCO SERBANCO S.A., siendo requisito adicional para el caso de bienes inmuebles, la inscripción en registros públicos del respectivo contrato. Cuando se trate de compensaciones o de dación en pago, para que sea considerada dentro de la masa computable para el cálculo de la retribución, se requerirá de previa autorización escrita de la SUPERINTENDENCIA siendo requisito adicional para el caso de bienes inmuebles, la inscripción en registros públicos del respectivo contrato . El desembolso de la retribución se efectuará luego de conclui- da la operación y que la transferencia quede registrada en la contabilidad de BANCO SERBANCO S.A .. La retribución percibida por la persona jurídica liqui- dadora es por todo concepto, con excepción de los gastos de mantenimiento, saneamiento administrativo - legal de los activos, u otros de BANCO SERBANCO S.A ., efectuados en concordancia con las instrucciones de la SUPERINTENDENCIA. Tales conceptos conforman los denominados “gastos del proceso de liquidación”, al que hace referencia el Artículo 26º de la Resolución SBS Nº 455-99. Los costos de personal, gastos administrativos y ope- rativos serán por cuenta de la persona jurídica liquida- dora. XIV. SANCIONES Y PENALIDADES En caso que por cualquier causa no atribuible a la SUPERINTENDENCIA , el postor adjudicatario de la buena pro no cumpliese con entregar la carta fianza que garantice el buen cumplimiento de las obligaciones, como penalidad se efectivizará la carta fianza a que se refiere el Anexo Nº 6 , quedando además el postor inhabilitado durante cinco (5) años, para participar en posteriores concursos que convoque la SUPERINTENDENCIA . ANEXO Nº1 TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA SELECCIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA QUE SE ENCARGARÁ DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE BANCO SERBANCO S.A. 1. OBJETO DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR La Superintendencia, de conformidad al Artículo 115º de la Ley General, encomienda a la persona jurídica la liquidación del Banco, para lo cual le otorga las atribu- ciones y obligaciones consideradas en el presente instru- mento y las previstas en la Resolución SBS Nº 455-99. 2. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A CON- TRATAR a) Recuperación de cartera de créditos, incluida la venta de la misma. b) Realización de activos. c) Pago de acreencias, conforme a Ley. d) Ordenamiento administrativo y documentario. e) Otros que específicamente se establezcan en las normas sobre la materia, el contrato y los que, en su caso, considere la Superintendencia.3. RECURSOS HUMANOS QUE DEBERA EM- PLEAR EL CONTRATADO PARA LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO La persona jurídica liquidadora deberá asignar para las labores de liquidación personal profesional debida- mente calificado, de preferencia que haya trabajado en bancos o con ellos, y con experiencia en: a) Manejo de cartera crediticia. b) Contabilidad Bancaria. c) Auditoría Interna. d) Gestión Legal. e) Sistemas Informáticos. f) Administración. La empresa postora debe proponer dos personas como representantes de la persona jurídica liquidadora (Ver Anexo Nº 8B ). El personal considerado en la propuesta, no podrá ser cambiado sin autorización previa de la SUPERINTEN- DENCIA . 4. INFORMES PERIODICOS, PUBLICACIÓN DE BALANCES Y ESTRUCTURA DEL INFORME FINAL a) Rendición de cuentas La persona jurídica liquidadora mensualmente debe presentar para su aprobación por la Superintendencia, una rendición de los gastos de mantenimiento y sanea- miento administrativo - legal de los activos, u otros realizados por cuenta de BANCO SERBANCO S.A . b) Informes Trimestrales La persona jurídica liquidadora debe presentar en forma trimestral a la SUPERINTENDENCIA un infor- me detallado y sustentado, incluido un Resumen Ejecu- tivo, sobre el desarrollo de la liquidación con referencia a los progresos obtenidos en la venta de activos, las acciones adoptadas para la recuperación o realización de la cartera, las sumas recaudadas por dichos conceptos, el pago de pasivos, y otros aspectos de interés del proceso liquidatorio. Complementariamente, la persona jurídica liquida- dora deberá hacer llegar a la SUPERINTENDENCIA información estadística en diskette de 3 ½ “ referente a: • Balance General (Forma “A”) • Estado de Pérdidas y Ganancias (Forma “B”) • Balance de Comprobación de Saldos • Flujo de Caja • Listado detallado de ingresos y egresos Los informes y balances serán entregados a la SUPERINTENDENCIA dentro de los 15 días calenda- rio posteriores al fin del trimestre. c) Balances Semestrales Cuando menos una vez durante el semestre la perso- na jurídica liquidadora deberá publicar en el Diario Oficial, los balances que muestren el estado del BANCO SERBANCO S.A .. Dicha publicación se efectuará den- tro de los 30 días calendario posteriores al fin del semes- tre. El costo de la publicación será asumido por la persona jurídica liquidadora. d) Informe de fin de gestión La persona jurídica liquidadora deberá presentar un informe de fin de gestión debidamente auditado, al venci- miento del presente contrato, a la culminación del proceso liquidatorio, o a la resolución del presente contrato, en el caso de que estos dos últimos eventos ocurrieran con anterioridad. El costo de la Auditoría será por cuenta de BANCO SERBANCO S.A ., mediante contrato, previa- mente autorizado por la SUPERINTENDENCIA . 5. PLAZO MÁXIMO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El plazo máximo para la prestación de los servicios de la persona jurídi ca liquidadora es de 12 meses contados a