Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (27/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 209252 NORMAS LEGALES Lima, lunes 27 de agosto de 2001 Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 29844 M T C Otorgan a Radio HG-AM Sociedad Co- mercial de Responsabilidad Limitada autorización y permiso de instalación para operar estación del servicio de radiodifusión comercial por televisión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 665-2001-MTC/15.03 Lima, 16 de agosto de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO HG-AM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILI- DAD LIMITADA, sobre el otorgamiento de autorización para establecer una estación del servicio de radiodifu- sión comercial por televisión en UHF, en el distrito, provincia y departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción, señalan que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifu- sión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Informes Nºs. 597-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 584-2001-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso- ría Técnica de la Dirección General de Telecomuni- caciones, respectivamente, señalan que la solicitud for- mulada por la empresa RADIO HG-AM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013- 93-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Únicode Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa RADIO HG-AM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de insta- lación y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión comer- cial por televisión en UHF, en el distrito, provincia y departamento de Cusco, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda: V Video: 645.25 MHz. Audio: 649.75 MHz. Canal :43 Indicativo :OCV-7X Potencia :Video: 1 Kw. Audio: 0.1 Kw. Emisión :Video: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Av. El Sol Nº 934, distri- to, provincia y departa- mento de Cusco. Ubicación de la Planta Transmisora :Cerro Picchu, distrito, provincia y departamen- to de Cusco. Coordenadas: L.O. 71° 59' 43" L.S. 13° 30' 27" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente Resolución. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instala- ción y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sanción de dejar sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa RADIO HG-AM SOCIE- DAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITA- DA, está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con la presente resolu- ción, estando impedida de modificar las características a que se contrae el Artículo 1º de la presente resolución sin autorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio auto- rizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 29805 Otorgan a HG-AM S.C.R.L. autoriza- ción y permiso de instalación para ope- rar estación del servicio de radiodifu- sión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 666-2001-MTC/15.03 Lima, 16 de agosto de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa HG - AM S.C.R.L., para que se le otorgue autorización para