Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2001 (15/12/2001)


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LEY Nº 27599
MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2001

En MORDAZA, a los catorce dias del mes de diciembre de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 36423

LEY QUE CONCEDE AMNISTIA A LOS MIEMBROS DE LAS RONDAS CAMPESINAS Y/O COMUNALES QUE VIENEN SIENDO PROCESADOS POR TENENCIA ILEGAL DE MORDAZA Y SECUESTRO
Articulo 1º.- Objeto de la ley Concedese amnistia general a los miembros de las rondas campesinas y/o comunales reconocidas en la Ley Nº 24571, que se encuentren procesados por la tenencia ilegal de MORDAZA y secuestro, siempre y cuando este ultimo hecho no este signado de desaparicion o tortura de los afectados. La amnistia alcanza a los miembros de las rondas campesinas y/o comunales que por cualquier hecho o delito vinculado con sus labores comunales vienen siendo procesados y/o hayan sido condenados despues del autogolpe de Estado del 5 de MORDAZA de 1992. Articulo 2º.- Aplicacion jurisdiccional de la ley El Poder Judicial dejara sin efecto y en el estado en que se encuentren las denuncias y procesos judiciales que involucren a las personas comprendidas en el articulo precedente, disponiendose el archivamiento definitivo de los procesos. Las autoridades correspondientes, en el mismo acto del archivamiento dispondran la inmediata MORDAZA de todos aquellos a quienes se refiere la presente Ley que estuviesen recluidos, inclusive a aquellos con sentencia condenatoria ejecutada o en ejecucion. En ambos casos se dispondra igualmente la anulacion de los antecedentes policiales y judiciales de las personas beneficiarias de la presente Ley. Articulo 3º.- Excepcion de la ley El beneficio de la amnistia no alcanza a aquellos ronderos que hayan sido denunciados, procesados o condenados por delitos contra la humanidad, tortura con lesiones graves, secuestro seguido de desaparicion del o de las personas secuestradas, terrorismo, narcotrafico, delitos contra la MORDAZA sexual, en calidad de autores o participes. Articulo 4º.- Vigencia de la ley La presente Ley entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de noviembre de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el senor Presidente de la Republica, en cumplimiento de los Articulos 108º de la Constitucion Politica y 80º del Reglamento del Congreso, ordeno que se publique y cumpla.

PODER EJECUTIVO
PCM
Autorizan viaje de representantes de PROMPERU a Colombia para participar en evento a fin de promocionar atractivos turisticos del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 649-2001-PCM MORDAZA, 14 de diciembre de 2001 Vista la Carta Nº C.768.2001/PP.SE de la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU. CONSIDERANDO: Que, el 5 y el 6 de diciembre de 2001, en las ciudades de Bogota y Medellin, Colombia, respectivamente, se llevara a cabo el Workshop - Colombia, organizado por la Comision de Promocion del Peru - PromPeru, con el objeto de promocionar los atractivos turisticos del Peru, en los mercados regionales y continuar con la estrategia promocional de participacion en eventos que propicien el posicionamiento y promocion de nuestro MORDAZA, por lo que previamente a dichos eventos, se llevaran a cabo sesiones de trabajo con los operadores turisticos colombianos; Que, los workshops constituyen uno de los mas importantes MORDAZA de distribucion para la promocion focalizada a los profesionales turisticos del pais-mercado, ya que se trata de eventos exclusivamente dirigidos a tour operadores mayoristas que venden actualmente Peru; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 0042000-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior de la doctora MORDAZA del MORDAZA Vesga Gatti, Secretaria Ejecutiva, por el periodo del 3 al 7 de diciembre del 2001, y de la senora Ibeth Acuna MORDAZA, Jefa del Area de Turismo Receptivo, por el periodo del 4 al 7 de diciembre del 2001, a las ciudades de Bogota y Medellin, Colombia para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Otorgase a las funcionarias mencionadas en el articulo precedente, por una sola vez, el equivalente a un dia de viatico por concepto de gastos de instalacion y traslado. Articulo 3º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Doctora MORDAZA del MORDAZA Vesga Gatti - Viaticos : US$ 1,000.00 - Pasajes : US$ 547.82 - Tarifa Corpac : US$ 25.00 Senora Ibeth Acuna MORDAZA - Viaticos : US$ - Pasajes : US$ - Tarifa Corpac : US$ 800.00 270.00 25.00

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