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Pág. 213954 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de diciembre de 2001 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobier- no Peruano, la donación efectuada por la Federación Inter- nacional de Planificación de la Familia, Región del Hemis- ferio Occidental, Inc., de New York, Estados Unidos de Amé- rica, a favor del Instituto Peruano de Paternidad Respon- sable -INPPARES-, consistente en 5 000 unidades de "DEPO - PROVERA WITH 2 ML SYRINGE" y 300 unida- des de "NORPLANT", según Certificado de Donación de fecha 7 de marzo de 2001. Dicha donación será destinada a los Programas de Planificación Familiar del Instituto Pe- ruano de Paternidad Responsable -INPPARES-. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura Encargado de la Cartera de Salud 36415 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 532-2001-EF Lima, 14 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, Christoffel Blindenmission e.V. de Bensheim, Ale- mania, ha efectuado una donación a favor de la Organiza- ción Peruana para la Prevención de la Ceguera -OPRE- CE- consistente en diversos bienes destinados a sus Cen- tros de Atención Médica Oftalmológica; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí- culo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efec- tuada por Christoffel Blindenmission e.V. de Bensheim, Ale- mania, a favor de la Organización Peruana para la Preven- ción de la Ceguera -OPRECE- consistente en tijeras angu- ladas y otros bienes cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Re- solución Suprema, con un valor aproximado de € 1 054,00 (Mil Cincuenta y Cuatro y 00/100 Euros) según Certificado de Donación de fecha 28 de agosto de 2000 y un peso aproximado de 5 kgs., según Comprobante TRK # 443690100880 de FedEx. Donación destinada a los Cen- tros de Atención Médica Oftalmológica de la Organización Peruana para la Prevención de la Ceguera -OPRECE-.Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud y el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura Encargado de la Cartera de Salud PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas ANEXO Cantidad Bienes Valor Aprox. € Unidad 1Tijeras anguladas Vanna Ref. IG4245 57,00 1Fórceps Colibrí Ref. IG101-30 50,00 1Fórceps McPherson Ref. IG3343 31,00 1Portaagujas Ref. IG4515 50,00 1Tijeras Cornea Castroviejo Ref. IG4311 45,00 1Coutery Ball Wordsworth Ref. IG2185 10,00 1Fórceps angulado Ref. IG3935 48,00 1Juegos Instrumentos Catarata 763,00 36417 Aceptan y apueban donación que será destinada a damnificados por el terremoto del sur del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 531-2001-EF Lima, 14 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, Medecins Sans Frontieres Logistique de Merig- nac, Francia, ha efectuado una donación a favor de la Aso- ciación Médicos Sin Fronteras - Francia consistente en me- dicamentos que serán destinados como ayuda para los damnificados del terremoto del sur del Perú; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto General Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artícu- lo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto Gene- ral a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por Medecins Sans Frontieres Logistique de Merignac, Francia, a favor de la Asociación Médi- cos Sin Fronteras - Francia, consistente en medicamentos se- gún Carta de Donación sin fecha, con un peso aproximado de 53 kgs., según Guía Aérea Nº 074-2214 5583 de KLM ROYAL DUTCH AIRLINES. Dicha donación será destinada como ayu- da para los damnificados del terremoto del sur del Perú.