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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (19/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

Pág. 214135 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de diciembre de 2001 ANEXO 3 LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACION DEL SISTEMA DE EVALUACION DE DESEMPEÑO - SED y DE LOS CRITERIOS DE ASIGNACION DE BONO DE PRODUCTIVIDAD - CAB DE LAS ENTIDADES I. Lineamientos mínimos que debe contemplar el Sis- tema de Evaluación de Desempeño del Personal - SED. Los lineamientos generales aquí establecidos se de- ben adaptar a las características y naturaleza de las Enti- dades de manera tal que permitan una efectiva evaluación del desempeño del personal y su posterior vinculación con los criterios para otorgar el Bono de Productividad. 1.1. El Sistema de Evaluación de Desempeño debe considerar los objetivos estratégicos plasmados en el Plan Operativo anual de la Entidad y en el Convenio de Gestión. 1.2. El sistema de evaluación del personal debe contar con las siguientes características: 1.2.1. Debe ser permanente : Se debe realizar con una periodicidad que posibilite el mejoramiento contínuo a tra- vés de la adquisición de conocimiento (know how), mejo- ramiento de los procesos y cambio de prácticas inadecua- das. De acuerdo con las necesidades de la Entidad, la eva- luación será trimestral o semestral. 1.2.2. Debe ser conocido por los evaluados : Este conocimiento se refiere a dos aspectos: 1.2.2.1. Conocimiento de los criterios de evalua- ción, es decir los aspectos que serán medidos en el em- pleado, con el objetivo de brindar a éste la posibilidad de tomar las acciones que apunten al logro de un mejor des- empeño. Se buscará, si bien no es un lineamiento mandatorio, incorporar las observaciones y aportes del empleado en la definición de los aspectos en los que será evaluado. 1.2.2.2. Conocimiento de los resultados de la eva- luación, con el objetivo de informar al empleado como está siendo percibido su desempeño y de esta manera determi- nar las acciones que debe tomar para mejorarlo. Se buscará, si bien no es un lineamiento mandatorio, dar al empleado la posibilidad de opinar y hacer observa- ciones y aportes al resultado de la evaluación que le es comunicado, incorporando en ese proceso la evaluación que éste hace de su propio desempeño. 1.2.2.3. Debe ser sustentada : Es decir que se debe contar con una metodología de evaluación clara, que in- corpore criterios de evaluación cuantitativa y cualitativa. Los criterios de evaluación cuantitativa orientarán al per- sonal hacia el cumplimiento de los objetivos y metas de la Entidad. Los criterios de evaluación cualitativa serán el ins- trumento que permita incorporar en el personal actitudes que promuevan los valores y principios de la Entidad. Los criterios de evaluación cuantitativa deberán incluir el aporte del empleado al cumplimiento de cada uno de los Indicadores establecidos en el Convenio de Gestión. Se buscará, si bien no es un lineamiento mandatorio, tener en cuenta la evaluación que realice el equipo de tra- bajo donde participa el evaluado. II. Lineamientos mínimos para establecer los Crite- rios de Asignación del Bono de Productividad. La entrega del Bono de Productividad establecido en el Convenio de Gestión, estará ligada al aporte del empleado en el cumplimiento de los Indicadores de Gestión estable- cidos en el convenio. 2.1 Los Criterios de Asignación del Bono de Productivi- dad deben incorporar los resultados del Sistema de Eva- luación de Desempeño - SED, el cual debe considerar el aporte del trabajador al cumplimiento de las metas esta- blecidas en el Convenio de Gestión.2.2 Se debe establecer claramente quiénes son los tra- bajadores que podrían percibir el Bono de Productividad, en aplicación de estos CAB y en caso se otorgue la confor- midad con la aplicación del Bono de Productividad. Así mismo se deberán establecer los requisitos que debe cum- plir el trabajador (tiempo de permanencia en el trabajo, días laborales cumplidos y otros). 2.3 Se debe establecer claramente el procedimiento a través del cual se determinará el monto a percibir por cada trabajador, guardando los principios de equidad (dar a cada uno según el aporte involucrado en la consecución de las metas) y simplicidad (mecanismo de cálculo). 2.4 Se debe comunicar a los trabajadores que po- drían percibir el Bono de Productividad, el procedimien- to a través del cual se determinará el monto a percibir por trabajador. 36497 Directiva de Difusión de Información Presupuestal y Financiera de las Em- presas y Entidades bajo el ámbito del FONAFE DIRECTIVA DE DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN Aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 003-2001/020-FONAFE OBJETIVO Establecer mecanismos y procedimientos que faciliten el acceso de los ciudadanos y agentes económicos a la información presupuestal y financiera de las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE, a fin de garantizar una utilización transparente de los recursos públicos. LINEAMIENTO GENERAL Con el fin de garantizar el manejo transparente de la información de las entidades bajo su ámbito, el FONAFE viene implementando las acciones necesarias que permi- ten poner a disposición de los ciudadanos la información presupuestal y financiera generada por las empresas y entidades comprendidas bajo su ámbito. PROCEDIMIENTO DE DIFUSION DE LA INFOR- MACION La información financiera y presupuestal de las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE se publica en la pági- na Web de FONAFE, en la dirección http://www.mef.gob.pe y en la página Web de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas, en la dirección http://transparencia-económica.mef.gob.pe . Adicionalmente, FONAFE brindará de manera escrita o electrónica, a los ciudadanos que la soliciten, la informa- ción que no esté publicada en las páginas web antes men- cionadas, siempre que la elaboración de la información solicitada no requiera la producción de nueva información, análisis o evaluación. La solicitud de información deberá cumplir con los si- guientes requisitos: 1. Deberá ser dirigida a la Dirección Ejecutiva del FO- NAFE, mediante una carta u oficio a la dirección jirón Lam- pa Nº 277, piso 6, Lima, o por correo electrónico a la direc- ción fonafe@mef.gob.pe. 2. Deberá indicar como referencia: "solicitud de informa- ción". 3. Deberá contener la siguiente información: - Nombre de la persona natural o jurídica que solicita la información. - Dirección y teléfono a donde se le podrá remitir la in- formación requerida. - Detalle de la información requerida. - Diskette en caso que se solicite información por me- dio electrónico. Una vez recibida la solicitud de información, FONAFE se pronunciará sobre la viabilidad de la entrega de la infor-