Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2001 (19/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

NORMAS LEGALES
acuerdo con el inciso b) del Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Decreto Supremo Nº 131-2001-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 6 898,84 m² ubicado en la parte posterior del programa de vivienda MORDAZA MORDAZA, en las laderas del cerro denominado Nuestra Senora del MORDAZA en el Sector de MORDAZA MORDAZA del distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y la memoria descriptiva que forman parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales 36486

MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2001

nio del terreno submateria de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de la Propiedad Estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto Supremo Nº 03385-VC y Resolucion Ministerial Nº 248-86-VC-1200; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 1 813,36 m² ubicado en la parte posterior de los Lotes Nºs. 6, 7, 8 y 9 de la Manzana "E" de la urbanizacion "Industrial Las Flores" del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales 36487 RESOLUCION Nº 381-2001/SBN

RESOLUCION Nº 380-2001/SBN La MORDAZA, 12 de diciembre de 2001 La MORDAZA, 12 de diciembre de 2001 Visto el Expediente Nº 08147-2000, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 1 813,36 m² ubicado en la parte posterior de los Lotes Nºs. 6, 7, 8 y 9 de la Manzana "E" de la urbanizacion "Industrial Las Flores" del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 406 del 2 de MORDAZA de 1995, modificada por su similar Nº 6288 del 29 de MORDAZA del 2000, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA califico como de naturaleza eriaza el terreno de 1 813,36 m² ubicado en la parte posterior de los Lotes Nºs. 6, 7, 8 y 9 de la Manzana "E" de la urbanizacion "Industrial Las Flores" del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, segun el Certificado Registral de fecha 16 de agosto del 2001, expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, el terreno MORDAZA descrito no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, y revisada la base grafica del Registro Predial MORDAZA, por la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones, no se ha hallado inscripcion en dicho Registro; Que, a traves de la tramitacion del expediente sustentatorio de la presente resolucion se han acreditado los informes favorables de las instituciones estatales que de acuerdo a ley deben emitir opinion respecto a los predios de naturaleza eriaza, materia de tramite de primera inscripcion de dominio; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 021-2001/SBNJAR de fecha 25 de setiembre del 2001, se da cuenta de la inspeccion tecnica realizada el 16 de MORDAZA del 2001, verificandose que el terreno forma parte de un area mayor, sobre la que se ha instalado una planta de procesamiento y almacenamiento de una empresa privada; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, senala que los terrenos eriazos o riberenos ubicados en las areas de expansion MORDAZA se consideran como bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de domiVisto el Expediente Nº 04189-97, mediante el que se sustenta la inscripcion en primera de dominio del terreno de 1 200,00 m² ubicado al final de la Agrupacion o Asentamiento Humano "Carlos Cox Rossi", junto al Lote 18 de la Manzana "L", a la altura del kilometro 39,8 de la Autopista Panamericana Norte en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 11137 del 30 de noviembre del 2000, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA califico de naturaleza eriaza el terreno de 1 200,00 m² ubicado al final de la Agrupacion o Asentamiento Humano "Carlos Cox Rossi", junto al Lote 18 de la Manzana "L", a la altura del kilometro 39,8 de la Autopista Panamericana Norte en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, segun el Certificado Catastral de fecha 3 de MORDAZA del 2001, expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, el terreno submateria no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y revisada la base grafica del Registro Predial MORDAZA, por la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones, no se han hallado inscripciones en dicho Registro; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 026-2001/SBNJAR, de fecha 16 de octubre del 2001, se da cuenta que el predio submateria es de naturaleza eriaza y se encuentra desocupado y libre de edificacion; Que, a traves de la tramitacion del expediente sustentatorio de la presente resolucion se han acreditado los informes favorables de las instituciones que de acuerdo a ley deben emitir opinion respecto a los predios de naturaleza eriaza y riberena ubicados en areas urbanas o extra urbanas con vocacion para uso MORDAZA, materia de tramite de inscripcion en primera de dominio; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, senala que los terrenos eriazos o riberenos ubicados en las areas de expansion MORDAZA se consideran como bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno submateria de conformidad con el Articulo

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