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Pág. 214143 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de diciembre de 2001 nanza Nº 002-2001-MDA) de vendedores de diarios, re- vistas, libros, loterías, golosinas, gaseosas y afines so- licitando integrar la Comisión Técnica Mixta y mediante Oficio Nº 4904 de fecha 24 de julio del 2001 señalan a sus representantes para que se les considere como in- tegrantes de la Comisión Técnica Mixta Distrital; Que, en la Cuarta Disposición Transitoria y en la Se- gunda y Tercera Disposición Final de la citada Ordenanza, se hace referencia sólo a Sindicato y no a Sindicatos, por lo que se hace necesario modificarla considerando "Sindi- catos" en lugar de "Sindicato"; Que, resulta necesaria modificar en ese sentido la Or- denanza Nº 002-2001-MDA, para incluir a los miembros mencionados en el Oficio Nº 4904 de fecha 24-7-01 como representantes de la Comisión Técnica Mixta aprobada por Resolución de Alcaldía Nº 0506 de fecha 30-5-01; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo 36º y los Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Muni- cipalidades Nº 23853, contando con el voto por unanimi- dad de los señores Regidores y con el trámite de dispensa de lectura y aprobación del acta, se ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TÉRMINO DE "SINDICATO" POR "SINDICATOS" DE LA CUARTA DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y LA SEGUNDA Y TERCERA DISPOSICIÓN FINAL DE LA ORDENANZA Nº 002-2001-MDA Artículo Único.- Modifíquese el término "SINDICATO" por "SINDICATOS" en la Cuarta Disposición Transitoria y en la Segunda y Tercera Disposición Final de la Ordenan- za Nº 002-2001-MDA, de fecha 28-2-01. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EUGENIO DE LA CRUZ CUADROS Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 36511 Declaran inaplicable en el distrito la Ordenanza Nº 290 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA Nº 013-01/MDA Ate, 25 de octubre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Ate, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha aprobó la si- guiente: ORDENANZA QUE DECLARA INAPLICABLE EN EL DISTRITO DE ATE RESPECTO DE LA ORDENANZA Nº 290 DE FECHA 18-9-00 DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 290 de fecha 18-9- 2000, la Municipalidad Metropolitana de Lima dispuso la procedencia del Recurso Extraordinario de Revisión contra las Resoluciones emitidas en Segunda Instan- cia por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima y que se encuentran obligadas a remitirle los actuados; Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales, distritales y las delega- das conforme a ley, son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia;3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie- dad Estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 033-85- VC y Resolución Ministerial Nº 248-86-VC-1200; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 1 200,00 m² ubicado al final de la Agrupación o Asentamiento Humano "Carlos Cox Rossi", junto al Lote 18 de la Manzana "L", a la altura del kilómetro 39,8 de la Autopista Panamericana Norte en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado, del terreno des- crito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 36488 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican la Cuarta Disposición Tran- sitoria y la Segunda y Tercera Disposi- ciones Finales de la Ordenanza Nº 002- 2001-MDA ORDENANZA Nº 012-01/MDA Ate, 25 de octubre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Ate, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha aprobó la si- guiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TERMINO DE "SINDICATO" POR "SINDICATOS" DE LA CUARTA DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y LA SEGUNDA Y TERCERA DISPOSICIÓN FINAL DE LA ORDENANZA Nº 002-2001-MDA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 002-01-MDA, de fecha 28 de febrero del 2001, se aprobó la Ordenanza sobre Ins- talación de Módulos para la Venta de Diarios, Revistas y Loterías, en la Vía Pública de la Jurisdicción del distrito de Ate, con la finalidad de normar las actividades de expen- dedores de diarios, revistas y loterías y voceadores en la vía pública así como regular los aspectos técnicos y admi- nistrativos sobre la instalación de Módulos y Voceros en la vía pública dentro de la jurisdicción del distrito de Ate para la venta de diarios, revistas y loterías, como actividad au- torizada por la Municipalidad de Ate; Que, con Expediente Nº 8943 de fecha 28 de junio del 2001 se apersona un Sindicato fundado el 5 de mar- zo de 2001 (fecha posterior a la aprobación de la Orde-