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Pág. 214141 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de diciembre de 2001 Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie- dad Estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 033-85-VC y Resolu- ción Ministerial Nº 248-86-VC-1200; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 1 286,981,61 m² ubi- cado al norte del Balneario de Ventanilla, del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, según el plano y memoria descriptiva que forman parte de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno des- crito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 36484 RESOLUCIÓN Nº 370-2001/SBN La Molina, 12 de diciembre de 2001 Visto el Expediente Nº 03723-97, correspondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 100 246,00 m² ubicado a la altura del kilómetro 51 de la antigua carretera Panamericana Sur en el distrito de Santa María del Mar, provincia y departamen- to de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1248 de fe- cha 7 de mayo de 1997, la Municipalidad Metropolitana de Lima calificó de naturaleza eriaza el terreno de 278 359.93 m2 ubicado a la altura del kilómetro 51 de la autopista Lima - Pucusana y al lado Oeste de la Antigua Panamericana Sur, distrito de San Bartolo, provincia y departamento de Lima; Que, habiéndose realizado el estudio técnico legal co- rrespondiente, se determina que el área materia de ins- cripción en primera de dominio debe corresponder a una de 100 246,00 m2 que forma parte del área antes citada cuya jurisdicción corresponde al distrito de Santa María del Mar, por lo que mediante Informe Técnico Legal Nº 023- 2001/SBN-JAR, de fecha 2 de octubre del 2001, se da cuen- ta de la inspección técnica realizada el 3 de setiembre del 2001, verificándose que el terreno se encuentra desocu- pado y libre de edificaciones; Que, según el Certificado Catastral de fecha 29 de marzo del 2001, expedido por la Oficina Registral de Lima y Callao, el terreno de 100 246,00 m² ubicado a la altura del kilómetro 51 de la antigua carretera Panamericana Sur en el distrito de Santa María del Mar, provincia y departamento de Lima, no se encuentra inscrito en el Regis- tro de la Propiedad Inmueble de Lima; asimismo habiéndo- se consultado al Registro Predial Urbano respecto a un área mayor que incluye al predio submateria, mediante Oficio Nº 2396-2001-RPU/GOD.1, el citado registro infor- ma que no se halla dentro de su competencia; Que, a través de la tramitación del expediente sustentatorio de la presente resolución se han acredi- tado los informes favorables de las instituciones esta- tales que de acuerdo a ley deben emitir opinión respec- to a los predios de naturaleza eriaza y ribereña ubica- dos en áreas urbanas o extra urbanas con vocación para uso urbano, materia de trámite de inscripción en prime- ra de dominio;Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales, señala que los terrenos eria- zos o ribereños ubicados en las áreas de expansión urba- na se consideran como bienes de propiedad estatal; por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de domi- nio del terreno submateria de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie- dad Estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 033-85-VC y Resolu- ción Ministerial Nº 248-86-VC-1200; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 100 246,00 m² ubica- do a la altura del kilómetro 51 de la antigua carretera Pana- mericana Sur en el distrito de Santa María del Mar, provin- cia y departamento de Lima, según el plano y memoria des- criptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno des- crito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 36485 RESOLUCIÓN Nº 378-2001/SBN La Molina, 12 de diciembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 07155-97 correspondiente al trá- mite de Inscripción en Primera de Dominio a favor del Es- tado del terreno de 6 898,84 m² ubicado en la parte poste- rior del programa de vivienda Villa Francia, en las laderas del cerro denominado Nuestra Señora del Carmen en el Sector de Santa Clara del distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1246, de fe- cha 7 de mayo de 1997, la Municipalidad Metropolitana de Lima calificó como de naturaleza eriaza el terreno de 6 000,00 m² ubicado en la parte posterior del terreno del pro- grama de vivienda Villa Francia, en las laderas del cerro denominado Nuestra Señora del Carmen en el Sector de Santa Clara del distrito de Ate Vitarte, provincia y departa- mento de Lima; Que, según Certificado Registral de fecha 11 de octu- bre de 1999, expedido por la Oficina Registral de Lima y Callao, el terreno descrito en el considerando precedente no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, ni en el Registro Predial Urbano según consta de la revisión de la base gráfica; Que, a través de la tramitación del expediente susten- tatorio de la presente Resolución se han acreditado los in- formes favorables de las instituciones que de acuerdo a ley deben emitir opinión respecto a los predios de naturaleza eriaza, materia de trámite de primera inscripción de domi- nio; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 051-2001/SBN- JAR de fecha 14 de noviembre del 2001, se da cuenta del análisis efectuado determinando que el terreno tiene un área real de 6 898,84 m², es de naturaleza eriaza y constituye propiedad del Estado, debiendo por tanto, disponerse la inscripción en primera de dominio a favor del Estado, de