Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2001 (19/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2001

nio del terreno submateria de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 033-85-VC y Resolucion Ministerial Nº 248-86-VC-1200; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 10 000,00 m² ubicado a la altura del kilometro 46,4 de la antigua carretera Panamericana Sur en el distrito de Punta Negra, provincia y departamento de MORDAZA, conforme al plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales 36482 RESOLUCION Nº 365-2001/SBN La MORDAZA, 12 de diciembre de 2001 Visto el Expediente Nº 039-2001/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 867,94 m² ubicado a la altura del Kilometro 56,20 de la autopista Panamericana Sur, en el Balneario Los Pelicanos en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Certificado Catastral de fecha 10 de noviembre del 2000, expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, el terreno de 1 097,25 m², que involucra al terreno de 867,94 m² ubicado a la altura del Kilometro 56,20 de la autopista Panamericana Sur, en el Balneario Los Pelicanos del distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; y revisada la base grafica del Registro Predial MORDAZA, por la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones, no se ha hallado inscripcion en dicho Registro; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 027-2001/SBNJAR, de fecha 16 de octubre del 2001, se da cuenta que el predio submateria es de naturaleza eriaza con afloramiento rocoso, que forma parte de una extension mayor que conforma un acantilado; asimismo, que sobre aproximadamente el 10% del terreno se levanta parte de una vivienda de playa y el area remanente se encuentra desocupada y libre de edificacion; Que, a traves de la tramitacion del expediente sustentatorio de la presente resolucion se han acreditado los informes favorables de las instituciones que de acuerdo a ley deben emitir opinion respecto a los predios de naturaleza eriaza y riberena, ubicados en areas urbanas o extra urbanas, materia de tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, senala que los terrenos eriazos o riberenos ubicados en las areas de expansion MORDAZA se consideran como bienes de propiedad estatal; por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno submateria de conformidad con el Articulo

3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto de Urgencia Nº 131-2001-EF y Resolucion Ministerial Nº 248-86-VC1200; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 867,94 m² ubicado a la altura del Kilometro 56,20 de la autopista Panamericana Sur, en el Balneario Los Pelicanos del distrito de Pucusana, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AMEZAGA MORDAZA Superintendente de Bienes Nacionales 36483 RESOLUCION Nº 366-2001/SBN La MORDAZA, 12 de diciembre de 2001 Visto el Expediente Nº 335780, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio del terreno de 1 286,981,61 m² ubicado al norte del Balneario de Ventanilla, del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro de la Propiedad Inmueble del Callao, mediante Informe Nº 123-2001-ORLC/CLL-WRM/PUBL del 6 de setiembre del 2001, senala que el predio submateria se superpone parcialmente con el inscrito en la Ficha Nº 36756 correspondiente al Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec, cuya jurisdiccion ha sido asumida por el Registro Predial Urbano; Que, mediante Oficio Nº 1361-2001/RPU-GOD1 del 16 de MORDAZA del 2001, el Registro Predial MORDAZA informa que el terreno de 1 286,981,61 m² ubicado al norte del Balneario de Ventanilla, del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, no se encuentra inscrito, ni se superpone con predios inscritos en dicho Registro; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 028-2001/SBNJAR, de fecha 16 de octubre del 2001, se da cuenta de la inspeccion tecnica realizada el 18 de junio del 2001, verificandose que el predio submateria es de naturaleza eriaza y se encuentra desocupado y libre de edificacion; Que, a traves de la tramitacion del expediente sustentatorio de la presente resolucion se han acreditado los informes favorables de las instituciones que de acuerdo a ley deben emitir opinion respecto a los predios de naturaleza eriaza y riberena ubicados en areas urbanas o extra urbanas con vocacion para uso MORDAZA, materia de tramite de inscripcion en primera de dominio; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, senala que los terrenos eriazos o riberenos ubicados en las areas de expansion MORDAZA se consideran como bienes de propiedad estatal; por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno submateria de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de

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