Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2001 (04/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 4 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 196821

ORDENANZA QUE ESTABLECE NUEVOS MONTOS POR CONCEPTO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN PLAYAS DEL DISTRITO Articulo Primero.- PRORROGUESE la vigencia, para el ejercicio fiscal 2001, de la Ordenanza Nº 004-99MDB, ampliada mediante Ordenanza Nº 027-MDB del 5 de enero del 2000. Articulo Segundo.- Establecer la Tasa Unica por Estacionamiento Vehicular por dia en 0.1724% de la UIT, siendo su equivalente a S/. 5.00 (cinco nuevos soles) para la temporada de MORDAZA 2001, considerando el servicio por mas de 5 (cinco) horas en el dia. Articulo Tercero.- Establecer que el porcentaje de la UIT se adecuara al MORDAZA monto que fije el Gobierno Central para el ejercicio 2001, considerando la Tasa en el monto establecido en nuevos soles. DISPOSICION FINAL Articulo Unico.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Oficina de Administracion Tributaria y Oficina de Administracion y Finanzas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 15331

Articulo 4º.- Los contribuyentes podran simplificar la MORDAZA de la declaracion jurada correspondiente a ejercicios anteriores en un solo formulario, no importando los ejercicios por los cuales existia la obligacion de presentarlos. Articulo 5º.- Realizada la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial, por concepto de transferencia, queda sin efecto la obligacion tributaria del Impuesto Predial a partir del ejercicio siguiente y Arbitrios a partir del mes siguiente para el vendedor. Articulo 6º.- Los contribuyentes tienen la obligacion de comunicar dentro del plazo de 10 dias habiles, cualquier modificacion en la informacion proporcionada por el deudor tributario y que no incida en la determinacion del Impuesto, para estos casos los contribuyentes deberan realizar de acuerdo al Articulo 2º de la presente norma. Articulo 7º.- Apruebese los formularios de declaracion jurada manual y mecanizada "HR y PU", siendo el costo de cada uno de ellos de seis nuevos soles (S/. 6.00). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 15332

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS

Aprueban Procedimiento Simplificado Disponen aplicacion de ordenanza que para la MORDAZA de la Declaracion aprobo montos de Tasa por Estacionamiento Vehicular en zonas adyacentes Jurada del Impuesto Predial a las playas del distrito DECRETO DE ALCALDIA
Nº 023-2000-MDB Barranco, 27 de diciembre del 2000 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, el primer parrafo del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF establece que la Declaracion Jurada es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que, el Articulo 14º de la Ley de Tributacion Municipal aprobada por el Decreto Legislativo Nº 776 establece las circunstancias que obligan al contribuyente a presentar Declaracion Jurada del Impuesto Predial; Que, es conveniente integrar en una MORDAZA las disposiciones relativas a la forma en que los deudores tributarios deberan cumplir sus obligaciones tributarias con la Municipalidad; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Procedimiento Simplificado de MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial, mediante la transferencia electronica de datos y la declaracion jurada con formularios manuales. Articulo 2º.- TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE DATOS.- Todos aquellos casos que no esten contemplados en el Articulo 3º de la presente MORDAZA deberan efectuar la Declaracion Jurada del Impuesto Predial sin necesidad de presentar formularios manuales. La Administracion Tributaria emitira una Declaracion Jurada mecanizada, la cual sera MORDAZA de haber presentado dicha declaracion. Articulo 3º.- DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL CON FORMULARIOS.- Las personas naturales o juridicas dedicadas a la transferencia de bienes inmuebles, deberan presentar las respectivas Declaraciones Juradas manuales cuando el caso lo amerite. ORDENANZA Nº 017-MDCH Chorrillos, 29 de diciembre del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS El Concejo Distrital en Sesion Ordinaria del Concejo de la fecha, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; y, CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 003-2000-MDCH del 15 de febrero del 2000 se aprobo la aplicacion de los montos establecidos en la Ordenanza Nº 04-99-MDCH del 13 de febrero de 1999 para la temporada de MORDAZA 2000, ordenanza que regulara la Tasa por Estacionamiento Vehicular en las zonas adyacentes a las Playas La Herradura, Agua MORDAZA y La Encantada del distrito de Chorrillos; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 055 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, del 7 de marzo del 2000, se ratifica la Ordenanza Nº 003-MDCH del 15 de febrero del 2000, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 211 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que regula el procedimiento de ratificacion de ordenanzas; Que, el Art. 16º de la Ordenanza Nº 073-94-MLM mediante la cual se dictan disposiciones referidas al uso de las playas del litoral de la provincia de MORDAZA, indica que las tarifas que se autoricen cobrar a las municipalidades distritales tienen vigencia solo por una temporada de verano; Que, la Ordenanza Nº 212 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA - Ordenanza MORDAZA de la Tasa por Estacionamiento de Vehiculos, publicada el 12 de febrero de 1999, dispone en su Art. 7º que las municipalidades distritales que establezcan Tasas por Estacionamiento Vehicular en Playas, deberan brindar en dichas playas los servicios minimos y condiciones senalados en la Ordenanza Nº 073-94-MLM; Estando a lo MORDAZA expuesto, de conformidad con la Ordenanza Nº 073-94-MLM mediante la cual se dictan Disposiciones referidas al uso de las playas del litoral de la provincia de MORDAZA, la Ordenanza Nº 212 - Ordenanza

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