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Pág. 196815 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de enero de 2001 miento Andino" ha sido inscrito en forma definitiva en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacio- nal de Elecciones, aprobándose como símbolo de dicho partido la figura de una persona con el brazo derecho levantado, encerrada en un marco cuadricular con bor- des de color verde oscuro y con fondo de color verde claro; Que no estando prohibida en la legislación electoral vigente la variación del símbolo de una organización política; y, atendiendo a que la solicitud de variación del símbolo que identifica al partido político "Renacimiento Andino" no viola ninguna de las prohibiciones señaladas en el Artículo 164º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; El Jurado Nacional de Elecciones, en cumplimiento de lo establecido en los numerales 2) y 3) del Artículo 178º de la Constitución Política del Perú; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar como nuevo símbolo del partido político "Renacimiento Andino" la figura de una persona de color azul con el brazo derecho levantado, la cual está encerrada en un marco cuadricular de color negro con fondo blanco. Artículo Segundo.- Inscribir la presente resolución en el Registro de Organizaciones Políticas, y remitir copia de la misma con el símbolo aprobado a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para los fines de ley, con conoci- miento del partido político recurrente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 15399 Disponen inscripción definitiva del Movimiento Amplio País Unido (MAPU) en el Registro de Organizaciones Políti- cas del JNE RESOLUCIÓN Nº 002-2001-JNE Lima, 3 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 1356-2000-JNE de fecha 28 de diciembre del 2000, se inscribió provisionalmente en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacio- nal de Elecciones la organización política denominada "Movimiento Amplio País Unido" (MAPU), publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de diciembre del año 2000; Que habiéndose vencido el término de tres días natu- rales (3) siguientes a la publicación referida en el párrafo anterior, y no habiéndose presentado observación o tacha contra la inscripción provisional de la organización políti- ca "Movimiento Amplio País Unido" (MAPU), se debe proceder a la inscripción definitiva de la citada organiza- ción en el Registro de Organizaciones Políticas; conforme al procedimiento establecido en los Artículos 96º y 101º de la Ley Nº 26859; Que estando a lo dispuesto en el inciso 2) del Artículo 178º de la Constitución Política del Perú, por el inciso e) del Artículo 5º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, y por el inciso b) del Artículo 3º de la Ley Nº 26533; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir definitivamente en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la organización política "MovimientoAmplio País Unido" (MAPU), con domicilio en la Av. Brasil Nº 507 - Lima, provincia y departamento de Lima; teniendo como símbolo de la organización inscrita una figura cuadrada con borde de color azul, relleno de color amarillo y, en su interior el nombre de "MAPU" en letra cursiva, de color azul. Artículo Segundo.- Reconocer a don Fredy Efraín Vidal Dávila como personero legal ante el Jurado Nacio- nal de Elecciones. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Ofi- cina Nacional de Procesos Electorales la presente resolu- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 15400 MINISTERIO PÚBLICO Encargan a magistrado el Decanato del Distrito Judicial de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 010-2001-MP-FN Lima, 3 de enero de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: El escrito presentado vía fax por la doctora Margarita Gil Bustamante, Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Lambayeque, de fecha 28 de diciembre del 2000, solicitando licencia por duelo con goce de haber, a partir del 28 de diciembre del 2000 al 11 de enero del presente año, por haber fallecido su señora madre, adjun- tando el Acta de Defunción correspondiente; Que, en caso de licencia del Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial, ejercerá sus atribuciones el que le sigue en antigüedad, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 88º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legislativo Nº 052; Que, estando a lo dispuesto en el inciso 4) del Artículo 241º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, en con- cordancia con el Artículo 18º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legislativo Nº 052; SE RESUELVE: Artículo Primero.- En vía de regularización, conce- der licencia con goce de haber por motivo de duelo a la doctora Margarita Gil Bustamante, Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Lambayeque, a partir del 28 de diciembre del 2000 al 11 de enero del presente año. Artículo Segundo.- Encargar al doctor Alvaro Ra- fael Rodas Díaz, Fiscal Superior de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Lambayeque, el Decanato del Distrito Judicial de Lambayeque, por el término de la licencia concedida en el artículo precedente, con retención de su Despacho. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Oficina de Registro de Fiscales, Gerencia Central de Personal y a los Fiscales antes mencionados; para los fines per- tinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 15419