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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2001 (22/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 197599 NORMAS LEGALES Lima, lunes 22 de enero de 2001 Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 16521 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 666-2000-JEF/RENIEC Lima, 13 de diciembre de 2000 Visto el Informe Nº 498-2000-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 14 de julio de 2000. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que los ciudadanos Flor de María Carbajal Garrido de Manco, Dennis Ruíz Fernández, William Antonio Risco Escobar, Carlos Manuel Torres Paico y David Salmón Bravo Villavicencio, que dicen llamarse Mirza Garrido Vidal, Alvaro Ulises Córdova Fernández, Javier Olmedo Takemoto Zuñiga, Carlos Taira Rodríguez y David José Céspedes Aquino, han incurrido en comporta- miento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la inscripción electoral y contra la fe pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado en los Artículos 91º y 93º del Decreto Ley Nº 14207 y el Artículo 428º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil contra Flor de María Carbajal Garrido de Manco, Dennis Ruíz Fernández, William Antonio Risco Escobar, Carlos Manuel Torres Paico y David Salmón Bravo Villavicencio, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra Flor de María Carbajal Garrido de Manco, Dennis Ruíz Fernández, William Antonio Risco Escobar, Carlos Manuel Torres Paico y David Salmón Bravo Villavicencio, por presunto delito contra la inscripción electoral y contra la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 16522 Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales a diversas empresas para el cobro de tasas por servicio de consultas en línea vía internet, cotejos masivos y certificaciones RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 011-2001-JEF/RENIEC Lima, 18 de enero de 2001VISTO, el Memorándum Nº 455-2000/GAF, el Memo- rándum Nº 990-2000-GAF/DTE y la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, diversas empresas usuarias del servicio de consultas en línea vía internet, cotejos masivos y certifi- caciones mantienen una deuda impaga con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil por concepto de las tasas previstas en el TUPA del RENIEC vigente al momento de la prestación de los citados servicios; Que, la División de Tesorería del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ha efectuado los requeri- mientos de pago correspondientes a cada una de las empresas deudoras mediante cartas y llamadas telefóni- cas; Que, habiéndose efectuado el cobro extrajudicial de manera infructuosa, resulta necesario autorizar al Pro- curador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, a interponer las acciones legales que correspondan, a fin de recuperar el dinero institucional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales contra las empresas y por los montos dinerarios que se detallan en el anexo adjunto, a fin de obtener el pago de las tasas que corresponden al servicio de consultas en línea vía internet, cotejos masivos y certificaciones conforme al TUPA del RENIEC vigente al momento de la prestación del servicio. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 16660 ADUANAS Establecen a nivel nacional uso obli- gatorio del "Formato Electrónico de Documentos Internos" (FEDI) en la tramitación interna de documentos que no estén relacionados con el despacho de mercancías RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000103 Callao, 19 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809, establece en su Artículo 5º, que para el desarrollo y facilitación de las actividades aduaneras, ADUANAS podrá expedir normas y establecer procedimientos que regulen la emisión, transferencia, uso y control de la información, relacionada con tales actividades, sea ésta soportada en medios documentales, magnéticos o elec- trónicos, la que se reputará legítima, salvo prueba en contrario; Que, por Resolución de Superintendencia de Adua- nas Nº 001929 de fecha 11 de diciembre del 2000 se aprobó la Segunda Versión del Instructivo de Trabajo