Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2001 (13/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
ANO XIX - Nº 7540 MORDAZA, 12 de febrero de 2001.

http://www.editoraperu.com.pe Pag. 198699

"ANO DE LA CONMEMORACION DE LOS 450 ANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"

MORDAZA, martes 13 de febrero de 2001

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27422
MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica

Cumplase, comuniquese, registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 18125

LEY QUE RESTITUYE EL PLAZO DE ACOGIMIENTO A LOS ALCANCES DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 031-2000 MODIFICADO POR EL DECRETO DE URGENCIA Nº 048-2000
Articulo Unico.- Restituyese el plazo de acogimiento Restituyese hasta el 30 de junio de 2001 el plazo de acogimiento a que se refiere el Articulo 17º del Decreto de Urgencia Nº 031-2000. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de enero de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el senor Presidente de la Republica, en cumplimiento de los Articulos 108º de la Constitucion Politica y 80º del Reglamento del Congreso, ordeno que se comunique a la Presidencia del Consejo de Ministros para su publicacion y cumplimiento. En MORDAZA, a los seis dias del mes de febrero de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica

Declaran vacancia de Congresista de la Republica
RESOLUCION Nº 007-2001-P/CR MORDAZA, 9 de febrero de 2001 Vista la Resolucion Nº 016-2000-CR del 25 de enero de 2001 que inhabilito en el ejercicio de la funcion publica hasta por diez anos al Congresista MORDAZA MORDAZA Kouri Bumachar. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Articulo 15º del Reglamento del Congreso de la Republica, corresponde declarar la vacancia por inhabilitacion superior al periodo parlamentario, de conformidad con el Articulo 100º de la Constitucion Politica del Peru. Que segun lo establecido en el Articulo 25º del Reglamento del Congreso de la Republica, el congresista inhabilitado sera reemplazado por el accesitario. De conformidad con los citados dispositivos; y Estando a lo acordado por la Mesa Directiva en su sesion del 1 de febrero de 2001. SE RESUELVE: Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Congresista de la Republica que ejercia el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA KOURI BUMACHAR. Segundo.- Oficiar al MORDAZA Nacional de Elecciones para que, de conformidad con la MORDAZA reglamentaria citada, emita la credencial correspondiente al accesitario MORDAZA para ser incorporado al Congreso de la Republica. Tercero.- Dese cuenta de la presente resolucion al Pleno del Congreso. Publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA FERRERO Presidente a.i. del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica 18067

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