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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (13/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 198715 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de febrero de 2001 programas educativos de los diferentes niveles y modali- dades; Que, el proceso de mejoramiento de la calidad de la educación y de modernización del sistema educativo que realiza el Ministerio de Educación, requiere forta- lecer la capacidad de gestión pedagógica e institucional de los centros y programas educativos, para cuyo efecto resulta necesario dictar las normas correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 25762 modificado por Ley Nº 26510, Decreto Legislativo Nº 560 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar las Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades en los Centros y Progra- mas Educativos; las cuales constan de seis numerales y cuatro anexos. Artículo 2º.- Deróganse o déjense sin efecto, según sea el caso, las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de febrero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación NORMAS PARA LA GESTIÓN Y DESARROLLO DE ACTIVIDADES EN CENTROS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS I. LINEAMIENTOS DE POLÍTICA EDUCATIVA Porque somos un país diverso y plural en el que existen aún graves inequidades, una educación de cali- dad en el Perú debe atender el desafío de las diferencias y la democratización. La política educativa nacional busca avanzar hacia estos objetivos de calidad, equidad y eficiencia a través de los siguientes lineamientos: 1. Enfatizar la formación ciudadana de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos que participan del sistema educativo, garantizando una educación basada en la difusión, la defensa y la práctica de valores democráticos y respeto a los derechos humanos. 2. Promover la democratización del sistema educa- tivo nacional, revalorando la gestión pública, aseguran- do su transparencia, combatiendo la corrupción, posibi- litando la participación de los diversos actores de la comunidad educativa; y estableciendo mecanismos de rendición de cuentas que impliquen mayor eficiencia en la asignación y uso de los recursos disponibles. 3. Orientar a todas las autoridades educativas, en particular al director del centro educativo, para que la toma de decisiones se realice en función de quienes son los directamente beneficiados. 4. Acentuar el proceso de mejoramiento de la calidad de la educación priorizando acciones en la innovación y modernización de los currículos, estrategias metodoló- gicas de enseñanza aprendizaje, medios educativos, evaluación de los aprendizajes e infraestructura. 5. Promover la organización de redes educativas, a fin de potenciar las capacidades humanas, didácticas y de gestión de los centros educativos que agrupen y de su entorno. 6. Privilegiar la equidad en el acceso tanto al servicio educativo como a la calidad de los logros, en zonas urbano-marginales, rurales y de frontera del país, ga- rantizando su pertinencia cultural, la permanencia de los alumnos; así como la especial atención a la pluricul- turalidad y al bilingüismo. 7. Asignar a los órganos intermedios del sector educación formas de organización y funciones específi- cas que los constituyan en instancias de apoyo eficaz y eficiente a los centros educativos y a la comunidad.8. Promover el liderazgo de los directores fortalecien- do su capacidad de gestión, a fin de posibilitar una conducción de sus centros educativos que asegure un servicio de calidad. 9. Revalorar la carrera docente, estimulando y faci- litando la formación continua de los maestros y desa- rrollando las políticas y condiciones que mejoren su calidad de vida. 10. Convocar a las madres y padres de familia, así como a las organizaciones de base, medios de comunica- ción, instituciones de la sociedad civil y del Estado a participar de manera activa, permanente y concertada en el proceso de diseño y desarrollo de la educación peruana. II. OBJETIVO Orientar la gestión pedagógica e institucional de los centros y programas educativos de los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria, y de las diferentes modalida- des, planes experimentales y programas piloto, hacia la optimización de la calidad, la equidad y la eficiencia de los servicios educativos nacionales. III. ALCANCES Sede Central del Ministerio de Educación. Direcciones Regionales y Subregionales de Educa- ción. Dirección de Educación de Lima. Dirección de Educación del Callao. Unidades de Servicios Educativos Áreas de Desarrollo Educativo. Centros y Programas Educativos públicos y priva- dos de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, de las modalidades Especial, Ocupacional y Adultos. Centros Piloto del Bachillerato públicos y privados Para efectos de la presente norma, la denominación "centro educativo" se refiere a centros y programas educativos públicos y privados, escolarizados y no esco- larizados, y a Centros Piloto de Bachillerato. En concordancia con la Ley Nº 26549 y su reglamen- to, y el D.L. Nº 882 y sus reglamentos, esta norma explicitará cada vez que el texto se refiera a los centros educativos privados. IV. NORMAS GENERALES PARA CENTROS EDUCATIVOS A.- GESTIÓN INSTITUCIONAL 1. Comunidad Escolar Está constituida por un conjunto de actores sociales que, formando parte de una comunidad educativa más amplia, se vinculan para concertar acciones expresa- mente dirigidas a favorecer el desarrollo y el aprendiza- je de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos que pertenecen a un determinado centro educativo. Los actores que forman parte de la comunidad esco- lar son el director, personal directivo, administrativo y de servicio, alumnos, docentes, padres e instancias de la comunidad local que se involucran como aliados del Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) del centro educativo. 2. Orientación de la gestión del centro educa- tivo Todo centro educativo público o privado deberá ex- presar la orientación del servicio educativo que ofrece en los documentos siguientes: Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI). Instrumento de gestión del centro educativo que orien- ta su trabajo pedagógico e institucional a mediano y largo plazo. Incluye los niveles, modalidades y progra- mas de la institución. Comprende: la identidad del centro educativo, su diagnóstico, su propuesta pedagó- gica y su propuesta de gestión institucional. En el ámbito rural disperso, se diseña un Proyecto de Desa-