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Pág. 198808 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de febrero de 2001 Asesoría Legal, resulta procedente acceder a lo solicitado por la asociación recurrente, en razón de encontrarse comprendido dentro de los alcances de las disposiciones contenidas en los Artículos 3º y 4º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y cumplir con las forma- lidades que exige el Artículo 10º del Texto Unico Ordena- do del Reglamento de la Ley de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Estando a lo expuesto, con la visación y conformidad de la Oficina de Asesoría Legal y en ejercicio de las facultades delegadas a la Dirección de Desarrollo Urba- no y Obras en materia de habilitaciones urbanas confor- me a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de Proce- dimientos Administrativos de la Municipalidad Distri- tal de Ventanilla; RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar procedente en aplicación del silencio administrativo, la aprobación de habilitación urbana nueva, solicitada por la "Asociación de Propieta- rios Casa Huerta Virgen de las Mercedes", por las razo- nes expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El plano de lotización y memoria des- criptiva de la habilitación urbana aprobada en el artícu- lo precedente, ocupa un área de ciento cuarenta y un mil veintidós metros cuadrados (141,022.00 m2), el cual ha sido visado y firmado teniendo en cuenta el siguiente cuadro de áreas y aportes: Area Bruta 141,022.00 M2 100% Area Util -Area Casa Huerta y/o Granja 39,976.49 M2 28.3477 % -Area Comercio 12,000.00 M2 8.5093 % -Area para zona productiva 18,220.00 M2 12.9199 % pecuaria Aportes -Area Educación 3,831.90 M2 2.7172 % -Parques 9,557.78 M2 6.7775 % -Equipamiento 4,830.30 M2 3.4252 % -Aporte seguridad 577.50 M2 0.4095 % Area libre y circulación (vías) 52,028.03 M2 36.8937 % Artículo 3º.- Remitir copia certificada del expedien- te y de la presente resolución a la Municipalidad Provin- cial del Callao para su revisión, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo no mayor de 30 días contados a partir de la expedición de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. JORGE O. CHÁVEZ ARROE Director Dirección de Desarrollo Urbano y Obras 18118 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban el Reglamento para aplica- ción de sanciones por infracciones a disposiciones que regulan el Servicio Público de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores ORDENANZA Nº 025 San Juan de Lurigancho, 31 de octubre de 2000EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el Proyecto de Ordenanza sobre “REGLAMENTO PARA LA APLI- CACION DE SANCIONES POR INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN EL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PASAJE- ROS EN VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO”. CONSIDERANDO: Que, habiéndose publicado la Ordenanza Nº 015- 2000/MSJL que aprueba el Reglamento de Servicio Público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en este distrito, en concordancia con lo estipulado en la Ley Nº 27181 y la Ley Nº 27189 reglamentado por el Decreto Supremo Nº 004-2000- MTC y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC, resulta necesario precisar las normas y procedimientos para la correcta aplicación de la citada Ordenanza. Que, en ese sentido, se requiere contar con las dispo- siciones que regulen de modo adecuado la forma de impo- sición de las sanciones por las infracciones que cometan los conductores de Vehículos Menores, así como los meca- nismos e infraestructura debida para la ejecución de las sanciones administrativas que se apliquen, tal como se ha previsto en el Artículo 64° de la Ordenanza N° 015-2000- MSJL, haciendo de esta forma, efectivo el cumplimiento de los dispositivos legales de control municipal y mante- niendo la finalidad de la imposición de las sanciones administrativas cuyo contexto principal se enmarca en su carácter persuasivo y/o correctivo de la misma. Que, de acuerdo al Informe Nº 286-00-JDS-DTCT- DDU-MSJL emitido por la División de Transporte, Circulación y Tránsito e Informe Nº 2312-2000- OAJ-MSJL de fecha 16 de Octubre del 2000, las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Regla- mento Interno del Concejo, el Dictamen Nº 010-2000- CDLT/MDSJL, con el voto Mayoritario del Pleno del Concejo y con la dispensa de aprobación del acta se aprobó la siguiente Ordenanza: Artículo Primero.- APRUEBESE el Reglamento para la aplicación de sanciones por Infracciones a las disposiciones que regulan el Servicio Público de Trans- porte Oficial de Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito de San Juan de Lurigancho el mismo que consta de 5 (cinco) Títulos, 14 (catorce) Artículos, cuatro Dispo- siciones Finales y Transitorias y un Anexo, que forma parte integral de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo Urbano, la División de Tránsito y Transpor- te, a la Oficina de Fiscalización Municipal para su estricto cumplimiento y a la Oficina de Secretaría Gene- ral su debida publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde REGLAMENTO PARA LA APLICACION DE SANCIONES POR INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN EL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO TITULO I OBJETIVO Artículo 1º .- La presente Ordenanza tiene como objeto reglamentar la imposición de papeletas de infrac- ción por transgresión de las disposiciones que regulan el servicio de transporte público especial de pasajeros de