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Pág. 199069 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de febrero de 2001 referencia de año, a lo que en algunos casos no se está dando cumplimiento, situación que es necesario co- rregir; ACORDO: Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 029-2000/ ML, de 20 de noviembre de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 del mismo mes, de la Munici- palidad Distrital de Lurín, que aprueba la Tasa por el Servicio de Estacionamiento Vehicular, correspondiente al Ejercicio 2001, en su jurisdicción. Segundo.- Recordar y recomendar a la Municipa- lidad Distrital de Lurín que las Ordenanzas que apruebe deben llevar el número cardinal que les corresponda en forma correlativa continua sin refe- rencia de año, conforme establece la Ordenanza Me- tropolitana Nº 213. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 18385 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Reiteran vigencia de ordenanza que aprobó la tasa por derecho de estacionamiento vehicular en el dis- trito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2000/MDSB San Bartolo, 28 de noviembre de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO, POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Bartolo, En Sesión Extraordinaria de fecha 28-11-2000; y, CONSIDERANDO: Que el Concejo mediante Ordenanza Nº 006-99- MDSB, aprobó la tasa por derecho de Estacionamiento Vehicular en la jurisdicción Distrital ratificada por Acuerdo Nº 009 de fecha 1-1-2000 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas ambas conforme a Ley. Que la Unidad de Rentas ha informado que no es necesario modificar la Tasa establecida por la Ordenan- za Nº 006-99-MDSB, por no haber variado la estructura de costos y los servicios a prestar, por lo que es procedente reiterar su vigencia para el Verano 2001, como lo establece la Ley. Estando a lo expuesto, el Pleno del Concejo en uso de la atribución que le concede el Art. 94º de la LOM, aprueba la siguiente. ORDENANZA: Artículo 1º.- Reiterar la vigencia de la Ordenan- za Nº 006-99-MDSB de fecha 11-12-99, para el año 2001, por no variar los fundamentos que lo susten- tan. Artículo 2º.- Poner la presente Ordenanza en cono- cimiento de Organismos competentes.POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. WILDOR PARINANGO SÁNCHEZ Alcalde 18529 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ratifican acuerdo que fija montos de dieta y remuneración que percibirán regidores y alcalde del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 0019-2001-CDSL San Luis, 15 de febrero del 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 1 de febrero del 2001, la propuesta formulada por el Regidor Guillermo Parodi Carbajal, por la cual solicita se rati- fique el monto de la dieta a percibir por los señores Regidores y la Remuneración a percibir por el Sr. Alcalde. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 0039-2000- CDSL publicado el 27.3.2000 en el Diario Oficial El Peruano se aprobó ratificar el Acuerdo Nº 0016-99- CDSL publicado el 4.2.99 en el Diario Oficial El Perua- no, el mismo que fija el monto de la dieta a percibir por los señores Regidores por la asistencia real y efectiva a Sesión de Concejo con un tope máximo de cuatro sesio- nes pagadas al mes y fija la Remuneración a percibir por el Sr. Alcalde; Que, de conformidad con el Artículo 3º de la Ley Nº 26317, el Concejo Municipal tiene como plazo hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal a fin de fijar el monto de la dieta de los Regidores, así como la remuneración mensual del Alcalde; Que, dentro de este contexto se hace necesario fijar el monto de las Dietas a percibir por los señores Regi- dores y la remuneración mensual del Sr. Alcalde, correspondiente al año 2001; Con el Voto Unánime de sus miembros y en aplica- ción a lo dispuesto en los Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, en concor- dancia con el Reglamento Interno del Concejo; ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 0039-2000-CDSL publicado el 27.3.2000 en el Diario Oficial El Peruano, que aprobó ratificar el Acuerdo Nº 0016-99-CDSL publicado el 4.2.99 en el Diario Oficial El Peruano, el mismo que fija el monto de la dieta a percibir por los señores Regido- res por la asistencia real y efectiva a Sesión de Concejo con un tope máximo de cuatro sesiones pagadas al mes y fija la Remuneración a percibir por el Sr. Alcalde. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Administración en cuanto le corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 18530