Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (21/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 199059 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de febrero de 2001 o ser presentadas en sobres cerrados a la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera. El importe total de las propuestas de una ESF no deberá exceder el monto subastado, ni el monto total de sus tenencias de CD BCRP y BTP. Los participantes deberán indicar en sus propues- tas, además del monto y la tasa de interés, el título valor a vender (CD BCRP o BTP). Las propuestas de venta de CD BCRP y BTP deberán ser presentadas por separado. Las propuestas deberán ser presentadas en múlti- plos de S/. 100 000,00. Si las propuestas de venta de CD BCRP y de BTP superasen el monto de las tenencias de la ESF o los montos anunciados en la subasta, el BCRP retirará los excedentes, considerando para ello las propuestas de menor tasa. 3.3.1 Envío de propuestas mediante el MSE a) La presentación de propuestas mediante el MSE de DATATEC deberá efectuarse siguiendo el procedi- miento establecido por esa empresa. La entidad parti- cipante deberá adoptar las medidas de seguridad que permitan un uso adecuado de las claves de acceso al MSE de DATATEC con arreglo a su régimen de poderes, pues quedará obligada a vender los CD BCRP y los BTP ofrecidos por esta vía. b) Los participantes podrán presentar, modificar o retirar sus propuestas hasta la hora de cierre de la recepción de propuestas. Llegada ésta, las propuestas que aparezcan vigentes tendrán el carácter de irrevoca- bles y serán consideradas en el proceso de adjudicación de los CD BCRP y BTP a comprar. La información sobre las características de los CD BCRP y BTP incluidos en la propuesta deberá ser remitida al facsímil que se indique en la convocatoria antes de la hora de cierre de recepción de propuestas y con indicación del orden de preferencia de la ESF. Adicionalmente, en el caso de los BTP, las ESF deberán solicitar a CAVALI ICLV que remita al BCRP, al facsímil indicado en la convocatoria de la subasta y antes de la hora de cierre de la recepción de propuestas, el estado de cuenta en el que se registre la tenencia de los BTP a vender al BCRP. 3.3.2 Envío de propuestas en sobres a) Las propuestas podrán ser presentadas en sobre cerrado a la Gerencia de Crédito y Regulación Finan- ciera, en el formulario que ella proporcione. Deberán estar firmadas por funcionarios que cuenten con pode- res suficientes. b) Cada sobre deberá contener una (1) propuesta. c) Las propuestas presentadas serán irrevocables y la entidad participante será responsable de su cumpli- miento si fuese favorecida con la adjudicación. En el mismo formulario se detallará las características de los CD BCRP y de los BTP relacionados con la operación, ordenados según la preferencia de la ESF. 3.4 Recepción de las propuestas a) El MSE de DATATEC dará conformidad a la recepción de las propuestas enviadas por su inter- medio. El BCRP no será responsable de las fallas de comunicación en el envío de propuestas ni en el envío de los resultados. b) Los sobres serán recibidos en la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera hasta la hora de cierre señalada en el anuncio de la subasta. El personero de la entidad participante depositará el sobre en el ánfora disponible para el efecto y recibirá un comprobante de recepción sellado, procediendo luego a firmar el Regis- tro de Recepción de Propuestas . 3.5 Procedimiento de Adjudicación a) Las propuestas con BTP, serán ordenadas de mayor a menor tasa, seleccionándose, en primer lugar, aquella que presente la tasa más alta, siguiéndose luego en orden descendente, hasta cubrir el monto máximo de BTP a comprar anunciado. El resto de propuestas con BTP no serán consideradas. b) Las propuestas que resulten de la selección ante- rior, conjuntamente con las propuestas con CD BCRP,serán ordenadas de mayor a menor tasa, adjudicándo- se, en primer lugar, aquella que presente la tasa más alta, siguiéndose luego en orden descendente, hasta cubrir el monto de la subasta. c) Si en dos o más propuestas se considerase la misma tasa y el remanente de la cantidad subastada fuese insuficiente para atenderlas en su totalidad, se distribuirá dicho remanente en la proporción que co- rresponda a cada propuesta sobre el total ofrecido a la misma tasa. Los montos así repartidos serán redondea- dos al múltiplo de S/. 100 000,00, superior o inferior, según corresponda. En el caso de que la propuesta comprenda más de un CD BCRP o BTP y sólo se tome una parte de ella, la adquisición se efectuará en el orden de preferencia presentado por la ESF. d) El BCRP está facultado para adjudicar un monto menor al anunciado, así como para declarar desierta la subasta. 3.6 Comunicación de los resultados a) Realizada la adjudicación, la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera informará el resultado de la subasta a las entidades participantes mediante el MSE de DATATEC, REUTERS, BLOOMBERG y otros me- dios disponibles. b) El acta con los resultados de la subasta estará a disposición de las ESF participantes, en la Gerencia de Crédito y Regulación Financiera, a partir del día si- guiente al de la adjudicación. 3.7 Compra de los CD BCRP y BTP a) Las ESF que resulten adjudicatarias deberán transferir la propiedad de los CD BCRP a favor del BCRP. Para tal efecto, la presentación de propuestas en la subasta implica la autorización de la ESF para que el BCRP adquiera en su favor la propiedad de los CD BCRP, lo que incluirá la inscripción de la transferencia en el registro respectivo y el depósito en la cuenta corriente de la ESF. b) En el caso de los BTP las ESF participantes adjudicatarias deberán transferir la propiedad de los BTP a favor del BCRP. Para tal efecto, las ESF deberán ordenar a CAVALI la transferencia de los BTP vendidos al BCRP y CAVALI deberá remitir al BCRP el refrendo de la operación, que evidencie la inscripción de la transferencia en el registro respectivo. Luego de reci- bida la conformidad, se procederá al abono de los fondos en la cuenta corriente de la ESF. c) El BCRP abonará en la cuenta corriente en mone- da nacional de la respectiva ESF, el monto adjudicado en la subasta, descontando los intereses. 4. DE LA RECOMPRA DE LOS CD BCRP Y BTP Las ESF que vendan CD BCRP y BTP al BCRP se comprometerán irrevocablemente a efectuar su recom- pra en la fecha pactada. Para el fin indicado las ESF autorizan al BCRP a que, en la fecha de vencimiento de la operación, debite sus cuentas corrientes en moneda nacional hasta por el monto necesario para cubrir el valor de la recompra a que estén obligadas, procediendo luego el BCRP a registrar los CD BCRP a nombre de las ESF y a ordenar a CAVALI la transferencia de los BTP a nombre de las ESF. El registro en las cuentas corrientes se realizará de acuerdo al procedimiento descrito en el Reglamento Operativo del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR). 5. DEL INCUMPLIMIENTO DE LA RECOM- PRA DE LOS CD BCRP Y BTP a) En caso de incumplimiento en la recompra de los CD BCRP, se redimirá por anticipado la parte no recomprada. En esta operación, los CD BCRP serán redimidos al menor valor que resulte de comparar el precio de compra del CD BCRP con compromiso de recompra, el precio vigente en el mercado y el valor resultante de descontar el valor final de los CD BCRP con la tasa del crédito de regulación monetaria de ese día, por los días que falten para el vencimiento.