Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2001 (25/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 25 de febrero de 2001
Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de Planta Retransmisora : : : : : : BC-FM 96.1 MHz OCW-1J 5 Kw. 256F8E H24

NORMAS LEGALES
Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de Estudios y Planta Transmisora

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: BC-FM : 98.9 MHz : OCZ-3Z-FM : 1 kw. : 256F8E : H24 : Jr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 1080, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. Coordenadas: L.O. 77° 31' 30" L.S. 09° 31' 33"

: Av. Chirichigno s/n, El Chipe, distrito, provincia y departamento de Piura. Coordenadas: L.O. 80° 37' 12" L.S. 05° 10' 15"

Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de un (1) ano otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 743-91-TC/15.17, se otorga en periodos sucesivos, por tanto vencera el 11 de octubre del ano 2011. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 18818 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 078-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 12 de febrero de 2001 VISTAS, las solicitudes presentadas por la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "RADIO VIDEO STEREO" E.I.R.LTDA., sobre autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; asi como se le autorice el cambio de ubicacion y el aumento de potencia de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 663-91-TC/15.17, del 10 de setiembre de 1991, se concedio a la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "RADIO VIDEO STEREO" E.I.R.LTDA., el plazo de un (1) ano para que proceda a instalar y operar en periodo de prueba una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en FM, en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los terminos del Informe Nº 233-2000-MTC/15.19.03.2 expresa que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion en FM, se constato que cuenta con el equipamiento necesario y han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento; por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue la autorizacion por diez (10) anos, incluyendose el cambio de ubicacion de los estudios y de la planta transmisora y el aumento de potencia solicitados, asi como disponer de oficio el cambio del MORDAZA de emision de dicha estacion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 004-2001-MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 663-91-TC/15.17; asi como tambien es procedente autorizar la modificacion de las caracteristicas tecnicas senaladas en el considerando precedente, para dicha estacion; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 0694-TCC con sus modificatorias; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "RADIO VIDEO STEREO" E.I.R.LTDA., la operacion de una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas:

Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de un (1) ano otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 663-91-TC/15.17, por tanto vencera el 10 de setiembre del ano 2001. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 18819 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 079-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 12 de febrero de 2001 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), situada en el distrito y provincia de Camana, departamento de Arequipa; y sobre disminucion de potencia y cambio de ubicacion de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 142-98-MTC/15.19, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de marzo de 1998, se concedio a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Camana, departamento de Arequipa; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones; establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 244-2000-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion en Frecuencia Modulada (FM), se constato que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento; por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue autorizacion para operar por diez (10) anos, incluyendose el cambio de ubicacion y la disminucion de potencia de dicha estacion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0032001-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 142-98MTC/15.19; asi como tambien es procedente autorizar el cambio de ubicacion y la disminucion de potencia de dicha estacion;

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