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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (25/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 199221 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de febrero de 2001 Estación :BC-FM Frecuencia :96.1 MHz Indicativo :OCW-1J Potencia :5 Kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de Planta Retransmisora :Av. Chirichigno s/n, El Chipe, dis- trito, provincia y departamento de Piura. Coordenadas: L.O. 80° 37' 12" L.S. 05° 10' 15" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de un (1) año otorgado por la Resolución Ministerial Nº 743-91-TC/15.17, se otorga en períodos sucesivos, por tanto vencerá el 11 de octubre del año 2011. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 18818 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 078-2001-MTC/15.03 Lima, 12 de febrero de 2001 VISTAS, las solicitudes presentadas por la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN PERUANA "RADIO VIDEO STE- REO" E.I.R.LTDA., sobre autorización por el plazo de diez (10) años, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Huaraz, departa- mento de Ancash; así como se le autorice el cambio de ubicación y el aumento de potencia de dicha estación; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 663-91-TC/15.17, del 10 de setiembre de 1991, se concedió a la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN PERUANA "RADIO VIDEO STEREO" E.I.R.LTDA., el plazo de un (1) año para que proceda a instalar y operar en período de prueba una estación transmi- sora del servicio de radiodifusión sonora comercial en FM, en el distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos del Informe Nº 233-2000-MTC/15.19.03.2 ex- presa que habiéndose efectuado la inspección técnica a las instalaciones de la referida estación de radiodifusión en FM, se constató que cuenta con el equipamiento nece- sario y han sido satisfactorias las pruebas de funciona- miento; por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue la autorización por diez (10) años, incluyén- dose el cambio de ubicación de los estudios y de la planta transmisora y el aumento de potencia solicitados, así como disponer de oficio el cambio del tipo de emisión de dicha estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 004-2001-MTC/15.19.01, señala que es procedente auto- rizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministe- rial Nº 663-91-TC/15.17; así como también es procedente autorizar la modificación de las características técnicas señaladas en el considerando precedente, para dicha estación; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06- 94-TCC con sus modificatorias; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN PERUANA "RADIO VI- DEO STEREO" E.I.R.LTDA., la operación de una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash, de acuerdo a las siguientes características técnicas:Estación :BC-FM Frecuencia :98.9 MHz Indicativo :OCZ-3Z-FM Potencia :1 kw. Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de Estudios y Planta Transmisora :Jr. Carlos Valenzuela Guardia Nº 1080, distrito y provincia de Huaraz, departamento de An- cash. Coordenadas: L.O. 77° 31' 30" L.S. 09° 31' 33" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de un (1) año otorgado por la Resolución Ministerial Nº 663-91-TC/15.17, por tanto vencerá el 10 de setiembre del año 2001. La Dirección General de Telecomunicaciones pro- cederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 18819 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 079-2001-MTC/15.03 Lima, 12 de febrero de 2001 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RA- DIO PANAMERICANA S.A., para operar una estación re- transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), situada en el distrito y pro- vincia de Camaná, departamento de Arequipa; y sobre dismi- nución de potencia y cambio de ubicación de dicha estación; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 142-98-MTC/15.19, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de marzo de 1998, se concedió a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Camaná, departamento de Arequipa; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para operar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección y a mérito del informe técnico respectivo el Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá ex- pedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Telecomunicaciones; establece que las auto- rizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifusión, renovables a solici- tud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técni- cos si antes no se obtiene la correspondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 244-2000-MTC/15.19.03.2, señala que habiéndose efectuado la inspección técnica a las instalacio- nes de la referida estación de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM), se constató que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento; por lo que emite su conformidad técnica para que se le otorgue autorización para operar por diez (10) años, incluyéndose el cambio de ubicación y la disminución de potencia de dicha estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 003- 2001-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 142-98- MTC/15.19; así como también es procedente autorizar el cambio de ubicación y la disminución de potencia de dicha estación;