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Pág. 199217 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de febrero de 2001 Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación Encargado de la Cartera de Justicia 18880 PESQUERÍA Modifican resolución por cambio de denominación de puerto en la matrícu- la y nombre de embarcación RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 044-2001-PE/DNE Lima, 20 de febrero del 2001 Visto el expediente de registro Nº CE-00512002 con escrito del 7 de diciembre del 2000, presentado por la empre- sa CONSORCIO MALLA S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 023-95-PE del 17 de enero de 1995, modificada por Resolución Directoral Nº 260- 2000-PE/DNE del 13 de noviembre del 2000, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al recurrente para operar la embarcación pesquera denominada "SAMANCO 2" con matrícula Nº CE-4502-PM de 360 m3 de volumen de bodega en aplicación del Decreto Supremo Nº 01-97-PE, equipada con redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de recursos hidrobiológicos con destino al consumo humanoindirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante el escrito del visto, el recurrente solicitó la modificación de la Resolución autoritativa citada, por cambio de denominación de puerto en la matrícula y nombre de la embarca- ción conforme constan en el certificado compendioso de dominio presentado; la cual fue aprobada al estar sujeta a aprobación automática conforme a lo dispuesto por el procedimiento Nº 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero mediante Informe Nº 425-2000-PE/DNE-Dacp, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias y el procedi- miento 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio de Pesquería aprobado por Decreto Supre- mo Nº 007-2000-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supre- mo Nº 010-97-PE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 501- 98-PE, 505-98-PE y 307-2000-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar, en aplicación de la aprobación automática de la solicitud de cambio de denominación de puerto en la matrícula y nombre de la embarcación, la Resolución Ministerial Nº 023-95-PE modificada por Resolución Directoral Nº 260-2000-PE/DNE, entendiéndose como denominación de la embarcación "POLAR VI" y su matrícula Nº CO-4502-PM, manteniéndose los demás términos y condiciones. Artículo 2º.- Incorporar la denominación de la embar- cación "POLAR VI" con matrícula Nº CO-4502-PM, así como la presente Resolución, al literal A) del Anexo I de la Resolu- ción Ministerial Nº 307-2000-PE y al Anexo III de la Resolu- ción Ministerial Nº 501-98-PE, excluyendo la anterior deno- minación "SAMANCO 2" con matrícula Nº CE-4502-PM y la Resolución Directoral Nº 260-2000-PE/DNE de los indicados anexos con respecto a la embarcación citada. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción 18836 Prorrogan permisos de pesca otorga- dos a Siete Mares S.A.C. para operar embarcaciones de bandera japonesa en la extracción del recurso calamar gigante RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 050-2001-PE/DNE Lima, 22 de febrero del 2001 Visto el expediente de Registro Nº CE-00068002 del 19 de febrero del 2001, presentado por la empresa SIETE MARES S.A.C. CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones Directorales Nºs. 003-2001- PE/DNE y 019-2001-PE/DNE de fechas 4 y 29 de enero del 2001, se otorgó el permiso de pesca y prórroga a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés YOSHIHIRO OZAKI, para operar las embarcacio- nes pesqueras de bandera japonesa denominadas "HOSEI MARU Nº 13" y "HOSEI MARU Nº 23" por un período de vigencia a partir del 5 de enero al 5 de febrero del 2001 y del 6 al 20 de febrero del 2001; Que a través del escrito del visto, la recurrente solicita la prórroga de los permisos de pesca otorgado a las naves"HOSEI MARU Nº 13" y "HOSEI MARU Nº 23", por un período de vigencia a partir del 21 de febrero al 7 de marzo del 2001, conforme a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 289-2000-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero mediante Informe Nº 082-2001-PE/DNE- Dacp, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y sus modificato- rias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 271-98-PE y 156-2000-PE, las Resoluciones Ministe- riales Nºs. 289-2000-PE y 332-2000-PE, el Decreto Su- premo Nº 02-94-JUS; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supre- mo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar los permisos de pesca otorgados a SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú del armador japonés YOSHIHIRO OZAKI, para operar las em- barcaciones pesqueras de bandera japonesa cuyas caracte- rísticas se detallan a continuación, en la extracción del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa. EMBARCACION TN CAPAC. DE INDICATIVO SISTEMA DE ARTE DE VIGENCIA DEL INTERN ALMAC. (M3) INTERNAC. PRESERV. PESCA PERMISO DE PESCA "HOSEI MARU Nº 13" 328 1,025.00 J J U Y CONGELADO POTERA 21.2.2001 - 7.3.2001 "HOSEI MARU Nº 23" 330 1,014.00 J J J F CONGELADO POTERA 21.2.2001 - 7.3.2001