Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2001 (25/02/2001)


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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 118-2001-ED MORDAZA, 23 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de febrero de 2001

Articulo 2º.- Derogase o dejense sin efecto, segun sea el caso, las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

CONSIDERANDO: Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 002-97PROMUDEH, establece que los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social estaran integrados por cinco miembros, de los cuales uno sera designado por el Ministerio de Educacion en su representacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 146-97-ED, de fecha 23 de junio de 1997, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Educacion ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Arequipa; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha presentado su renuncia a la citada representacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTAR, a partir de la fecha de la presente Resolucion, la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Educacion ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha de la presente Resolucion, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Educacion ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 18846 MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion LINEAMIENTOS GENERALES DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE EDUCACION TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO 1 DEL CONTENIDO Y ALCANCES Articulo 1º.- El presente documento establece los lineamientos generales que deben de seguir las Direcciones Regionales de Educacion. CAPITULO 2 DE LA NATURALEZA Y FINES Articulo 2º.- Las Direcciones Regionales de Educacion tienen relacion tecnico-normativa con el Ministerio de Educacion, son organos desconcentrados de los Consejos Transitorios de Administracion Regional - CTAR y, responsables de administrar el servicio educativo que se ofrece en los Centros y Programas Educativos del area de ejecucion a su cargo y en las Instituciones de Educacion Superior no Universitaria de su ambito jurisdiccional. Articulo 3º.- Son fines de las Direcciones Regionales de Educacion: v El desarrollo integral del educando en concordancia con las exigencias del desarrollo socioeconomico de su region y del pais. v La prestacion de los servicios educativos, brindados con equidad, satisfaciendo plenamente las necesidades educativas del ambito jurisdiccional, buscando la excelencia del servicio. v La administracion del sistema educativo en el MORDAZA de la descentralizacion y la busqueda permanente de una educacion de excelencia. v Incentivar la participacion de la familia, la comunidad y los sectores de la actividad publica y privada en la gestion educativa. v Asegurar que las instituciones a su cargo cumplan con las funciones asignadas y con el logro de los objetivos. TITULO II CAPITULO 1 DE LAS FUNCIONES Articulo 4º.- Son funciones generales de las Direcciones Regionales de Educacion: a) Formular, ejecutar y evaluar el Plan de Desarrollo Estrategico concordante con la politica Sectorial y Regional. b) Dirigir, coordinar, orientar y supervisar la aplicacion de la politica y normatividad en materia de educacion, cultura y recreacion. c) Asesorar y brindar asistencia tecnico pedagogica a las entidades educativas a su cargo, impulsando el trabajo pedagogico centrado en el aprendizaje, propiciando la innovacion, investigacion, adecuacion y diversificacion de los curriculos, mejoramiento de la utilizacion de los recursos educativos, desarrollo de programas de prevencion y acciones educativas de caracter no formal. d) Promover la adecuacion y diversificacion de los Programas Curriculares Basicos de los diferentes niveles y modalidades educativas a nivel de centro educativo y de aula. Asimismo brindar el apoyo y monitoreo permanente que garantice la implantacion y funcionamiento de los respectivos programas. e) Promover y asesorar la ejecucion de las innovaciones, proyectos de investigacion y/o experimentacion pedagogica que lleva a cabo la Sede Central del Ministerio de Educacion, Gobiernos locales y/o Regionales. f) Impulsar la modernizacion y el MORDAZA de descentralizacion, promoviendo el trabajo en equipo, el desarrollo de la iniciativa y la creatividad generando sinergias. g) Promover, ejecutar y apoyar acciones de capacitacion permanente del personal, asi como el mejoramiento de la

Aprueban los Lineamientos Generales para las Direcciones Regionales de Educacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-2001-ED MORDAZA, 22 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 16º de la Constitucion Politica del Peru; el Estado coordina la politica educativa y segun el Articulo 12º de la Ley General de Educacion - Ley Nº 23384, es responsabilidad del Estado, entre otras, el promover la educacion, a traves del Ministerio de Educacion; Que, el inciso a) del Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 74-95-PCM, establece que la aprobacion de los instrumentos de gestion institucional sera de responsabilidad exclusiva de cada entidad del sector publico; Que, es pertinente que los documentos de gestion institucional de las Direcciones Regionales de Educacion y de sus Organos Intermedios esten de acuerdo con los lineamientos nacionales, de manera que se garantice la coherencia organizacional y la articulacion funcional entre las diferentes instancias que la conforman, siendo necesario aprobar los Lineamientos Generales para las Direcciones Regionales de Educacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Decreto Legislativo Nº 560 y los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Lineamientos Generales para las Direcciones Regionales de Educacion", los cuales constan de cuatro (4) Titulos, doce (12) Articulos y tres Disposiciones Complementarias y que forma parte de la presente Resolucion.

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