Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2001 (25/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de febrero de 2001

De conformidad a lo prescrito en la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y en uso de las atribuciones senaladas en el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir del doce del presente, en el cargo de Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MARISCAL MORDAZA, para el desarrollo del MORDAZA electoral correspondiente a las Elecciones Generales para elegir Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la Republica el MORDAZA 8 de MORDAZA del ano 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 18884 RESOLUCION JEFATURAL Nº 179-2001-J/ONPE MORDAZA, 23 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2000-PCM de fecha 9 de noviembre del 2000, se ha convocado a Elecciones Generales para elegir Presidente de la Republica, Vicepresidentes y Congresistas el MORDAZA 8 de MORDAZA del ano 2001; Que, el Articulo 49º de la Ley Organica de Elecciones establece que los jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, los funcionarios de las mismas y coordinadores de local de votacion son designados por el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, mediante concurso publico; Que, de acuerdo a lo establecido en el referido articulo, las personas seleccionadas pueden ser sujeto de tachas; Que, mediante Resolucion Nº 083-2001-JNE se aprueba el Reglamento de Tachas a los Integrantes de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 078-2001-J/ONPE se publica la relacion de personas seleccionadas para desempenar el cargo de Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Generales del ano 2001; Que, habiendo vencido el plazo establecido por el Articulo 49º de la Ley Organica de Elecciones, no se han presentado solicitudes de tacha contra las personas mencionadas en el parrafo anterior; De conformidad a lo prescrito en la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y en uso de las atribuciones senaladas en el Articulo 182º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir del doce del presente, en el cargo de Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA a la senorita ZARELA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el desarrollo del MORDAZA electoral correspondiente a las Elecciones Generales para elegir Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la Republica el MORDAZA 8 de MORDAZA del ano 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 18885 RESOLUCION JEFATURAL Nº 180-2001-J/ONPE MORDAZA, 23 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2000-PCM de fecha 9 de noviembre del 2000, se ha convocado a Elecciones Generales para elegir Presidente de la Republica, Vicepresidentes y Congresistas el MORDAZA 8 de MORDAZA del ano 2001; Que, el Articulo 49º de la Ley Organica de Elecciones establece que los jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, los funcionarios de las mismas y coordinadores de local de votacion son designados por el Jefe de

Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 614, distrito y provincia de Celendin, departamento de Cajamarca. Coordenadas: L.O. 78° 08' 24" L.S. 06° 51' 21" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa ALLIANCE S.A.C. esta obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 18824

ONPE
Designan Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales de MORDAZA, MORDAZA, Andahuaylas, Huaura, Morropon, Sullana, Tacna, Maynas, Mariscal MORDAZA y San MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 178-2001-J/ONPE MORDAZA, 23 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2000-PCM de fecha 9 de noviembre del 2000, se ha convocado a Elecciones Generales para elegir Presidente de la Republica, Vicepresidentes y Congresistas el MORDAZA 8 de MORDAZA del ano 2001; Que, el Articulo 49º de la Ley Organica de Elecciones establece que los jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, los funcionarios de las mismas y coordinadores de local de votacion son designados por el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, mediante concurso publico; Que, de acuerdo a lo establecido en el referido articulo, las personas seleccionadas pueden ser sujeto de tachas; Que, mediante Resolucion Nº 083-2001-JNE se aprueba el Reglamento de Tachas a los Integrantes de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 078-2001-J/ONPE se publica la relacion de personas seleccionadas para desempenar el cargo de Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Generales del ano 2001; Que, habiendo vencido el plazo establecido por el Articulo 49º de la Ley Organica de Elecciones, no se han presentado solicitudes de tacha contra las personas mencionadas en el parrafo anterior;

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