Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2001 (25/02/2001)


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MORDAZA, MORDAZA 25 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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calidad educativa y el fortalecimiento de su capacidad de gestion. h) Fomentar y apoyar la realizacion de programas que aseguren en los educandos una formacion en valores, en el desarrollo de una cultura de paz y trabajo; asi como las competencias necesarias para su insercion en el MORDAZA laboral y en la MORDAZA democratica. i) Realizar el acompanamiento y apoyo tecnico para asegurar que las actividades educativas se desarrollen de acuerdo a lo programado, evitando la perdida de horas de clase en los Centros y Programas Educativos. j) Apoyar la medicion de la calidad de la educacion que ejecuta la Sede Central del Ministerio de Educacion. k) Reconocer y crear Centros y Programas Educativos, priorizar los programas de inversion y apoyar la construccion y mantenimiento de la infraestructura educativa, garantizando la operatividad de la misma, desde el aspecto del personal docente, administrativo y del mobiliario. l) Gerenciar los recursos humanos, materiales, financieros y patrimoniales de su ambito jurisdiccional consolidando el presupuesto a nivel departamental. m) Asesorar, Supervisar y evaluar a las instancias administrativas e instituciones de Educacion Superior No Universitaria de su ambito jurisdiccional. n) Promover y suscribir convenios y contratos con entidades publicas o privadas, nacionales o extranjeras en coordinacion con los organos pertinentes de la Sede Central del Ministerio de Educacion - para lograr la cooperacion y apoyo a la educacion en su ambito jurisdiccional. o) Realizar otras acciones por encargo o convenio con sectores publicos relacionados con el sector educacion. TITULO III DE LA ORGANIZACION CAPITULO 1 DEL ORGANO DE DIRECCION Articulo 5º.- Los titulares de las Direcciones Regionales de Educacion, son los funcionarios con mayor nivel jerarquico, en materia de educacion, en su ambito departamental, con autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y gerenciales con acuerdo a Ley. Sus funciones son: a) Asegurar la aplicacion y adecuacion de la politica y normatividad educativa en su ambito jurisdiccional y liderar el MORDAZA de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y eficiencia del servicio educativo. b) Proporcionar asesoramiento y asistencia tecnico pedagogica, institucional y administrativa a los Centros y Programas Educativos de su jurisdiccion. c) Promover la mejora de la calidad educativa en los Centros y Programas Educativos. d) Promover la creatividad, iniciativa, productividad y eficiencia de su personal . e) Implementar medidas encaminadas a modernizar, desconcentrar y fortalecer la gestion administrativa de los Centros y Programas Educativos y establecer indicadores de cambio. f) Lograr el apoyo y la cooperacion de las entidades publicas o privadas, nacionales o internacionales mediante la suscripcion de convenios y/o contratos. Tratandose de entidades internacionales debera de coordinarse con los organos pertinentes de la Sede Central del Ministerio de Educacion. g) Evaluar la gestion de los Centros y Programas Educativos, adoptando oportunamente las acciones preventivas y correctivas pertinentes, presentando los informes correspondientes a la autoridad inmediata superior. h) Todas las demas que por MORDAZA le MORDAZA delegadas. Articulo 6º.- El organo de Direccion cuenta con equipos responsables de las funciones de Registro de Titulos, Actas y Certificados, Tramite Documentario, Imagen Institucional y Apoyo Tecnico al Director. CAPITULO 2 DE LOS ORGANOS DE LINEA Articulo 7º.- Las funciones de la Direccion de Gestion Pedagogica son: a) Formular y proponer la adecuacion de la politica y normatividad educativa, cultural, recreacional y de preven-

cion a la realidad socio - economica de su region; asi como, orientar y supervisar su aplicacion en los Centros y Programas Educativos. b) Promover el trabajo pedagogico centrado en el aprendizaje. c) Disenar, organizar, monitorear y evaluar proyectos educativos, programas de prevencion social y acciones de caracter no formal. d) Promover y ejecutar investigaciones e innovaciones tecnico-pedagogicas, y propiciar la creacion, experimentacion e intercambio de nuevas estrategias de aprendizaje centrado en el alumno entre Centros y Programas Educativos. e) Impulsar la ejecucion de investigaciones e innovaciones tecnico-pedagogicas promovidas por la Sede Central del Ministerio de Educacion. f) Impulsar, apoyar y asesorar la diversificacion curricular, asi como la propuesta curricular a nivel de centro educativo y de aula. g) Promover, asesorar y evaluar el desarrollo curricular y la produccion de materiales educativos, elaborados en el centro educativo, adecuados a su ambito de ejecucion. h) Impulsar el uso de programas informaticos en aplicaciones pedagogicas. i) Promover y apoyar la capacitacion tecnico-pedagogica del personal directivo y docente de los Centros y Programas Educativos de su jurisdiccion y evaluar los resultados de desempeno para brindar el asesoramiento correspondiente. j) Apoyar las acciones de medicion de la calidad educativa que ejecuta la Sede Central del Ministerio de Educacion. k) Brindar asistencia tecnico pedagogica, supervisar y evaluar tanto al personal como a los Institutos y Escuelas de Educacion Superior no Universitaria. l) Proponer y promover la suscripcion de convenios y contratos para lograr el apoyo y cooperacion de la comunidad nacional e internacional en materia de gestion tecnico pedagogica. m) Identificar la necesidad de recursos para las diversas actividades pedagogicas y coordinar con el Area de Gestion Institucional su solucion. n) Promover la aplicacion de la politica de Educacion Bilingue Intercultural en coordinacion con los organos pertinentes de la Sede Central del Ministerio de Educacion. o) Promover la aplicacion de la politica y estrategias para el desarrollo de la Educacion Especial en coordinacion con los organos pertinentes de la Sede Central del Ministerio de Educacion. p) Impulsar la aplicacion de la politica de formacion profesional, que se imparte en la Educacion Secundaria diversificada, la Educacion Ocupacional y la Educacion Superior Tecnologica en coordinacion con los organos pertinentes de la Sede Central del Ministerio de Educacion. q) Impulsar la aplicacion de la politica y estrategias de alfabetizacion y post-alfabetizacion en coordinacion con las entidades pertinentes. r) Impulsar la aplicacion de la politica educativa para el desarrollo de la Educacion Primaria y Secundaria de Adultos en coordinacion con los organos pertinentes de la Sede Central del Ministerio de Educacion. s) Promover la participacion de la Sociedad Civil en apoyo del desarrollo del deporte y la cultura en beneficio del estudiante. t) Emitir opinion tecnica en aspectos de su competencia. Articulo 8º.- Las funciones de la Direccion de Gestion Institucional son: a) Adecuar la politica y normatividad de gestion institucional del Sector Educacion a las realidades regionales y a los objetivos de desarrollo educativo en su ambito jurisdiccional, supervisando su aplicacion. b) Asesorar a los organos dependientes en la elaboracion y aplicacion de los instrumentos de gestion institucional: planes, proyectos, reglamentos y otros que impulsen el MORDAZA de modernizacion y descentralizacion educativa. c) Dictaminar sobre la creacion, modificacion, traslado, clausura, receso o reapertura de Centros y Programas Educativos publicos y privados segun corresponda, de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Legislativo Nº 882. d) Identificar las necesidades de incremento y de control de las plazas docentes y administrativas y, realizar las acciones de racionalizacion pertinentes. e) Promover y apoyar la capacitacion en gestion institucional del personal directivo y administrativo de los Centros y Programas Educativos. f) Determinar las necesidades de infraestructura, priorizando los programas de inversion; asi como apoyar y super-

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