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Pág. 199275 NORMAS LEGALES Lima, martes 27 de febrero de 2001 cos en materia de remuneraciones para el procesamiento de las planillas del personal comprendido en la Dirección de Educación de Lima, Dirección de Educación del Callao, Direcciones Regionales y órganos dependientes de las mis- mas del Sector Educación de los Consejos Transitorios de Administración Regional. Las Unidades Ejecutoras del Sector Educación aplica- rán los lineamientos a que se refiere el párrafo precedente. Artículo 2º.- Los Consejos Transitorios de Adminis- tración Regional, cuando resuelven en última instancia administrativa, están obligados a adoptar las normas y lineamientos establecidos en materia de remuneraciones por el Ministerio de Educación, a que se refiere el Artículo 1º del presente dispositivo. Artículo 3º.- La atribución que confiere el presente Decreto al Ministerio de Educación, no implica un mayor gasto de los recursos asignados por el Ministerio de Econo- mía y Finanzas a los respectivos Pliegos Presupuestales. Artículo 4º.- Las Unidades Ejecutoras que incumplan lo dispuesto en el presente Decreto estarán sujetas a las responsabilidades y sanciones previstas en la normatividad vigente. Artículo 5º.- El Ministerio de Educación dictará las normas que resulten necesarias para la mejor aplicación de este dispositivo. Artículo 6º.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente norma. Artículo 7º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Educación y el Ministro de la Presidencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 19008 Autorizan salida temporal del país de obras histórico-artísticas integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para su exhibición en España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 110-2001-ED Lima, 26 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante carta del 29 de diciembre de 2000, don Malaquías del Pozo de Frutos, en su calidad de Director de Comunicación y Obra Social de la Caja Segovia Obra Social y Cultural, comunicó al Instituto Nacional de Cultura la inten- ción de realizar en España la exposición "Francisco de Zurbarán y su obrador: Obras en España y en el Virreynato del Perú" y solicitó la autorización de salida temporal del país de 20 obras histórico-artísticas de las cuales siete (7) pertenecen al Monas- terio de la Concepción y trece (13) al Convento de la Buena Muerte, para su exhibición en las salas de exposición de Caja Segovia Obra Social y Cultural del 1 de marzo al 1 de mayo de 2001 en la ciudad de Segovia; del 10 de mayo al 10 de junio de 2001 en la ciudad de Madrid; del 20 de junio al 21 de julio de 2001 en la ciudad de Salamanca; del 26 de julio al 30 de agosto de 2001 en la ciudad de Málaga y del 5 de setiembre al 29 de setiembre de 2001 en la ciudad de Córdoba; Que, mediante Oficio Nº OF. RE (CLT) 2-8-C/09, el Ministerio de Relaciones Exteriores, remitió al Instituto Nacional de Cultura, los documentos sustentatorios para otorgar la autorización de salida temporal de las obras que integrarán la exposición "Francisco de Zurbarán y su obra- dor: Obras en España y en el Virreynato del Perú", que se llevará a cabo en cinco ciudades de España, y que contará con el auspicio de la Embajada del Perú en dicho país; Que, mediante Contratos de Comodato suscritos por el Convento de la Buena Muerte de Lima y el Monasterio de la Concepción con Caja Segovia Obra Social y Cultural debida- mente representada en el Perú por su Comisario de Exposi- ciones don Luis Hurtado Rodríguez, se autorizó el préstamo de las obras mencionadas, pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación;Que, mediante Informe Nº 031-2001-INC/DRNPM, la Di- rección de Registro Nacional del Patrimonio Mueble del Insti- tuto Nacional de Cultura, opina favorablemente por la salida del país de veinte (20) obras histórico-artísticas, pertenecien- tes al Patrimonio Cultural de la Nación, para ser exhibidas del 20 de febrero al 20 de octubre del 2001, las cuales se detallan en el Anexo Nº 1 que integra la presente resolución; Que, los Bienes Culturales cuya salida temporal se solicita, están cubiertos contra todo riesgo en la modalidad "Clavo a Clavo", mediante Póliza de Seguro Nº 71703656 por ASSICURAZIONI GENERALI S.p.A. a nombre del Estado Peruano y de los museos religiosos que intervienen; Que, constituye una de las funciones del Instituto Nacio- nal de Cultura cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación tanto en el país como en el extranjero; y, De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 6º, 7º y 13º de la Ley Nº 24047, Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, y el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR la salida temporal del país a partir de la fecha de la publicación de la presente resolución y hasta el 20 de octubre del 2001, de veinte (20) obras histórico-artísticas integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, de las cuales siete (7) obras pertenecen al Monas- terio de la Concepción y trece (13) obras al Convento de la Buena Muerte, detalladas en el Anexo Nº 1 que integra la presente resolución, para ser exhibidas en la exposición denominada "Francisco de Zurbarán y su obrador: Obras en España y en el Virreynato del Perú", organizada por Caja Segovia Obra Social y Cultural, a realizarse entre el 20 de febrero al 20 de octubre del 2001 en sus salas de exposición del 1 de marzo al 1 de mayo de 2001 en la ciudad de Segovia; del 10 de mayo al 10 de junio de 2001 en la ciudad de Madrid; del 20 de junio al 21 de julio de 2001 en la ciudad de Salamanca; del 26 de julio al 30 de agosto de 2001 en la ciudad de Málaga y del 5 de setiembre al 29 de setiembre de 2001 en la ciudad de Córdoba. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las caracte- rísticas, estado de conservación y autenticidad de los bienes culturales a los que se contrae la presente Resolución, a su retorno al país. Artículo 3º.- Designar como Comisario al Dr. Jaime Ma- riazza Foy, Director del Registro Nacional del Patrimonio Mueble del Instituto Nacional de Cultura, quien cumplirá la labor de verificación de las pinturas, del embalaje y desemba- laje tanto en Lima como en España e informará a la Dirección General del Patrimonio Monumental Cultural del Instituto Nacional de Cultura, el resultado de la exhibición. El viaje y estadía del comisario serán íntegramente cubiertos por la entidad organizadora, así como los gastos de movilidad local, impuestos de aeropuerto y gastos ocasionales. Artículo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, flete, seguros, traslados de los bienes culturales y cualquier otro egreso que se origine por la salida y retorno de los Bienes del Patrimonio Cultural de la Nación a que se refiere la presente resolución serán íntegramente cubiertos por el organizador. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 19036 ENERGÍA Y MINAS Aprueban la modificación del Contra- to de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 34 DECRETO SUPREMO Nº 013-2001-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas a fin de garantizar el