Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2001 (10/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 10 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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Aprueban el Plan de Uso Turistico y Recreativo de la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 016-2001-INRENA-DGANPFS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 8º de la Ley de Areas Naturales Protegidas - Ley Nº 26834, establece en sus incisos b) y c) que el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA tiene entre otras funciones proponer la normatividad requerida para la gestion y desarrollo de las Areas Naturales Protegidas y aprobar las normas administrativas necesarias a fin de lograr el objetivo mencionado; Que, el Articulo 30º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834 senala que el desarrollo de actividades recreativas y turisticas debera realizarse sobre la base de los correspondientes planes y reglamentos de uso turistico y recreativo, asi como el Plan Maestro del Area Natural Protegida; Que, el Articulo 38º acapite 38.3 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, indica que los Planes de Uso Publico son instrumentos de planificacion especificos, que se desarrollan siguiendo los lineamientos del Plan Maestro y, como parte integrante de este, definen con mayor detalle los criterios, lineamientos, prioridades y limites del uso publico del Area Natural Protegida. Son aprobados mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre; Que, el Plan Director, Estrategia Nacional para las Areas Naturales Protegidas, aprobado por D.S. Nº 010-99AG y el Articulo 133º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, senala que el Plan de Uso Turistico, Recreativo se aprueba por Resolucion Directoral, de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA, en coordinacion con las autoridades sectoriales y con los actores regionales vinculados con la actividad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-82-AG se establece la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria, ubicada en las provincias de MORDAZA, MORDAZA, Ucayali y Alto Amazonas del departamento de MORDAZA sobre una superficie de 2 080 000 ha.; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 170-2000INRENA se aprueba el Plan Maestro para la Conservacion de la Diversidad Biologica y el Desarrollo Sostenible de la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria y sus zonas de amortiguamiento; Que, dentro de las Estrategias de Turismo y Recreacion del mencionado Plan Maestro se contempla la Elaboracion del Plan de Uso Turistico y de Recreacion de la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria, teniendo en cuenta su zonificacion; Que, la elaboracion del Plan de Uso Turistico de la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria ha sido realizada mediante un amplio MORDAZA participativo de instituciones publicas, privadas y la poblacion local vinculadas a la conservacion de la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria, por lo que la jefatura de la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria ha elevado dicha propuesta para su aprobacion a la Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre; Que, mediante Oficio Nº 333-2001-CTAR-L-DRIT, la Direccion Regional de Industria y Turismo, del Gobierno Regional MORDAZA, ha participado en el MORDAZA de elaboracion del Plan de Uso Turistico y Recreativo de la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria, el mismo que ha dado su respaldo y conformidad al mencionado plan; Que, es necesario aprobar el instrumento de planificacion y orientacion para el desarrollo de las actividades turisticas recreativas en el ambito de la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria, a fin de asegurar y contribuir con los objetivos de su creacion; y,

En uso de las atribuciones conferidas en Articulo del Reglamento de Organizaciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-92-AG; y en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por D.S. Nº 038-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan de Uso Turistico y Recreativo de la Reserva Nacional MORDAZA Samiria, como documento de planificacion y orientacion para el desarrollo de las actividades turisticas y recreativas en el ambito de la Reserva Nacional. Articulo Segundo.- La Jefatura de la Reserva Nacional MORDAZA - Samiria y la Direccion de Areas Naturales Protegidas, quedan encargadas de velar por el adecuado cumplimiento del indicado Plan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA INRENA 26815

ECONOMIA Y FINANZAS
Amplian alcances de Reglamento del Saneamiento Tecnico, Legal y Contable de los inmuebles de propiedad de las entidades publicas a todos los organismos e instituciones a que se refiere la Ley Nº 27493
DECRETO SUPREMO Nº 136-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 071-2001 se declaro de interes nacional el saneamiento tecnico, legal y contable de los inmuebles de propiedad de las entidades publicas; Que, mediante Ley Nº 27493, se declara extensiva la Ley Nº 26512, Ley de Saneamiento de los Inmuebles del Sector Educacion y Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion a todos los organismos e instituciones del sector publico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 130-2001/EF se aprobo el Reglamento a que se refiere el Articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 relativo al saneamiento tecnico, legal y contable de los inmuebles de propiedad de las entidades publicas; Que, es necesario que el citado Reglamento sea de aplicacion para todas las entidades publicas en general, uniformizando asi los criterios reglamentarios; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Declarese extensivo el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, Reglamento del Saneamiento Tecnico, Legal y Contable de los inmuebles de propiedad de las entidades publicas a todos los organismos e instituciones del sector publico a que se refiere la Ley Nº 27493. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas.

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