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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2001 (10/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 206493 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de julio de 2001 En uso de las atribuciones conferidas en Artículo del Reglamento de Organizaciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-92-AG; y en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegi- das, aprobado por D.S. Nº 038-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Uso Turís- tico y Recreativo de la Reserva Nacional Pacaya - Samiria, como documento de planificación y orienta- ción para el desarrollo de las actividades turísticas y recreativas en el ámbito de la Reserva Nacional. Artículo Segundo.- La Jefatura de la Reserva Nacional Pacaya - Samiria y la Dirección de Areas Naturales Protegidas, quedan encargadas de velar por el adecuado cumplimiento del indicado Plan. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALFARO LOZANO Director General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre INRENA 26815 ECONOMÍA Y FINANZAS Amplían alcances de Reglamento del Saneamiento Técnico, Legal y Conta- ble de los inmuebles de propiedad de las entidades públicas a todos los organismos e instituciones a que se refiere la Ley Nº 27493 DECRETO SUPREMO Nº 136-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 071-2001 se declaró de interés nacional el saneamiento técnico, legal y contable de los inmuebles de propiedad de las entidades públicas; Que, mediante Ley Nº 27493, se declara extensiva la Ley Nº 26512, Ley de Saneamiento de los Inmuebles del Sector Educación y Sector Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción a todos los organismos e instituciones del sector público; Que, mediante Decreto Supremo Nº 130-2001/EF se aprobó el Reglamento a que se refiere el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 relativo al saneamiento técnico, legal y contable de los inmuebles de propiedad de las entidades públicas; Que, es necesario que el citado Reglamento sea de aplicación para todas las entidades públicas en general, uniformizando así los criterios reglamentarios; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Declárese extensivo el Decreto Supre- mo Nº 130-2001-EF, Reglamento del Saneamiento Téc- nico, Legal y Contable de los inmuebles de propiedad de las entidades públicas a todos los organismos e institu- ciones del sector público a que se refiere la Ley Nº 27493. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas.Aprueban el Plan de Uso Turístico y Recreativo de la Reserva Nacional Pacaya - Samiria RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 016-2001-INRENA-DGANPFS Lima, 6 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 8º de la Ley de Areas Naturales Protegidas - Ley Nº 26834, establece en sus incisos b) y c) que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA tiene entre otras funciones proponer la norma- tividad requerida para la gestión y desarrollo de las Areas Naturales Protegidas y aprobar las normas ad- ministrativas necesarias a fin de lograr el objetivo mencionado; Que, el Artículo 30º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834 señala que el desarrollo de actividades recreativas y turísticas deberá realizarse sobre la base de los correspondientes planes y reglamen- tos de uso turístico y recreativo, así como el Plan Maestro del Area Natural Protegida; Que, el Artículo 38º acápite 38.3 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, indica que los Pla- nes de Uso Público son instrumentos de planificación específicos, que se desarrollan siguiendo los lineamien- tos del Plan Maestro y, como parte integrante de éste, definen con mayor detalle los criterios, lineamientos, prioridades y límites del uso público del Area Natural Protegida. Son aprobados mediante Resolución Direc- toral de la Dirección General de Areas Naturales Pro- tegidas y Fauna Silvestre; Que, el Plan Director, Estrategia Nacional para las Areas Naturales Protegidas, aprobado por D.S. Nº 010-99- AG y el Artículo 133º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, señala que el Plan de Uso Turístico, Recrea- tivo se aprueba por Resolución Directoral, de la Dirección General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silves- tre, en coordinación con las autoridades sectoriales y con los actores regionales vinculados con la actividad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-82-AG se establece la Reserva Nacional Pacaya - Samiria, ubica- da en las provincias de Loreto, Requena, Ucayali y Alto Amazonas del departamento de Loreto sobre una su- perficie de 2 080 000 ha.; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 170-2000- INRENA se aprueba el Plan Maestro para la Conserva- ción de la Diversidad Biológica y el Desarrollo Sosteni- ble de la Reserva Nacional Pacaya - Samiria y sus zonas de amortiguamiento; Que, dentro de las Estrategias de Turismo y Recrea- ción del mencionado Plan Maestro se contempla la Elaboración del Plan de Uso Turístico y de Recreación de la Reserva Nacional Pacaya - Samiria, teniendo en cuenta su zonificación; Que, la elaboración del Plan de Uso Turístico de la Reserva Nacional Pacaya - Samiria ha sido realizada mediante un amplio proceso participativo de institucio- nes públicas, privadas y la población local vinculadas a la conservación de la Reserva Nacional Pacaya - Sami- ria, por lo que la jefatura de la Reserva Nacional Pacaya - Samiria ha elevado dicha propuesta para su aprobación a la Dirección General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre; Que, mediante Oficio Nº 333-2001-CTAR-L-DRIT, la Dirección Regional de Industria y Turismo, del Go- bierno Regional Loreto, ha participado en el proceso de elaboración del Plan de Uso Turístico y Recreativo de la Reserva Nacional Pacaya - Samiria, el mismo que ha dado su respaldo y conformidad al mencionado plan; Que, es necesario aprobar el instrumento de planifica- ción y orientación para el desarrollo de las actividades turísticas recreativas en el ámbito de la Reserva Nacio- nal Pacaya - Samiria, a fin de asegurar y contribuir con los objetivos de su creación; y,