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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2001 (24/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

Pág. 207408 NORMAS LEGALES Lima, martes 24 de julio de 2001 promover la cultura y creativi dad de los internos, siendo los principales compromisos los siguientes: a) El Centro de Estudios Literarios Antonio Cornejo Polar implementará talleres de creación literaria en las áreas de la narrativa (cuento y novela), poesía, ensayo y dramaturgia. b) Para la ejecución del convenio, organizará con el INPE, la convocatoria al Primer Concurso Literario "Luz de Libertad", de cuento (castellano y quechua) y poesía, el cual servirá como elemento motivacional para la implementación subsecuente de los talleres. El con- curso tendrá un carácter anual y contará con un sistema de premiación a los dos primeros puestos, en cada va- riante del concurso. c) El Centro de Estudios Literarios Antonio Cornejo Polar viabilizará la publicación de los mejores trabajos, fruto de los talleres de creación literaria, y de los concur- sos realizados en cada año. d) Para fomentar el buen hábito de la lectura, funda- mentalmente literaria entre los internos, ambas partes acuerdan la implementación de minibibliotecas para cada pabellón de los establecimientos penitenciarios. e) El Centro de Estudios Literarios Antonio Cornejo Polar organizará jornadas literarias y realizará confe- rencias magistrales de conocidos literatos peruanos y extranjeros, que estén dispuestos a contribuir con la rehabilitación de los internos. f) Facilitará la plana docente correspondiente para el desarrollo de los talleres de creación literaria, así como también canalizará las fuentes cooperantes internacio- nales en beneficio de la ejecución del convenio. g) Capacitará a los servidores del INPE y/o profe- sionales de los CEOS para que desarrollen los talleres de creación literaria. h) EDEGEL auspiciará el Primer Concurso Literario "Luz de Libertad", de cuento (castellano y quechua) y poesía, a realizarse por el INPE en coordinación con el Centro de Estudios Literarios Antonio Cornejo Polar, haciéndose cargo de los siguientes conceptos: - Premios para los dos primeros lugares ganadores de cada variante del Concurso, de la siguiente manera: 01.Cuento en Castellano Primer Puesto S/. 2,000.00 Nuevos Soles Segundo Puesto S/. 1,000.00 Nuevos Soles 02.Cuento en Quechua Primer Puesto S/. 2,000.00 Nuevos Soles Segundo Puesto S/. 1,000.00 Nuevos Soles 03.Poesía Primer Puesto S/. 2,000.00 Nuevos Soles Segundo Puesto S/. 1,000.00 Nuevos Soles - Publicación de un libro compilatorio con los mejores trabajos literarios resultantes del concurso. - Diseño e impresión de afiches de convocatoria al concurso a ser ubicados en cada establecimiento peniten- ciario. Artículo 2º.- Los responsables en el Instituto Nacio- nal Penitenciario, de la aplicación y cumplimiento del convenio serán: - El Director de la Oficina General de Tratamiento/ Area de Educación. - Los Directores de las Direcciones Regionales. - Los Directores de las Oficinas de Tratamiento de las Direcciones Regionales. - Los Directores de Establecimientos Penitenciarios/ Area de Educación. - Los Jefes de los Órganos Técnicos de Tratamiento en los Establecimientos Penitenciarios y Oficinas del Medio Libre. Artículo 3º.- Los óganos del Instituto Nacional Peni- tenciario, brindarán todo el apoyo y colaboración para el cumplimiento del presente convenio. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Presidente 27753RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 866-2001-INPE-P Lima, 20 de julio de 2001 Visto, el Oficio Nº 903-2001-INPE/06 de fecha de 4 de julio de 2001, mediante el cual se remite el Proyecto de "Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Unidad de Servicios de Educación Nº 03 de Lima, la Compañía de María (Marianistas) y el Instituto Nacio- nal Penitenciario"; CONSIDERANDO: Que, el inciso décimo sexto del Artículo 135º del Decreto Legislativo Nº 654 "Código de Ejecución Penal", faculta al Instituto Nacional Penitenciario a celebrar convenios con entidades públicas y privadas; Que, la Unidad de Servicios de Educación Nº 03 de Lima y la Compañía de María (Marianistas) a través de la suscripción del convenio de cooperación con el Institu- to Nacional Penitenciario, con la finalidad de organizar, implementar y poner en funcionamiento, con carácter experimental, el Programa No Escolarizado de Educa- ción Primaria y Secundaria "Hno. Julio Curazao Giesec- ke, S.M.", en el Establecimiento Penitenciario de Proce- sados Primarios de Lima. Asimismo el convenio contri- buirá con el proceso de resocialización de los internos del referido establecimiento penitenciario, elevando su ni- vel educativo, brindándoles una educación científica- humanística y técnica, educándolos en valores y carisma pastoral marianista, preparándolos para generar sus propias microempresas; En consecuencia, es necesario aprobar el "Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Unidad de Servicios de Educación Nº 03 de Lima, la Compañía de María (Marianistas) y el Instituto Nacional Penitencia- rio"; Con la opinión favorable de las Oficinas Generales de Tratamiento, Asesoría Jurídica y Planificación; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 654 "Código de Ejecución Penal", Reso- lución Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas por Resolución Suprema Nº 089- 2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el "Convenio de Coopera- ción Interinstitucional entre la Unidad de Servicios de Educación Nº 03 de Lima, la Compañía de María (Maria- nistas) y el Instituto Nacional Penitenciario", para organi- zar, implementar y poner en funcionamiento, con carác- ter experimental, el Programa No Escolarizado de Edu- cación Primaria y Secundaria - Variante Científico Hu- manístico de Adultos; "Hno. Julio Curazao Giesecke, S.M.", que por la situación de los usuarios, funcionará como anexo del PRONOEPSA USE Nº 03 de Lima en el Establecimiento Penitenciario de Procesados Primarios de Lima; a fin de contribuir con el proceso de resocia- lización de los internos de los establecimientos peni- tenciarios, elevando su nivel educativo, brindándoles una educación científica-humanística y técnica, educán- dolos en valores y carisma pastoral marianista, prepa- rándolos para generar sus propias microempresas, sien- do los principales compromisos los siguientes: 1.Corresponde a la Unidad de Servicios de Educación Nº 03 de Lima: -Proveer de cuatro (4) docentes capacitados en edu- cación de adultos con jornada laboral completa, de los cuales dos (2) docentes son para el nivel de Educación Primaria y dos (2) docentes para el nivel de Educación Secundaria. Dichos profesores asumirán la función do- cente en aula y por horas, según el caso; así como la de orientar y estimular a los internos que tengan vocación y compromiso con la docencia. El personal docente asig- nado al Programa percibirá sus remuneraciones y benefi- cios de conformidad con las normas y dispositivos legales vigentes para la docencia estatal. -Encargar a uno de los docentes asignados al Pro- grama, con mayor tiempo de servicio, formación, trayec-