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Pág. 207493 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de julio de 2001 dad de los servicios esenciales o de las operaciones produc- tivas que la entidad tiene a su cargo; Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1) del Artículo 36º y numeral 3) del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y demás normas pertinentes; luego del debate correspondiente,adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Urgencia el Servicio de Relleno Sanitario para los desechos sólidos deldistrito de San Isidro, por las razones expuestas en la parte considerativa, por un lapso que no excederá de ciento veinte (120) días, con retroactividad al 1 de mayo hasta el 30 de agosto del 2001. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Director de la Ofici- na de Administración actúe como Presidente del ComitéEspecial Permanente para Adjudicaciones Directas a fin queproceda a contratar mediante Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía el servicio descrito en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento este acuerdo a la Comi-sión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de laRepública, Ministerio de Economía y Finanzas y de laContraloría General de la República, dentro del plazo que dispone el penúltimo párrafo del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, Ley Nº 26850. Artículo Quinto.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.GASTÓN BARÚA LECAROS Alcalde 27850 Inician procedimiento administrativo a servidora de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0132-2001-ALC/MSI San Isidro, 23 de julio del 2001EL ALCALDE DE SAN ISIDRO: VISTO: El Informe Nº 003-2001-CPPAD/MSI de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios de los servidores empleados de fecha 18 dejulio del 2001. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 039-2001- 16-OAD/MSI del 5 de marzo del 2001, se otorgó Licenciasin Goce de Haber a doña María del Carmen Giusti Hundskopf por Capacitación no Oficializada desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio del 2001; Que, doña María del Carmen Giusti Hundskopf me- diante escrito de fecha 3 de julio del 2001, solicitó Am-pliación de Licencia sin Goce de Remuneraciones hastael 31 de agosto del presente año, indicando que cuenta con la aprobación de su superior inmediato; Que, con Oficio Nº 118-2001-18-UPER/MSI del 3 de julio del 2001 se le comunicó a la Sra. María del Carmen GiustiHundskopf que la solicitud presentada sobre ampliación deLicencia por asuntos particulares no cuenta con la conformi-dad institucional, entre otros, y que deberá presentarse a sus labores a la brevedad posible, documento que fue recepciona- do en su domicilio el mismo día; Que, según Resolución Directoral Nº 094-2001-16-OAD/ MSI de fecha 6 de julio del 2001 se declaró improcedente elpedido solicitado por doña María del Carmen Giusti Hundsko-pf sobre Ampliación de Licencia sin Goce de Remuneraciones por Capacitación no Oficializada, notificándosele a la recu- rrente en su domicilio el día 10 de julio del año en curso; Que, mediante Memorándum Nº 478-2001-37-DSP- CD/MSI de fecha 10 de julio del 2001, el Director deProyección Social, Cultura y Deportes, comunica que latrabajadora María del Carmen Giusti Hundskopf, hasta la fecha no se reincorpora a sus labores diarias en la Dirección a su cargo; Que, con Informe Nº 274-2001-18-UPER/MSI del 12 de julio del presente año, la Unidad de Personal informóa la Dirección Municipal que a la fecha, la Sra. María del Carmen Giusti Hundskopf no se ha presentado a laborarpese a tener pleno conocimiento de la fecha de venci-miento de la Licencia otorgada el presente año mediante Resolución Directoral Nº 039-2001-16-OAD/MSI del 5 de marzo del 2001; y pleno conocimiento de la no aprobaciónde la ampliación de Licencia solicitada, por cuanto notenía la conformidad institucional ni documentos quesustenten su pedido; asimismo, informó sobre los ante-cedentes de la servidora María del Carmen Giusti Hunds- kopf, en donde se detallan las amonestaciones y/o sancio- nes de la mencionada trabajadora, evidenciándose quecon Memorándum Nº 090-97-SAN del 24FEB.97, elDirector de Sanidad y Proyección Social manifestó a laSra. Giusti Hunsdkopf, cometió falta administrativa alhaber cursado comunicaciones quebrantando la línea de autoridad, así como desconocer lo establecido en la Di- rectiva sobre Prácticas Pre Profesionales; Que, la servidora empleada María del Carmen Giusti Hundskopf ha incumplido los deberes que impone el serviciopúblico establecidos en los incisos b) y d) del Artículo 3º delDecreto Legislativo Nº 276, al interponer sus intereses perso- nales a los deberes del servicio y demostrando falta de vocación de servicio; asimismo, ha hecho abandono de trabajo al noreincorporarse a sus labores hasta la fecha, pese a tenerconocimiento que su Licencia sin Goce de Haber venció el 30 dejunio del presente año y que la ampliación de Licencia solicita-da no fue aprobada; por lo que las acciones descritas cometidas, son presuntas faltas disciplinarias que se encuentran tipifica- das en los incisos a) y k) del Artículo 28º de la Ley de Bases dela Carrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico; Que, de conformidad con el Artículo 163º y si- guientes del Reglamento de la Ley de Carrera Admi- nistrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM del 17 de enero de 1990, el Proceso Administra-tivo Disciplinario es el mecanismo adecuado paraefectuar, con equidad y justicia, las investigaciones yevaluación del caso denunciado, salvaguardando losderechos del servidor procesado, así como el interés del servicio; por lo que, en tal virtud, es procedente instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a laservidora empleada María del Carmen Giusti Hunds-kopf, por las presuntas faltas disciplinarias señala-das; De conformidad con el Artículo 167º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por De- creto Supremo Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 Ley Orgánica deMunicipalidades. RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR PROCESO ADMINIS- TRATIVO DISCIPLINARIO a la servidora empleadaMARÍA DEL CARMEN GIUSTI HUNDSKOPF, por lasrazones expuestas en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- OTORGAR un plazo de cinco (5) días hábiles a partir del día siguiente de la notificación de lapresente Resolución, para que dicha servidora presentesu descargo documentado. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTÓN BARÚA LECAROS Alcalde 27852 MUNICIP ALIDAD DE SAN MAR TÍN DE PORRES Otorgan beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 024-2001-MDSMP San Martín de Porres, 24 de julio de 2001