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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2001 (25/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 72

Pág. 207482 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de julio de 2001 que la contratación del servicio de mantenimiento de los mencionados programas debe efectuarse mediante una adjudicación de menor cuantía, toda vez que al ser prestado únicamente por IBM del Perú S.A.C., se presen-ta como un servicio que no admite sustituto; CONSIDERANDO:Que, en el Informe Técnico del exordio se señala que el Banco actualmente cuenta con 200 licencias concurrentes delos programas Informix Dynamic Server para Windows NT, Informix Internet Foundation 2000 y Data Director, que vienen siendo usados con aplicaciones desarrolladas para lasgerencias de Estudios Económicos, Crédito y Regulación Financiera, Operaciones Internacionales, Tesorería, así como en el Sistema Integrado de Administración; Que, para utilizar los programas señalados en el consi- derando anterior de manera más eficiente y poder acceder a sus últimas actualizaciones, es necesario contar con elservicio de mantenimiento que actualmente IBM del Perú S.A.C. brinda a los usuarios de los productos Informix; Que, los contratos de mantenimiento de los progra- mas Informix Dynamic Server para Windows NT, In- formix Internet Foundation 2000 y Data Director, se han venido celebrando en forma independiente y quecon el objeto de facilitar la administración de los mis- mos, se ha optado unificar el servicio de mantenimiento de los tres programas en un solo contrato anual; Que, de acuerdo a los términos de la comunicación cursada por el Gerente de Industrias de IBM del Perú S.A.C. con fecha 16 de julio del 2001, Informix Corpora-tion e Informix Software Inc., llegaron a un acuerdo con International Business Machines Corporation (IBM), cuyo resultado ha sido que IBM y sus subsidiarias,entre ellas IBM del Perú S.A.C., han adquirido sustancialmente todos los activos de Informix relacio- nados con bases de datos y los de sus compañías relacio-nadas, entre ellas Informix Software del Perú S.A.; Que, en la precitada comunicación también se seña- la que la adquisición en el Perú tiene efectos a partir del2 de julio del 2001, por lo que a partir de dicha fecha es IBM del Perú S.A.C. la única empresa autorizada por lo Corporación IBM para comercializar en el territorionacional los productos de base de datos Informix, así como quien presta los servicios relacionados con éstos. Que, el marco jurídico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisición de bienes o para la contratación de servicios, está determi- nado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, de acuerdo con el inciso f) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, están exonerados de concurso público lascontrataciones de servicios que no admiten sustitutos; Que, conforme al Artículo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se menciona en el Artículo19º, se exonere una contratación de servicios del requi- sito de concurso público, debe recurrirse al proceso de adjudicación de menor cuantía, debiendo tal exonera-ción aprobarse mediante resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Que, a tenor del Artículo 20º del Texto Unico Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 115º de su Reglamento, copia de la resolución que aprueba la exoneración y los informesque la sustentan deben ser remitidos a la Contraloría General de la República y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez días calendario siguientesa la fecha de su aprobación y emisión, respectivamente; Que, las consideraciones expuestas precedentemente permiten concluir que el servicio que se requiere contratar seenmarca dentro de lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 19º de la citada Ley, por lo que teniendo en cuenta el monto de la presente contratación que determina la exoneración de unconcurso público, corresponde al Directorio del Banco por ser la más alta autoridad institucional aprobar la exoneración; Estando a lo acordado por el Directorio del Banco en sesión de 19 de julio del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de concurso público, la contratación del servicio de mantenimientode los programas Informix Dynamic Server para Win-dows NT, Informix Internet Foundation 2000 y Data Director, por cuanto éste no admite sustituto. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Adminis- tración para que contrate mediante un proceso deadjudicación de menor cuantía y con cargo a los recur- sos de la Institución, el servicio de mantenimiento en mención con la empresa IBM del Perú S.A.C, por unmonto referencial de US$ 65 716,62 y por un plazo tal que uniformice los vencimientos al 15 de agosto del 2002. Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportuna- mente a la Contraloría General de la República. GERMÁN SUÁREZ CHÁVEZ Presidente 27803 CONTRALORÍA GENERAL Declaran improcedente impugnación contra resolución que autorizó a procurador iniciar acciones corres-pondientes a presuntos respon- sables establecidos en el Informe Nº 010-2001-CG/B370 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA GENERAL Nº 112-2001-CG Lima, 24 de julio de 2001 VISTOS: el Recurso impugnativo interpuesto por el señor Humberto Guido Rozas Bonuccelli contra la Re- solución de Contraloría Nº 063-2001-CG de fecha22.MAY.2001; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado del Examen Especial practica- do al Servicio de Inteligencia Nacional - SIN, correspon- diente al período 1990-2000, la Contraloría General de la República emitió oportunamente el Informe EspecialNº 010-2001-CG/B370, expidiéndose consecuentemen- te la Resolución de Contraloría Nº 063-2001-CG, de fecha 22.MAY.2001, autorizando al Procurador Públicoencargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General, para que en coordinación con el Procurador Público Ad Hoc, designado mediante Resoluciones Su-premas Nºs. 240-2000-JUS y 241-2000-JUS, formule y/ o gestione las acciones judiciales correspondientes con- tra los presuntos responsables; Que, mediante el recurso de vistos, el recurrente formula impugnación contra la Resolución de Contralo- ría Nº 063-2001-CG, que como se expresa se concreta aser una autorización para que el Procurador Público proceda conforme a sus atribuciones; Que, sobre el particular la Contraloría General de la República ha emitido reiterados y uniformes pronuncia- mientos, estableciendo que las autorizaciones al Procu- rador Público para el inicio de las acciones legalescorrespondientes constituyen actos de administración conformantes de los procedimientos internos del Esta- do, dirigidos a que la propia administración active susfunciones o competencias, por lo que consecuentemen- te, no resulta aplicable el Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de ProcedimientosAdministrativos, conforme lo establece su Artículo 1º, adquiriendo por tanto estos actos el carácter de inim- pugnables; significándose que por similar razón el su-puesto a que se contrae el Artículo 29º de la Ley del Sistema Nacional de Control -Decreto Ley Nº 26162-, igualmente no es aplicable en el presente caso; En uso de las facultades conferidas por los Artículos 16º y 24º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162;