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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2001 (28/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de julio de 2001 AÑO XIX - Nº 7706 Pág. 207783 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" DECRETOS DE URGENCIA Modifican características de la parte no utilizada de los Bonos del Tesoro Público autorizados por D.U. Nº 034-99 y D.S. Nº 099-99-EF DECRETO DE URGENCIA Nº 099-2001 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 108-2000 se creó el Programa de Consolidación del Sistema Financiero destinado a facilitar la reorganización societaria de em- presas de operaciones múltiples del sistema financiero nacional y se autorizó al Ministerio de Economía y Finan- zas a participar en este programa mediante la emisión de Bonos del Tesoro Público; Que, conforme con lo establecido en el referido Decreto de Urgencia Nº 108-2000, la participación del Estado en el Programa de Consolidación del Sistema Financiero se realiza siempre y cuando no implique un beneficio para los accionistas de las empresas participantes; Que, resulta necesario propiciar la reorganización so- cietaria de las empresas del sistema financiero, sujetas a régimen especial transitorio, con el objetivo de propender a la estabilidad de dicho sistema; Que, para lograr tal finalidad deben dictarse medidas destinadas a reforzar el marco legal dentro del cual deben de implementarse los esquemas de reorganización socie- taria antes indicados, a fin de facilitar el empleo de recursos no utilizados en otros programas de apoyo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto de la norma y nuevas carac- terísticas de los Bonos D.U. Nº 034-99 y D.S. Nº 099- 99-EF. Modifícase las características de la parte no utilizada de los Bonos del Tesoro Público que fueron autorizados por Decreto de Urgencia Nº 034-99 y por el Decreto Supremo Nº 099-99-EF, por las siguientes: - Denominación :Bonos D.U. Nº 108-2000 - Moneda :Dólares americanos. - Valor Nominal :US$ 1 000,00 (un mil y 00/100 dólares americanos) - Vencimiento :5 años a partir de su emisión. - Amortización :100% del principal al vencimiento. - Tasa de Interés :LIBOR a seis meses + 2% nominal anual sobre la base de un año de 360 días, pagadera semestralmente. - Negociabilidad :Libremente negociables. - Registro :Mediante anotaciones en cuenta en CAVALI. Artículo 2º.- Destino de los Bonos Los Bonos a que se refiere el artículo anterior serán empleados exclusivamente para concluir la implementa-ción del Programa de Consolidación del Sistema Finan- ciero, aprobado por el Decreto de Urgencia Nº 108-2000, según los términos establecidos en el mencionado disposi- tivo y sus normas complementarias. Artículo 3º.- Delegación al Ministerio de Econo- mía y Finanzas El Ministerio de Economía y Finanzas establecerá me- diante Decreto Supremo, las demás medidas que se requie- ran para la adecuada implementación de esta norma. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en Lima, en la Casa de Gobierno, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 28243 P C M Dan por concluida designación de Ase- sor del Despacho del Presidente de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 369-2001-PCM Lima, 26 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 018-2001-PCM se designó al señor Alberto Adrianzén Merino como Asesor del Despacho del Presidente de la República; Que, habiendo finalizado las funciones del Gobierno de Transición, resulta conveniente dar por concluida la refe- rida designación; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor Alberto Adrianzén Merino como Asesor del Despa- cho del Presidente de la República, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 28246