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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (13/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 204344 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de junio de 2001 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 25221 Aceptan donaciones efectuadas a fa- vor del Instituto de Investigación Nu- tricional y del INPPARES RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 286-2001-EF Lima, 12 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Universidad Johns Hopkins de Baltimore, Maryland, Estados Unidos de América, ha efectuado una donación a favor del Instituto de Investigación Nutricional consistente en diversos bienes utilizados para implementar el centro de cómputo y laboratorio que prestan apoyo a diversos proyectos que ejecutan en beneficio de la población materna e infantil en zonas priorizadas; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y Aprobar, en vía de regula- rización, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por la Universidad Johns Hopkins de Baltimo- re, Maryland, Estados Unidos de América, a favor del Instituto de Investigación Nutricional consistente en materiales de laboratorio y cómputo y otros bienes con un valor aproximado de US$ 4 003,00 (Cuatro Mil Tres y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según la Resolución Directoral Nº 179-2000-SA/OFICE de fecha 6 de setiembre del año 2000 del Ministerio de Salud, el Certificado de Donación de fecha 10 de agosto del año 2000 y la Carta Aclaratoria de fecha 29 de agosto del año 2000 y un peso aproximado de 218 kgs., según Guía Aérea Nº 045-7234 2034 de Lan Chile. Donación utilizada para implementar el centro de cómputo y laboratorio del Instituto de Investigación Nutricional, que prestan apoyo a diversos proyectos que ejecutan en beneficio de la población materna e infantil en zonas priorizadas. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas ya la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 25222 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 287-2001-EF Lima, 12 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, Family Planning International Assistance, The International Division of Planned Parenthood Federa- tion of America, Inc. de New York, Estados Unidos de América ha efectuado una donación a favor del Institu- to Peruano de Paternidad Responsable -INPPARES- consistente en diversos bienes destinados a su Direc- ción Médica; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y Aprobar, en vía de regula- rización, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por Family Planning International Assistan- ce, The International Division of Planned Parenthood Federation of America, Inc. de New York, Estados Unidos de América, a favor del Instituto Peruano de Paternidad Responsable -INPPARES- consistente en equipos médicos, guantes y otros bienes con un valor aproximado de US$ 3 452,00 (Tres Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Certificado de Donación de fecha 11 de setiembre de 1998 y un peso aproximado de 753 kgs., según Guía Aérea Nº 307-53862163 de Challenge Air Cargo. Donación destinada a la Dirección Médica del Instituto Peruano de Paternidad Responsable -INPPA- RES-. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos.