Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (13/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 204360 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de junio de 2001 Directivo es el órgano de mayor nivel de la Institución, que está conformado por cinco (5) miembros nombrados a propuesta de la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y es presidido por el miembro designa- do como Presidente Ejecutivo de la Entidad; Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 055-97- PROMUDEH y Nº 109-98-PROMUDEH, se designó a Sor María Cristina Rodríguez Díaz y al Ing. M.C. Andrés E. Castro Abanto, como integrantes del Consejo Directi- vo de COOPOP; designaciones éstas que resulta perti- nente dejar sin efecto a fin de poder integrar adecuada- mente el nuevo Consejo Directivo de COOPOP; Que, mediante Resolución Suprema Nº 065-2000- PROMUDEH, se designó a la Sra. María Isabel Gonzá- les Mimbela como Presidenta Ejecutiva de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP; Que en armonía con la normatividad antes citada resulta necesario conformar el Consejo Directivo de la Oficina Nacional de Cooperación Popular, cuyos inte- grantes deben ser nombrados por Resolución Suprema en concordancia a lo dispuesto por el Artículo 10º del precitado Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMUDEH; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560; Decreto Legislativo Nº 866 modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nºs. 27050 y 27273 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98- PROMUDEH, modificado por el Decreto Supremo Nº 004- 99-PROMUDEH y Decreto Supremo Nº 008-2001-PRO- MUDEH; y Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMUDEH; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Supre- mas Nº 055-97-PROMUDEH y Nº 109-98-PROMUDEH, mediante las cuales se designan a Sor María Cristina Rodríguez Díaz y al Ing. M.C. Andrés E. Castro Abanto como miembros del Consejo Directivo de COOPOP dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Nombrar como integrantes del Conse- jo Directivo de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP a las siguientes personas: - Sra. María Isabel Gonzáles Mimbela, quien lo presidirá. - Reverendo Padre Felipe Zegarra Russo. - Sra. Betsey Valdivia López. - Sra. Benedicta Serrano Agüero. - Sr. Gustavo Guerra-García Picasso. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 25229 RELACIONES EXTERIORES Incorporan procedimientos relativos a diversas solicitudes de prestaciones del D.L. Nº 20530 en el TUPA del Ministe- rio de Relaciones Exteriores DECRETO SUPREMO Nº 042-2001-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-99-RE se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos - TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2000-RE; Que, por Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM se dispone que las entidades del sector público incorpo- ren en su Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos - TUPA, en un plazo máximo de 30 días hábiles, un procedimiento que posibilite el acceso a la infor- mación que posea o produzcan y asimismo, se esta- blezca las normas generales que regirán dicho procedi- miento; Que, por Decreto Supremo Nº 032-2001-RE se modificó el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos - TUPA del Ministerio de Relaciones Exterio- res; Que, mediante Decreto Supremo Nº 051-2001- PCM se aprueba el procedimiento que determina la documentación indispensable que deben contener los expedientes administrativos de los solicitantes de prestaciones del Decreto Ley Nº 20530 y que deberán ser remitidos a la Oficina de Normalización Previsio- nal (ONP) por parte de las entidades públicas cuya administración y pago de pensiones no ha sido trans- ferida por norma expresa a la ONP. Asimismo, se dispone que en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la vigencia del Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM, las entidades del sector público incorporen en su Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos - TUPA, el procedimiento apro- bado por dicha norma; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 757, "Ley Marco para el Creci- miento de la Inversión Privada"; DECRETA: Artículo 1º.- Incorpórese en el Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 045-99-RE y modificado por Decreto Supremo Nº 032- 2001-RE, los procedimientos, que en anexo adjunto for- ma parte integrante del presente Decreto Supremo, denominados: - Nº 47 "Solicitud de Pensión de Cesantía"; - Nº 48 "Solicitud de Renovación de Pensión por haber cumplido 80 años de edad"; - Nº 49 "Solicitud de Incorporación al Régimen del Decreto Ley Nº 20530"; - Nº 50 "Solicitud de Pensión de Sobrevivientes - Viudez"; - Nº 51 "Solicitud de Pensión de Sobrevivientes - Orfandad"; - Nº 52 "Solicitud de pensión de Sobrevivientes - Ascendientes"; - Nº 53 "Duplicado de Resolución"; y, - Nº 54 "Rectificación de la Resolución por error material". Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de junio del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores