Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2001 (13/06/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de junio de 2001

Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia proceda conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo al Articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, frente a los actos administrativos que supone violan, desconocen o lesionan un derecho o un interes legitimo y directo, procede la interposicion de una reclamacion para que se revoque o modifique el acto impugnado y se suspendan sus efectos, considerandose como tales a aquellas actuaciones publicas que deciden de modo directo sobre intereses, obligaciones o derechos de los particulares; Que, no toda actividad publica configura un acto administrativo, sino tambien existen los actos de administracion conformantes de los procedimientos internos del Estado, constituidos por aquellas actuaciones dirigidas a la propia administracion o dependencias para que activen sus funciones y competencias, cuya razon al no estar dirigidos a los particulares, no lesionan derechos subjetivos y carecen del caracter de decision ejecutiva susceptible de causar agravio, y por ende el ordenamiento juridico las sustrae del alcance de las normas del procedimiento administrativo ordinario, segun el Articulo 1º de las aludidas normas generales, siendo por tanto inimpugnables; Que, siendo la autorizacion al Procurador Publico para el inicio de acciones judiciales un acto de administracion en los terminos glosados en el, el sistema juridico no concede recurso contra MORDAZA, deviniendo en improcedente la impugnacion del Visto; Que, de otro lado, no se ha obstaculizado el derecho de defensa del ex funcionario involucrado, puesto que tratandose de hechos de naturaleza penal no corresponde ejercerlo en la via administrativa sino en el fuero jurisdiccional respectivo; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictamenes resultado de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar, por lo que, el Informe referido en el primer Considerando, tiene merito probatorio por si mismo para la interposicion de las acciones penales, civiles o la apertura de procesos disciplinarios o investigatorios segun sea el caso, sea de orden decisorio, consultivo u otro, sin afectar el derecho de defensa, por lo que deviene en improcedente el Recurso Impugnativo presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gutierrez; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo - Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 02-94-JUS - Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de los Procedimientos Administrativos, Decreto Ley Nº 26162, y la Resolucion de Contraloria Nº 183-CG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Ministerial Nº 079-2001-PRES del 12 de marzo de 2001, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial al interesado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 25083

Autorizan a procurador interponga acciones legales contra persona natural por presunta comision de ilicito penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-2001-PRES MORDAZA, 5 de junio del 2001 Visto, el Oficio Nº 745-2000-MITINCI/DM del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de visto se pone en conocimiento de este Ministerio que por Comunicacion Nº 2607/2000-S de fecha 30.OCT.2000 cursado al Presidente Ejecutivo del CTAR MORDAZA de MORDAZA, la Pontificia Universidad Catolica del Peru le informa ante un requerimiento solicitado de dicho organismo sobre la autenticidad del Titulo Profesional de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA MORDAZA, quien fuera designado Director Regional de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del CTAR MORDAZA de Dios; Que, la referida comunicacion reitera que la fotocopia remitida del Titulo Profesional de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA De MORDAZA MORDAZA, es una burda falsificacion del diploma que expide dicha MORDAZA de estudios, al haberse efectuado adulteraciones en la denominacion del titulo, en la identidad del titular, en las fechas y en las firmas; Que, existen indicios razonables de la comision de un ilicito penal, siendo procedente la autorizacion al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales correspondientes por las razones y hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 25084

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra representante legal de empresa, por presunta falsificacion de documento oficial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 191-2001-PRES MORDAZA, 5 de junio del 2001

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