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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (13/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 204349 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de junio de 2001 Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán financiados con recursos de la Corporación Andina de Fomento (CAF); De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Aurelio Loret de Mola Böhme, Presidente del Directorio de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE-, a la ciudad de Caracas, Venezuela, del 20 al 22 de junio de 2001, para los fines expuestos en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución Ministerial serán financia- dos con recursos de la Corporación Andina de Fomento (CAF), no significando gasto alguno con cargo al Presu- puesto de COFIDE. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese y comuníquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 25194 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito con la EPS SEDACUSCO S.A. provenientes del préstamo aprobado mediante el D.S. Nº 096-2000-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 193-2001-EF/75 Lima, 12 de junio del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, se aprobó la operación de Endeudamiento Externo acordada entre la República del Perú y el Japan Bank for International Cooperation -JBIC-, hasta por un monto de ¥ 7 636 000 000,00 (SIETE MIL SEISCIEN- TOS TREINTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar, parcialmente, el Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de Agua Pota- ble y Alcantarillado en las ciudades de Iquitos, Cusco y Sicuani; Que, de acuerdo con el Artículo 4º del Decreto Supre- mo Nº 096-2000-EF, el Ministerio de Economía y Finan- zas, a través de la Dirección General de Crédito Público, trasladará a la Entidad Municipal Prestadora de Servi- cios de Saneamiento SEDACUSCO Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A., parte de los recursos provenientes del préstamo, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Econo- mía y Finanzas, a través de la Dirección General de Crédito Público, y la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento SEDACUSCO Sociedad Anó- nima - EPS SEDACUSCO S.A., mediante el cual se traslada hasta el monto de ¥ 3 389 000 000,00 (TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLO- NES Y 00/100 YENES JAPONESES), provenientes delpréstamo, aprobado por Decreto Supremo Nº 096-2000- EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 25195 Establecen monto y características adi- cionales del tercer tramo del Progra- ma de Emisión de los Bonos Sobera- nos a que se refiere el D.U. Nº 015-2001 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2001-EF/10 Lima, 12 de junio del 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 015-2001, se auto- rizó la emisión de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/ 100 NUEVOS SOLES), con el objeto de promover el mercado de capitales peruano; Que, el Artículo 6º del citado Decreto de Urgencia autoriza a la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a determinar las características adicionales de los Bonos Soberanos a los que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 015-2001, de acuerdo con los procedimientos y demás normas regla- mentarias y complementarias, que se dicten mediante Resolución Ministerial de Economía y Finanzas; Que, el Reglamento de Colocación Primaria de los mencionados Bonos Soberanos, aprobado por Resolu- ción Ministerial Nº 075-2001-EF del 23 de febrero de 2001, dispone que las características de los Bonos Soberanos a ser emitidos en cada tramo, deberán apro- barse por Resolución Ministerial de Economía y Finan- zas; Que, es necesario aprobar las características adicionales de los Bonos Soberanos que serán subasta- dos en junio del año en curso; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 015-2001 y el Reglamento de Colocación Primaria de los mencionados Bonos Soberanos, aproba- do por Resolución Ministerial Nº 075-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- El tercer tramo del Programa de Emisión de los Bonos Soberanos, a que se refiere el Artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2001, será hasta por la suma de S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 2º.- El tercer tramo que se autoriza en el artículo precedente tendrá las siguientes característi- cas: Series : Serie A Denominación :Bonos Soberanos Junio 2003 Plazo :Hasta 2 años Monto :A ser determinado en la subasta Serie B Denominación :Bonos Soberanos Junio 2004 Plazo :Hasta 3 años Monto :A ser determinado en la subasta Condiciones aplicables a Ambas Series de Bonos : Monto Total :Hasta S/. 150 000 000,00 Moneda :Nuevos Soles