Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2001 (13/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 13 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 129-2001-JUS MORDAZA, 8 de junio de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 05465 de fecha 7 de marzo de 2001 de la Asociacion Peruana por un MORDAZA de Paz - APEMUP; CONSIDERANDO: Que la Asociacion Peruana por un MORDAZA de Paz APEMUP, es una persona juridica sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion Asociacion Peruana "Por un MORDAZA de Paz", con sede en la MORDAZA de Lima; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 453-2001-DMSTC-SDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Asociacion Peruana por un MORDAZA de Paz - APEMUP; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Asociacion Peruana por un MORDAZA de Paz - APEMUP a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado Centro de Conciliacion Asociacion Peruana "Por un MORDAZA de Paz", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 25139

Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 452 -2001DM-STC-SDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Universidad Privada MORDAZA Orrego; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Universidad Privada MORDAZA Orrego a funcionar como Centro de Conciliacion, denominado "Centro de Conciliacion de la Universidad Privada MORDAZA Orrego", con sede en la MORDAZA de Trujillo. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 25138

PRES
Declaran improcedente reconsideracion interpuesta contra la R.M. N° 0792001-PRES que autorizo a Procurador iniciar acciones legales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 189-2001-PRES MORDAZA, 4 de junio del 2001 Visto el Recurso de Reconsideracion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpuesto contra la Resolucion Ministerial Nº 079-2001-PRES, publicada el 19 de marzo de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 079-2001PRES, se autorizo al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones legales que corresponda, contra el contratista ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que tuvo a su cargo la ejecucion de la obra Colegio Estatal Tecnico "Maria Inmaculada", ubicado en el distrito y provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, materia de la Licitacion Publica Nº 144-94PRES-INFES, y contra el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Inspector de Obra, en merito del Informe Nº 01-98-OAI-PRES-INFES "Examen Especial de las Obras Ejecutadas por Contrata de la Oficina Zonal de Huancayo - Evaluacion de Liquidacion Final de Obras", de la Oficina de Auditoria Interna del INFES; Que, mediante el Recurso de Reconsideracion del Visto, el recurrente pretende que se deje sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 079-2001-PRES que como se expresa, se concreta a ser una autorizacion para que el

Autorizan a institucion funcionar como centro de conciliacion, con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 128-2001-JUS MORDAZA, 8 de junio de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 15366 de fecha 10 de octubre de 2000 de la Universidad Privada MORDAZA Orrego; CONSIDERANDO: Que la Universidad Privada MORDAZA Orrego, es una persona juridica de derecho privado que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion de la Universidad Privada MORDAZA Orrego", con sede en la MORDAZA de Trujillo;

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