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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (17/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 204578 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de junio de 2001 Visto el Expediente Nº 872-2001, y el Anexo Nº 1322-2001, seguidos por SEALAND S.A.C., por los que solicita se le autorice la Subdivisión sin cambio de uso y sin Obras complementarias del terreno de 375.00 m2, calificado con Zonificación para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", constituido por el denominado Lote Nº 03 de la manzana Nº 43, de la urbanización Country Club Balneario Santa Rosa, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, y CONSIDERANDO: Que el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para el trámite correspon- diente, y ha abonado los derechos administrativos seña- lados en el TUPA y en el Reglamento Nacional de Construcciones. Estando con los Informes Nº 007-2001-MML-DMDU- DHU-DSD y Nº 049-2001-MML-DMDU-DHU-DSD del 15 de enero del 2001, y del 1 de marzo del 2001 emitidos por la División de Subdivisiones de la Dirección de Habilitaciones Urbanas. De conformidad con lo previsto en el Art. 168º, del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivisión sin cambio de uso y sin Obras complementarias del terreno de 375.00 m2 (TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS) calificado con Zonifi- cación para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", constituido por el denominado Lote Nº 03, de la manza- na Nº 43, de la urbanización Country Club Balneario Santa Rosa, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, de la siguiente forma: SUBLOTE 3-A .- Con un área de 187.50 m2 (CIEN- TO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS). SUBLOTE 3-B .- Con un área de 187.50 m2 (CIEN- TO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS). Las características de los Sublotes resultantes figu- ran en el Plano signado con el Nº 016-2001-MML- DMDU-DGO-DHU, y la Memoria Descriptiva que for- ma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los Sublotes 3-A y 3-B, así como autorizar la libre venta de los mismos. Así mismo la presente Resolución sólo aprueba la subdivisión del lote, no convalidando la falta de licencias de construcción que a la fecha podrían existir, ni regularizando las construcciones existentes. Artículo Tercero.- DISPONER, que los propieta- rios están obligados a insertar en los contratos de venta que celebren, una cláusula en la que establezca la indivisibilidad de los mismos. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Perua- no, la cual estará a cargo de los interesados debiendo efectuarse en un plazo máximo de treinta días calen- dario contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente, a la Municipalidad Distri- tal de Santa Rosa, y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para su conoci- miento y fines. Regístrese y comuníquese. ROSA CACERES VALENCIA Directora de Habilitaciones Urbanas Dirección General de Obras Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 25453RESOLUCIÓN Nº 010-2001-MML-DMDU-DHU Lima, 9 de marzo de 2001 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS Visto el Expediente Nº 898-2001, y el Anexo Nº 1338- 2001, seguido por SEALAND S.A.C., por los que se solicita se le autorice la Subdivisión sin cambio de uso y sin obras complementarias del terreno de 417.75 m2, calificado con Zonificación para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", constituido por el denominado Lote Nº 03 de la Manzana Nº 28, de la urbanización Country Club Balneario Santa Rosa, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, y CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para el trámite correspon- diente y ha abonado los derechos administrativos seña- lados en el TUPA y en el Reglamento Nacional de Construcciones. Estando con el Informe Nº 022-2001-MML-DMDU- DHU-DSD y Nº 045-2001-MML-DMDU-DHU-DSD del 15 de enero del 2001 y del 28 de febrero del 2001, emitidos por la División de Subdivisiones de la Direc- ción de Habilitaciones Urbanas. De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021, el Artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la subdivisión sin cambio de uso y sin obras complementarias del terreno de 417.75 m2 (CUATROCIENTOS DIECI- SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS), calificado con Zonificación para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", constituido por el denominado Lote 03, de la manzana 28, de la urbanización Country Club Bal- neario Santa Rosa, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, de la si- guiente forma: - SUBLOTE 3-A : con un área de 208.875 m2. - SUBLOTE 3-B : con un área de 208.875 m2. Las características de los Sublotes resultantes figu- ran en el plano signado con el Nº 012-2001-MML- DMDU-DGO-DHU y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los Sublotes 3-A y 3-B, así como autorizar la libre venta de los mismos; señalando que la presente Resolución sólo aprueba la subdivisión del lote, no convalidando la falta de Licencias de Construcción que a la fecha podrían existir, ni regularizando las construcciones existentes. Artículo Tercero.- DISPONER que los propieta- rios están obligados a insertar en los contratos de venta que celebre una cláusula en la que establezca la indivisibilidad de los mismos. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Perua- no, la cual estará a cargo de la interesada debiendo efectuarse en un plazo máximo de treinta días calen- dario contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente, a la Municipalidad Distri- tal de Santa Rosa y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para su conoci- miento y fines.