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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (17/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 204582 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de junio de 2001 que establece el citado tope, la Municipalidad de San- tiago de Surco publica con fecha 10.JUN.99, la Orde- nanza Nº 007-99-MSS aprobando el Arancel de Gastos y Costas del Procedimiento Coactivo de la Municipali- dad de Santiago de Surco; Que, sin embargo, se ha visto necesario aprobar un nuevo Arancel, que deje sin efecto algunos de los con- ceptos que se cobran a fin de disminuir la carga econó- mica asumida por los obligados en los procedimientos de ejecución coactiva y a la vez ampliar y precisar otros conceptos de costas incurridos en el procedimiento coactivo; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 36º numeral 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por Unanimidad adoptó la si- guiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Arancel de Gastos y Costas del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la Municipalidad de Santiago de Surco, cuyo texto es el siguiente: ARANCEL DE COSTAS Y GASTOS DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO COD CONCEPTO %UIT 0100 Por notificación de Resolución de Ejecución Coactiva 0,45 (7 DIAS) en forma personal o por correo certificado 0200 Por otras notificaciones 0,25 0300 Por copia certificada 0,15 0400 Por razon, informe o constancia 0,15 0500 Por oficio 0,28 0600 Por diligencia de embargos en forma de intervención, el 1% del monto total adeudado, - Con un mínimo de: 3,56 - Con un máximo de: 17,13 0700 Por diligencia de embargos en forma de depósito o secuestro 2,25 conservativo frustrado: 0800 Por demanda de descerraje 0,90 0900 Por diligencia de embargo en forma de depósito o secuestro conservativo, el 1% del monto adeudado, - Con un mínimo de: 3,56 - Con un máximo de: 17,13 1000 Por ordenar el levantamiento de captura de vehículo 1,03 1100 Por diligencia de embargos en forma de inscripción de 1,13 bienes muebles e inmuebles 1200 Por acta de cambio de depositario 0,96 1300 Por acta de remate de bienes muebles 0,83 1400 Por acta de remate de bienes inmuebles 0,83 1500 Por acta de remate frustrado 0,83 1600 Por fijación de carteles 1,30 1700 Por cada toma de dicho en diligencia de embargo 0,35 en forma de retención de fondos: 1800 Por acta de entrega de dinero de embargo 0,36 en forma de retención. 1900 Por inspección ocular 0,96 2000 Por diligencia de demolición, clausura, paralización de obra, 3,46 reparación urgente u otros 2100 Por diligencia fustrada de demolición, clausura, 2,20 paralización de obra, reparación urgente u otros 2200 Los gastos generados por las obras de ejecución forzada, así como de otros trabajos y/o acciones, serán liquidados por la Dirección corres- pondiente, sumándose al valor de éstas a las Costas Procesales efectuadas por la Oficina de Ejecución Coactiva. 2300 Los gastos por actuaciones de Peritos, Martilleros Públicos, Interven- tores, Recaudadores y otros que intervengan en el procedimiento de Ejecución Coactiva serán sufragados por la Municipalidad, los mismos que serán reembolsados por el obligado, previo proceso de liquidación de gastos, los cuales serán sustentados por Comprobantes de Pago válidamente emitidos de acuerdo al Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la SUNAT.Artículo Segundo.- Las Costas Procesales, serán liquidadas por el Ejecutor Coactivo, ciñéndose estricta- mente al Arancel, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- La entidad municipal, por nin- gún motivo efectuará cobro de Costas y Gastos, cuando la cobranza se hubiera iniciado indebidamente. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y será de aplicación a todas las gestiones de cobranza y ejecución coactiva que se encuentren en trámite. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Ejecu- ción Coactiva de esta Municipalidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 25426 Aprueban el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 70-MSS Santiago de Surco, 14 de junio de 2001 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en los Artículos 21º y 22º del Decreto Legislativo Nº 757 – Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada – las entida- des de la Administración Pública, entre las que se incluye a los Gobiernos Locales, deberán aprobar y publicar su correspondiente Texto Único de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) antes del 30 de junio de cada año; Que, habiéndose efectuado las propuestas de modificación y actualización del TUPA vigente, aproba- do mediante Ordenanza Nº 30 y normas modificatorias, resulta necesario aprobar el nuevo TUPA a aplicarse en el ejercicio 2001, de acuerdo a las disposiciones conteni- das en la legislación vigente; Estando al Dictamen Nº 016-2001-CEPP/MSS de la Comisión de Economía, Planificación y Presu- puesto y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 36º numeral 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y Decreto Legislativo Nº 757, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por Unanimidad adop- tó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Santiago de Surco para el año 2001, así como los derechos contenidos en el mismo que forman parte integrante de la presente orde- nanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde