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Pág. 204573 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de junio de 2001 llos y Rubén Lock Govea, Especialistas de la mencio- nada Unidad Especializada de Estudios de Impacto Ambiental en la III Convención Internacional sobre Medio Ambiente y Desarrollo, pues sus funciones requieren de la capacidad de discernir entre los diferentes aspectos que conllevan a manejar un Proyecto de Infraestructura Vial Técnico, Ambien- tal y Socialmente Viable; siendo estos últimos as- pectos de vital importancia para la Unidad Ambien- tal, a fin de ser manejados utilizando tecnología de aplicación moderna y actualizada; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 909 y Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los ingenieros Luis Negrón Berrillos y Rubén Lock Govea, Especialis- tas de la Unidad Especializada de Estudios de Impacto Ambiental del Ministerio de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción, a la ciudad de La Habana, Cuba, los días 17 al 22 de junio de 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del viaje autorizado por la presente Resolución, será con cargo al Contrato de Préstamo CAF "Componente Plan Ambiental y Social", de acuerdo al siguiente deta- lle: Pasajes US$ 1,012.44 Viáticos US$ 2,400.00 Cuota de Inscripción US$ 500.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 50.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 25482 ANR - CONAFU Otorgan autorización provisional de funcionamiento a la Universidad Na- cional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 114-2001-CONAFU Lima, 25 de mayo del 2001 VISTOS; el Expediente Administrativo Nº 43892 del 1 de febrero del 2001, presentado por la Comi- sión encargada de elaborar el Proyecto de Desarro-llo Institucional de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas; el Informe de Evaluación Nº 10-2001-CONAFU del 27 de marzo del 2001, el Informe de la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU del 24 de abril del 2001; la Carta del 4 de mayo del 2001; el Informe de la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU del 23 de mayo del 2001; el Acuerdo Nº 090-2001 del 24 de mayo del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacio- nal para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como un órgano autóno- mo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribución, la de evaluar los proyectos y solici- tudes de autorización de funcionamiento de las nue- vas universidades a nivel nacional, y emitir resolu- ciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional o definitivo, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condicio- nes establecidas; Que, por Ley Nº 27347 del 19 de setiembre del 2000, se crea la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, con sede en la ciudad de Cha- chapoyas, departamento de Amazonas, para prestar servicios educativos de nivel universitario, a través de las Carreras Profesionales de: Ingeniería Agroindus- trial, Enfermería, Educación, Turismo y Administra- ción; Que, por Resolución Suprema Nº 442-2000-PCM del 7 de octubre del 2000, se designó a la comisión encarga- da de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad, la misma que ha presentado al CONAFU dicho Proyecto; Que, por Resolución Nº 057-2001-CONAFU del 9 de marzo del 2001, se designó a los miembros de la Comi- sión Evaluadora del Proyecto de la Universidad, quie- nes luego de su evaluación han cumplido con presentar el informe respectivo; Que, la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU luego de evaluar el Informe de la Comi- sión Evaluadora y el Proyecto presentado, reco- mendó a la Comisión encargada de su elaboración, supere las debilidades encontradas en el proyecto, con la presentación de una Segunda Versión defini- tiva; Que, como resultado del análisis de la Segunda Versión del Proyecto de Desarrollo Institucional, la Comisión de Análisis y Consolidación, señala a través de su Informe del 23 de mayo del 2001, que las debili- dades encontradas en el Proyecto han sido superadas, y que en el Presupuesto General Reajustado de la República figura la transferencia de S/. 3'334,000.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTICUATRO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), para esta Univer- sidad, destinados a gastos corrientes y gastos de capital para fines preparatorios, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas destinar los recursos que sean necesarios para el funcionamiento a partir del año 2002; Que, el Pleno del CONAFU, en Sesión Ordinaria del 24 de mayo del presente año, luego de revisar el expediente administrativo organizado, acordó por unanimidad, otorgar la Autorización Provisional de Funcionamiento a la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, para que brin- de servicios educativos de nivel universitario, a través de las Carreras Profesionales de Ingeniería Agro Industrial, Enfermería, Educación Primaria, Turismo y Administración, al haber alcanzado el Proyecto de Desarrollo Institucional en su evalua- ción el puntaje mínimo exigido por este Consejo Nacional; Estando a lo expuesto, en concordancia con el Artículo 2º, literal c) de la Ley Nº 26439, el Estatuto y Reglamento General del CONAFU, el Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Univer- sidades, el Acuerdo Nº 099-2001 del 24 de mayo del 2001 y en uso de las facultades conferidas por el