Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2001 (22/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 22 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado Asociacion Peruana de Ciencias Juridicas y Conciliacion (APECC), con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 23 de febrero de 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 139-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Asociacion Peruana de Ciencias Juridicas y Conciliacion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 0162001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 350-2000JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Asociacion Peruana de Ciencias Juridicas y Conciliacion, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado Asociacion Peruana de Ciencias Juridicas y Conciliacion (APECC), con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia de conformidad con la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 25671 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 142-2001-JUS MORDAZA, 19 de junio de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 06911-2001, de fecha 23 de marzo de 2001, de la asociacion Conciliadora Alborada; CONSIDERANDO: Que la asociacion Conciliadora Alborada, es una asociacion civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice para el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion "Alborada", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 23 de MORDAZA del 2001, se realizo la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla para funcionar como Centro de Conciliacion;

Estando a lo opinado en el Informe Nº 517-2001JUS/DM-STC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion Conciliadora Alborada; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la asociacion Conciliadora Alborada, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado Centro de Conciliacion "Alborada", con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAYOR Viceministro de Justicia 25673

PRES
Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal del Proyecto Especial Alto Huallaga del INADE
RESOLUCION SUPREMA Nº 148-2001-PRES MORDAZA, 20 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 136-2000INADE-1100, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Proyecto Especial Alto Huallaga del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; Que, el literal c) del numeral 6.3 del Articulo 6º de la Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el Ano Fiscal 2001 - establece que el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP se aprueba mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el Pliego; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y la Ley Nº 27427; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Proyecto Especial Alto Huallaga del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; el mismo que forma parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia

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