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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (22/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 204906 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de junio de 2001 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 300-2001-EF Lima, 20 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, Volunteers For Inter-American Development Assistance (VIDA) de Emeryville, California, Estados Unidos de América ha efectuado una donación a favor de la Asociación VIDA PERU consistente en diversos bienes destinados a diversos hospitales e instituciones; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano la donación efec- tuada por Volunteers For Inter-American Development Assistance (VIDA) de Emeryville, California, Estados Unidos de América, a favor de la Asociación VIDA PERU, consistente en "Nutritional Supplements Ensure Balance Breakfast (vanilla)" sin valor comercial, conforme señala la Resolución Directoral Nº 076-2000-SA/OFICE de fecha 30 de marzo del año 2000 del Ministerio de Salud y el Certificado de Donación de fecha 22 de febrero del año 2000, con un peso aproximado de 8 573 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº MSCUNY224122 de Me- diterranean Shipping Company S.A. GENEVA. Donación destinada a diversos hospitales e instituciones detallados en la Resolución Directoral Nº 076-2000-SA/OFICE. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 25779 Aceptan donación destinada a apoyar las actividades del Programa Nacional de Planificación Familiar del Ministe- rio de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 301-2001-EF Lima, 21 de junio de 2001CONSIDERANDO: Que, la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) ha efectuado una donación a favor de la Asociación Benéfica PRISMA consistente en Depo-Provera (DEPO) injectable "with syringe" destinado en apoyo a las actividades del Programa Nacional de Planificación Familiar del Ministerio de Salud; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta- rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacio- nal de los Estados Unidos (USAID), a favor de la Asociación Benéfica PRISMA consistente en 400 000 unidades de Depo-Provera (DEPO) injectable "with syringe" detallados en la Resolución Directoral Nº 019- 2001-SA/OFICE de fecha 25 de enero del año 2001 del Ministerio de Salud y la Carta de Donación de fecha 5 de enero del año 2000, con un peso aproximado de 6 577 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº POCL- SOW052767601 de P&O Nedlloyd. Donación destinada en apoyo a las actividades del Programa Nacional de Planificación Familiar del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO PRETELL ZÁRATE Ministro de Salud 25836 Aceptan donación que será utilizada en centro médico ubicado en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 302-2001-EF Lima, 21 de junio de 2001