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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (27/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 44

Pág. 205194 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de junio de 2001 Ref. : Convenio de Pagos y Créditos Recí- procos de la ALADI De conformidad con los acuerdos adoptados en la XXXVII Reunión del Consejo para Asuntos Financieros y Monetarios de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), se modifica, a partir del 1 de juliodel 2001, el plazo con que cuentan las instituciones autorizadas para el registro de los derechos de cobro en el Sistema de Información de Compromisos Asumidos aFuturo (SICOF) del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la ALADI. En tal sentido, se sustituye el segundo párrafo del punto 1.1 del anexo 3 de la Circular Nº 012-99-EF/90 por el siguiente: El plazo para reportar los derechos de cobro no podrá exceder de veinte días calendario contados a partir de la fecha de emisión de los correspondientes instrumentos. En caso de que la misma no se presente oportunamentesólo podrá ser ingresada al SICOF previa conformidad del banco central del país emisor del instrumento. JAVIER DE LA ROCHA MARIE Gerente General 26033 CONTRALORÍA GENERAL Declaran improcedente impugnación contra resolución que autorizó a pro- curador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de delitos enagravio de la Municipalidad Distrital de Los Órganos RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 091-2001-CG Lima, 25 de junio de 2001 VISTOS: el recurso impugnativo interpuesto por el señor Manuel Helmer Garrido Castro, ex Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Organos, Talara, depar- tamento de Piura, contra la Resolución de ContraloríaNº 076-2001-CG de fecha 8.JUN.2001; CONSIDERANDO: Que, como resultado del Examen Especial practi- cado a la Municipalidad Distrital de Los Organos, provincia de Talara, departamento de Piura, efectuadopor la Sociedad de Auditoría Valdez y Asociados S.C., designada con Resolución de Contraloría Nº 03-2000- CG de 7.ENE.2000, correspondiente al período 1996-1998, fueron evidenciados indicios razonables de comi- sión de delito, contenidos en el Informe Especial Legal Nº 001-2000-VSC, y como consecuencia este SuperiorDespacho emitió la Resolución de Contraloría Nº 076- 2001-CG, autorizando al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General, lainterposición de las acciones judiciales correspondien- tes contra los presuntos responsables; Que, mediante el recurso impugnativo de vistos, de cuyo texto, en aplicación del Art. 103º del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi- mientos Administrativos se deduce su carácter de Re-curso de Reconsideración, el recurrente pretende ener- var los efectos de la Resolución de Contraloría Nº 076- 2001-CG, que como se expresa se concreta a ser unaautorización para que el Procurador Público proceda conforme a sus atribuciones; Que, sobre el particular la Contraloría General de la República ha emitido reiterados y uniformes pronuncia- mientos, estableciendo que las autorizaciones al Procu- rador Público para el inicio de las acciones legalescorrespondientes constituyen actos de administración conformantes de los procedimientos internos del Estado, dirigidos a que la propia administración active sus funcio- nes o competencias, por lo que consecuentemente, noresulta aplicable el Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, conforme lo establece su Artículo 1º, adquiriendo portanto estos actos el carácter de inimpugnables; En uso de las facultades conferidas por los Artículos 16º y 24º de la Ley del Sistema Nacional de Control,aprobada por Decreto Ley Nº 26162; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el Recur- so interpuesto por el señor Manuel Helmer Garrido Castro, ex Alcalde de la Municipalidad Distrital de Los Órganos, provincia de Talara, departamento de Piura,contra la Resolución de Contraloría Nº 076-2001-CG de fecha 8.JUN.2001, que autoriza al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral, para que en nombre y representación del Estado inicie las acciones legales correspondientes. Regístrese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Contralora General de la República 26012 MINISTERIO PÚBLICO Dejan sin efecto nombramiento de Fis- cal Adjunto Provincial Provisional del Pool de Fiscales de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 503-2001-MP-FN Lima, 26 de junio de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el nombra- miento del doctor William Alberto Martínez Ventocilla, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Pool deFiscales de Lima, materia de la Resolución Nº 470- 2001-MP-FN, de fecha 20 de junio del 2001. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Dis- trito Judicial de Lima, Gerencia de la Oficina de Regis- tro de Fiscales y Gerencia General del Ministerio Públi-co y al Fiscal mencionado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 26034 S B S Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A.A. el traslado de agencia ubicada en la provincia del Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 461-2001 Lima, 15 de junio de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA