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Pág. 200024 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de marzo de 2001 POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de marzo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República WALTER LEDESMA REBAZA Ministro de Defensa 20121 P C M Autorizan viaje del Ministro de Econo- en reuniones de las Asambleas de Gobernadores del BID y de la Corpora- RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 149-2001-PCM Lima, 15 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el doctor JAVIER SILVA RUETE, Ministro de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 17 al 21 de marzo del año 2001, con la finalidad de asistir a la Cuadragésima Segunda Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo - BID y Decimosexta Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores de la Corporación Interamericana de Inversiones - CII, en tal sentido es necesario autorizar el viaje en misión oficial; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF, 053-84-PCM, 074- 85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al doctor JAVIER SILVA RUE- TE, Ministro de Economía y Finanzas, a ausentarse del país del 17 al 21 de marzo del año 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 MEF - Admi- nistración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos :US$ 1 000,00 Pasajes :US$ 1 375,20 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 20126 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 042-2001-PCM Lima, 9 de marzo del 2001CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2000-PCM, se aprobó el Estatuto de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU; Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artícu- los 6º y 20º del Estatuto de PROMPERU, corresponde al Directorio de la Comisión, establecer las funciones específicas de los órganos y unidades que integran su Estructura Organizativa; y, corresponde a la Presiden- cia del Consejo de Ministros aprobar el Reglamento de Organización y Funciones respectivo; Que, el Directorio de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU, en sesión de fecha 8 de febrero de 2001, aprobó las funciones de las Gerencias y Oficinas de la citada Comisión; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 027-2000-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébase el Reglamento de Or- ganización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU, que consta de seis (6) Títulos, seis (6) Capítulos, veintisiete (27) Artículos y una (1) Disposición Complementaria, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. Emb. JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA COMISION DE PROMOCION DEL PERU - PROMPERU TITULO I GENERALIDADES Artículo 1º .- La Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, creado por Decreto Supremo Nº 010-93- PCM, elevado a rango de Ley por el Decreto Legislativo Nº 833, en adelante citado por su sigla PromPerú; es el organismo que tiene como finalidad, formular la políti- ca informativa y centralizar la toma de decisiones para la difusión de la imagen y la realidad del Perú; así como, para orientar la estrategia de promoción de inversio- nes, el turismo y las exportaciones. Artículo 2º .- El presente Reglamento determina la estructura, organización y funciones específicas de los Organos y Unidades Orgánicas que intervienen en la gestión de las diversas actividades a cargo de la Comi- sión de Promoción del Perú - PromPerú. Artículo 3º .- La Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, es una Unidad Ejecutora del Pliego Presi- dencia del Consejo de Ministros, cuya dirección, admi- nistración y control estará a cargo del Directorio. TITULO II MISION, FUNCIONES Y ORGANIZACION MISION Artículo 4º .- Desarrollar estrategias para posicio- nar una imagen integrada y atractiva del Perú, que permitan desarrollar el turismo interno y promoverlo ante el mundo como un destino privilegiado para el turismo receptivo y las inversiones. FUNCIONES GENERALES Artículo 5º .- Las funciones de la Comisión de Pro- moción del Perú - PromPerú son: 1. En materia de Promoción de la Imagen del Perú: a) Diseñar, coordinar, concertar y ejecutar políticas y acciones destinadas a difundir la imagen del Perú en el exterior. b) Gestionar y canalizar la cooperación técnica y financiera internacional para el cumplimiento de sus funciones.