Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2001 (16/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 200026 NORMAS LEGALES Lima, viernes 16 de marzo de 2001 k) Delegar en uno de sus miembros funciones ejecu- tivas fijándole los honorarios correspondientes, el Direc- tor que ejerza dicha función no percibe dietas. l) Aprobar los indicadores que permitan evaluar el avance a nivel institucional. m) Las demás que le corresponden de acuerdo a su naturaleza. Artículo 11º .- Corresponde al Presidente del Directorio: a) Representar a la institución y contratar según los límites fijados en la estructura de poderes en el marco de las normas aplicables. b) Convocar al Directorio y presidir sus sesiones. c) Dirigir la marcha de la institución en el marco de las políticas fijadas por el Directorio. d) De acuerdo a las facultades otorgadas por el Direc- torio designar en cargos de confianza, a los titulares de las Gerencias y al Auditor Interno, a través de la expedi- ción de la correspondiente Resolución Presidencial. e) Proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros el nombramiento del Secretario Ejecutivo. f) Delegar en el Secretario Ejecutivo la facultad de representación de la Institución. g) Las demás que le corresponde de acuerdo a su naturaleza. Del Secretario Ejecutivo Artículo 12º .- El Secretario Ejecutivo es designado mediante Resolución Suprema refrendada por el Presi- dente del Consejo de Ministros, a propuesta del Presi- dente del Directorio. Artículo 13º .- El Secretario Ejecutivo es el Titular de la Unidad Ejecutora y tiene las siguientes atribuciones: a) Representar a la institución por delegación del Presidente del Directorio y contratar según los límites fijados en la estructura de poderes en el marco de las normas aplicables. b) Expedir Resoluciones de Secretaría Ejecutiva en asuntos relacionados con la marcha administrativa y presupuestaria de la institución. c) Ejecutar los acuerdos del Directorio. d) Dirigir la marcha administrativa de la institución. e) Proponer al Directorio o al Presidente del Directo- rio, según sea el caso, la designación de los funcionarios que ocupen cargos de confianza. f) Celebrar contratos de personal de los niveles no comprendidos dentro de las facultades del Directorio. g) Asistir a las sesiones de Directorio, con derecho a voz pero no derecho a voto. h) Proponer al Directorio los Proyectos Institucionales. i) Proponer la Contratación de consultoría externa, de carácter temporal para asuntos especializados, cuan- do así lo requiera la Institución. j) Definir en coordinación con la Comisión de Promo- ción de la Inversión Privada - COPRI y la Comisión de Promoción de Exportaciones - PROMPEX los indicado- res que permitan evaluar el avance que se viene alcan- zando en la promoción de los mecanismos de mercado; así como efectuar su seguimiento y difundir oportuna- mente los resultados encontrados. k) Y las demás que le corresponden de acuerdo con su naturaleza. Capítulo II De los Comités Consultivos y Ejecutivos Comités Consultivos Artículo 14º .- Los Comités Consultivos tienen por fina- lidad asesorar al Directorio, en materia de su competencia. Las opiniones de los referidos Comités, no tienen efectos vinculantes, ni son considerados opinión institucional. Comités Ejecutivos Artículo 15º .- Los Comités Ejecutivos tienen por finalidad el desarrollo de actividades específicas enco- mendadas por el Directorio. Capítulo III Organo de Control Oficina de Control Interno Artículo 16º .- La Oficina de Control Interno, es la encargada de ejercer las acciones de control interno posterior de la gestión de PromPerú, en forma integral, sistemática y permanente, en armonía con la normativi- dad del Sistema Nacional de Control y la política insti- tucional. Está a cargo de un Auditor Interno, que esdesignado por acuerdo del Directorio, con conocimiento de la Contraloría General de la República; depende administrativamente del Directorio y funcionalmente de la Contraloría General de la República. Tiene las siguientes funciones: a) Formular, programar, ejecutar y evaluar las accio- nes del Plan Anual de Control de Auditoría Guberna- mental de la Institución. b) Asesorar al Directorio en aspectos relacionados al control gubernamental, de acuerdo a las normas que regulan el Sistema Nacional de Control. c) Emitir los informes de auditoría resultantes de los exámenes efectuados y remitirlos al Directorio y a la Contraloría General de la República. d) Efectuar el seguimiento de la implantación de recomendaciones y del levante de observaciones conteni- das en los informes de auditoría. e) Elaborar informes en general de acuerdo a las funciones encomendadas. f) Otras que le sean asignadas. Capítulo IV Organo de Asesoramiento Gerencia de Asesoría Legal Artículo 17º .- La Gerencia de Asesoría Legal es el órgano encargado de proporcionar asesoría en materia jurídico - legal a los distintos órganos de la institución. Está a cargo de un Gerente que depende de la Secretaría Ejecutiva. Tiene como funciones: a) Asesorar a la Alta Dirección y demás órganos de la institución en todos los aspectos de índole jurídico legal. b) Absolver las consultas formuladas por los órganos de PromPerú relativas al campo de su competencia, y emitir los correspondientes informes y dictámenes. c) Proyectar y visar convenios, contratos y directivas administrativas de la entidad. d) Interpretar y emitir pautas destinadas a orientar la correcta aplicación de la normativa legal relacionada con PromPerú. e) Las demás que le sean encargadas. Capítulo V Organos de Apoyo Gerencia de Administración y Finanzas Artículo 18º .- La Gerencia de Administración y Finanzas depende de la Secretaría Ejecutiva y está a cargo de un Gerente. Tiene las funciones siguientes: a) Administrar los recursos humanos, materiales, econó- micos y financieros de la institución; así como de proporcio- nar oportunamente los bienes y servicios requeridos por las distintas áreas funcionales, que aseguren el cabal cumpli- miento de los objetivos y metas institucionales. b) Planear, elaborar, proponer, controlar y mejorar los lineamientos de política y los procedimientos técnicos para el funcionamiento adecuado de los Sistemas Admi- nistrativos de Abastecimiento, Contabilidad, Presupues- to y Tesorería; y de trámite documentario. c) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y normas reglamentarias de los Sistemas Administrativos. d) Cumplir oportunamente con la presentación de la información y documentación administrativa, financie- ra, presupuestal y contable, que el Secretario Ejecutivo y los organismos externos requieran. e) Coordinar con las áreas técnicas la administración, distribución y venta de las publicaciones institucionales. f) Apoyar y asesorar en las materias de su competen- cia, a los responsables de las demás Oficinas, Gerencias y la Alta Dirección. g) Otras que le sean asignadas. Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes Oficinas: • Oficina Administrativa • Oficina Financiera Oficina Administrativa Artículo 19º .- La Oficina Administrativa es un órga- no de apoyo que depende de la Gerencia de Administra- ción y Finanzas, la misma que está a cargo de un Jefe, siendo sus funciones las siguientes: a) Ejecutar los procesos técnicos del sistema de abas- tecimiento, los procesos de selección de bienes y servi- cios, control patrimonial y almacenes, en armonía con los