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Pág. 200373 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de marzo de 2001 de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 44º inciso c) de su Reglamento Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Que, las exoneraciones de los procesos de selección deben comunicarse, bajo responsabilidad, a la Comisión del Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Repúbli- ca, Ministerio de Economía y Finanzas y Contraloría Gene- ral de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de aprobación; Que, contando con las visaciones de la Dirección Munici- pal, Dirección de Administración, Oficina de Asesoría Legal y la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización, y en virtud de lo que manda la Ley Nº 26850 - Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento D.S. Nº 039- 98-PCM y la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del Con- curso Público Nº 003-2000-CE-MPL para la contratación del servicio de dotación de recursos humanos para las diferen- tes dependencias de la Municipalidad de Pueblo Libre, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- Autorizar al Director de Admi- nistración para que inicie el proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía para la contratación del servicio de dotación de recursos humanos para las diferentes dependencias de la Municipalidad de Pueblo Libre, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM. Artículo Tercero.- Encargar al Director de Adminis- tración, poner la presente exoneración en conocimiento de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, Ministerio de Economía y Finanzas y Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General y del Concejo que publique la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ANGEL M. TACCHINO D. Alcalde 20527 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan a ejecutor y auxiliares coactivos realizar la suscripción de resoluciones de ejecución coactiva de inicio del proceso , mediante me- dio electrónico RESOLUCIÓN Nº 228-2001-RASS Santiago de Surco, 21 de marzo de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, la labor de emisión de resoluciones para el inicio de los procesos de ejecución coactiva se realiza de forma masiva, presentándose una demora en el procedimiento en cuanto a la suscripción mediante firma ológrafa, en consecuencia, a fin de darle mayor celeridad es necesario implementar medios alter- nos permitidos por el ordenamiento legal vigente; Que, el inciso g) del Artículo 15º de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, establece que la Resolu- ción de Ejecución Coactiva deberá contener, bajo sanción de nulidad la suscripción del Ejecutor y del Auxiliar respectivo; Que, el Artículo 141-A del Código Civil, adicionado mediante Ley Nº 27291, dispone que en los casos en que la ley establezca que la manifestación de voluntad debe hacer- se a través de alguna formalidad expresa o requiera de firma, ésta podrá ser generada o comunicada a través de medios electrónicos, ópticos o cualquier otro análogo, tra- tándose de instrumentos públicos la autoridad competente deberá dejar constancia del medio empleado y conservar una versión íntegra para su ulterior consulta;Contando con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Ejecutor Coactivo y a los Auxiliares Coactivos de la Municipalidad de Santiago de Surco a fin que la suscripción de las Resoluciones de Ejecu- ción Coactiva de inicio del proceso se realice por medio electrónico mediante la impresión de su firma digitalizada. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Ejecución Coactiva y a la Oficina de Sistemas el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 20484 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ratifican acuerdos que establecen montos de dieta de regidores y remu- neración del alcalde para el ejercicio presupuestal del año 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2001-ALC/MVES Villa El Salvador, 20 de febrero del 2001 Visto: la moción de Orden del Día, presentada por los Regidores: ALBERTO BAZAN PUNTO, ALFREDO VIVAN- CO CUZCANO y JOSE FAILOC RIVAS. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 002-2000 de fecha 4.1.2000 y Acuerdo de Concejo Nº 08-2000 de fecha 31.3.2000, se establecieron los montos por concepto de dietas para los señores Regidores y sueldo del señor Alcalde para el Ejercicio 2000; Que, el Artículo 21º de la Ley Orgánica de Municipali- dades modificada por Ley Nº 26317, precisa que los Alcaldes y Regidores son rentados conforme lo permita el presupues- to y la disponibilidad de recursos propios de cada Municipa- lidad previo acuerdo respectivo del Concejo Municipal, aplicándose los montos que determinan o autorizan las normas sobre remuneraciones para sus respectivos rangos. Los Alcaldes reciben una remuneración mensual y los Regi- dores perciben dietas por Sesión. Las remuneraciones y las dietas son suprimibles por Acuerdo de Concejo o por renun- cia individual a ellos; De conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y con el voto unánime, de Sesión de Concejo, se expide el siguiente: ACUERDO Artículo 1º.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 002- 2000-MVES de fecha 4.1.2000, para el ejercicio Presupues- tado del 2001, el monto de la dieta para los señores Regido- res, que estará condicionado a la asistencia efectiva a la correspondiente Sesión de Concejo hasta un máximo de 2 (DOS) Sesiones al mes. Artículo 2º.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 08- 2000-MVES de fecha 31.3.2000, fijándose para el presente Ejercicio Presupuestal 2001 la remuneración del Sr. Alcal- de, en S/. 4,930.00 (CUATRO MIL NOVECIENTOS TREIN- TA Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo 3º.- Encargar a la Oficina de Administración el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. R. MARTIN PUMAR VILCHEZ Alcalde 20481