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Pág. 200366 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de marzo de 2001 Cuenta General de la República del año 2000 de los pliegos presupuestarios que comprenden los Organismos Descen- tralizados Autónomos. CONSIDERANDO: Que, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES ha ocupado el primer lugar de los Organismos Descentra- lizados Autónomos, en la presentación de la información presupuestaria y financiera correspondiente a la rendición de cuentas del ejercicio fiscal 2000, por lo que sus principa- les funcionarios merecen ser reconocidos; Que, el numeral 21.1 del Artículo 21º de la Ley Nº 27312 - De Gestión de la Cuenta General de la República, señala que la aprobación de la Cuenta General de la República es un acto formal de ordenamiento administrativo y jurídico que no implica la aprobación de la gestión ni los actos administrativos que aquella sustenta, los que son objeto de acciones de control por parte de los órganos del Sistema Nacional de Control y de fiscalización por el Poder Legisla- tivo; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-89-EF; a pro- puesta de la Dirección General de Contabilidad del Sector Público, con la aprobación de la Alta Dirección y la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artí- culo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR al Rector de la UNIVERSI- DAD NACIONAL DE TUMBES señor QF. GINO MORETTI OTOYA, al Director General de Administración señor CPC DANTE ENRIQUE RODRÍGUEZ RUIZ y al Contador Ge- neral señor CPC ROBERTO RONALD ACOSTA AGUIRRE, por haber presentado en primer lugar de los Organismos Descentralizados Autónomos la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2000. Artículo 2º.- SOLICITAR al Rector de la UNIVERSI- DAD NACIONAL DE TUMBES, haga extensiva esta espe- cial felicitación, al personal de Contabilidad, Presupuesto y Tesorería, y a todas las demás personas que con su esfuerzo y dedicación han contribuido a la presentación de la rendi- ción de cuentas en forma oportuna, lo que significa un ejemplo que la Contaduría Pública de la Nación exhorta a imitar. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación 20468 INDECOPI Designan miembro del Consejo Consultivo del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 032-2001-INDECOPI/DIR Lima, 23 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25868, el Indecopi cuenta en su estructura orgánica con un órgano de asesoramiento y consulta deno- minado Consejo Consultivo, el mismo que está integrado por profesionales de reconocida capacidad y experiencia de los Sectores Público y Privado; Que el Directorio del Indecopi ha estimado pertinente incorporar un nuevo miembro al referido órgano de consulta; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en sesión de fecha 23 de marzo de 2001; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Unico.- Designar a la doctora Nelly Calderón Navarro como miembro del Consejo Consultivo del InstitutoNacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -Indecopi-. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SEMINARIO PIZZORNI Presidente del Directorio 20531 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 030-2001-INDECOPI/DIR Mediante Carta Nº 184-2001/GEG-INDECOPI, el Insti- tuto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protec- ción de la Propiedad Intelectual solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 030-2001-INDECOPI/DIR, pu- blicada en nuestra edición del día 23 de marzo de 2001, en la página 200337. En el segundo párrafo de la parte considerativa donde: DICE: ... Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, DEBE DECIR: ... Cámara de Comercio y Producción de Piura, En el tercer párrafo de la parte considerativa donde: DICE: ... en la ciudad de Arequipa; DEBE DECIR: ... en la ciudad de Piura; 20552 I N P E Inician procedimiento disciplinario a ex Directora de la Oficina General de Asesoría Jurídica del INPE y ex Direc- tor del Establecimiento Penitenciario de Pucallpa RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 553-2001-INPE-P Lima, 21 de marzo de 2001 Visto, el Informe Nº 007-2001-INPE-CEPAD de fecha 12 de marzo del 2001 de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Peni- tenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 003-2000-INPE/AG sobre la "DENUNCIA FORMULADA CONTRA LA EX DIRECTORA DE LA OFICINA GENERAL ASESORÍA JURÍDICA, POR PESUNTAS IRREGULARIDADES EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES", elaborado por el Organo de Control Interno y elevado a la presidencia del INPE, mediante Oficio Nº 427-2000-INPE/AG de fecha 20.SET.2000, donde se comunica la determinación de irregularidades en la que se encontraría inmersa la ex funcionaria Nivel F-4 abogada DEISI MIRLIAM UGAZ CARRANZA, ex Directora de la Oficina General de Asesoría Jurídica del INPE, por la comisión de actos de nepotismo; Que, de los autos se tiene que la ex funcionaria Nivel F- 4, abogada DEISI MIRLIAM UGAZ CARRANZA, ex Direc- tora de Asesoría Jurídica, ha tenido injerencia directa en la contratación por Servicios No Personales de la Sra. Elizabe- th Connie Díaz Haro, con quien tiene vínculo de afinidad en segundo grado (cuñada); hechos debidamente acreditados mediante Acta de Matrimonio Nº 139, expedida por la Municipalidad de Magdalena del Mar, en la que consta que