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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2001 (10/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 202542 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de mayo de 2001 3.- Los Centros de Instrucción Acuática deberán contar con: a) Centros de Instrucción dedicados a la Formación de Oficiales, Patrones, Marineros y Motoristas de Pesca. (1) Taller de motores Banco de Motores Banco de Sistemas Auxiliares (Bombas, compresoras). (2) Taller de Electricidad Motores Eléctricos (para instrucción) Transformadores (para instrucción) Sistemas de Refrigeración (para instrucción). (3) Taller de aparejos de pesca y cabullería Cabos, cables Nudos Motones y pastecas Redes de diferentes dimensiones y características. (4) Módulo de Seguridad de la Vida Humana en el Mar Equipamiento de supervivencia Chalecos y aros salvavidas Extintores Portátiles Equipamiento contra incendio (hachas, mangas, pi- tones, líneas etc.). (5) Aula de Navegación y ploteo Cartas y hojas de ploteo Materiales de ploteo (compás, paralelas, escuadras, rosas de maniobras, etc.). Almanaques Náuticos y tablas. Sextantes, prismáticos, etc. (6) Simulador de Pesca y Navegación b) Centros de Instrucción dedicados a la Formación y Actualización de Patrones, Marineros y Motoristas. (1) Taller de motores Banco de Motores Banco de Sistemas Auxiliares (Bombas, compreso- ras). (2) Taller de Electricidad Motores Eléctricos (para instrucción) Transformadores (para instrucción) Sistemas de Refrigeración (para instrucción). (3) Taller de aparejos de pesca y cabullería Cabos, cables Nudos Motones y pastecas Redes de diferentes dimensiones y características. (4) Módulo de Seguridad de la Vida Humana en el Mar Equipamiento de supervivencia Chalecos y aros salvavidas Extintores Portátiles Equipamiento contra incendio (hachas, mangas, pi- tones, líneas etc.). (5) Aula de Navegación y ploteo Cartas y hojas de ploteo Materiales de ploteo (compás, paralelas, escuadras, rosas de maniobras, etc.). Almanaques Náuticos y tablas. Sextantes, prismáticos, etc. c) Centros de Instrucción dedicados a la Formación y Capacitación de Marineros de Pesca Artesanal y Calificados (1) Taller de aparejos de pesca y cabullería Cabos, cables Nudos Motones y pastecas Redes de diferentes dimensiones y características. (2) Módulo de Seguridad de la Vida Humana en el Mar Equipamiento de supervivenciaChalecos y aros salvavidas Extintores Portátiles Equipamiento contra incendio (hachas, mangas, pi- tones, líneas etc.). (3) Aula de Navegación y ploteo Cartas y hojas de ploteo Materiales de ploteo (compás, paralelas, escuadras, rosas de maniobras, etc.). Almanaques Náuticos y tablas. Sextantes, prismáticos, etc. NOTA: Para cumplir con este requisito es factible la demostración de un convenio con otras instituciones que posean la infraestructura requerida. 4.- Deberán contar con una biblioteca de consulta, en la que deberán tener como mínimo los siguientes textos: a) Convenios Internacionales: (1) Convenio Internacional sobre Arqueo de Buques, 1969 (TONNAGE 1969). (2) Convenio Internacional sobre Líneas de Carga, 1969 (LL 1966 ) (3) Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar 1974 (SOLAS 1974). (4) Protocolo de 1978 relativo al Convenio Interna- cional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (SOLAS PROTOCOL 1978). (5) Convenio sobre el Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes, 1972 (COLREG 1972). (6) Convenio Internacional para Prevenir la Conta- minación por los Buques, 1973, en su forma enmendada (MARPOL 73/78). (7) Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacio- nal para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, en su forma enmendada ( PROT 78 AL MARPOL ). (8) Convenio Internacional de Torremolinos para la Seguridad de los Buques Pesqueros, 1977 (STV 1977). (9) Protocolo de 1993 relativo al Convenio Interna- cional de Torremolinos para la Seguridad de los Buques Pesqueros, 1977 ( STV PROTOCOL 1993). 10) Convenio Internacional sobre Normas de For- mación, Titulación y Guardia para el Personal de los Buques Pesqueros, 1995 ( STCW – F 1995 ). b) Reglamento de Capitanías y de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres. c) Código Internacional de Señales d) Manuales de Funcionamiento y Operación de Equipos de Navegación. e) Textos de enseñanza y consulta f) Diccionario Técnico – Bilingüe g) Textos del Vocabulario Técnico Normalizado – OMI h) Lista de Faros y Tablas de Mareas y Derroteros de la Costa Peruana i) Otras Publicaciones Náuticas. 5.- El personal docente deberá estar conformado por profesionales de reconocida solvencia moral y profesio- nal, que tengan la competencia del caso, deberán haber seguido preferentemente un Curso de Instructores en la Escuela Nacional de Marina Mercante "Almirante Miguel Grau" . Estos profesionales pueden ser: a) Ingenieros Pesqueros (Extracción) b) Ingenieros Mecánicos, Eléctricos y Navales c) Arquitectos Navales d) Oficiales de la Marina de Guerra del Perú e) Oficiales de la Marina Mercante Nacional f) Capitanes y Oficiales de Pesca y Navegación g) Personal Técnico de la Marina de Guerra del Perú o de la Marina Mercante Nacional, capacitado en el área correspondiente. h) Otros profesionales. 6.- Deberá contar con embarcaciones debidamente equipadas, para efectuar la fase práctica de la instruc- ción de alumnos (Puede sustituirse con convenios con Empresas Pesqueras que garanticen el embarco en prácticas de los alumnos).