Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2001 (18/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 18 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 202901

EDUCACION
Precisan porcentaje de ingresos rcuao prl DrcinDpra eadds o a ieco eatmna dl Cso dl IC qe sr etl e uc e N u ea dsiaoagso d ivrine e etnd ats e neso n l Gran MORDAZA MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 035-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2001-ED, su fecha 10 de MORDAZA de 2001, se precisa que de los ingresos obtenidos por la Direccion Departamental de Cultura del MORDAZA, Unidad Ejecutora Nº 02 del Pliego 110 - Instituto Nacional de Cultura, el 70% sera destinado para fines propios de dicha entidad en el ambito de su jurisdiccion, no pudiendo destinarse mas del 10% de los citados ingresos al pago de gastos administrativos; Que, como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto Supremo a que hace referencia el considerando precedente, se requiere precisar el destino del 30% de los ingresos obtenidos por la citada Direccion Departamental de Cultura; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2001ED, su fecha 10 de MORDAZA de 2001, se declara de preferente interes nacional la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor de la red de caminos existentes en el MORDAZA Incaico dentro del territorio nacional, dandose preferente atencion al gran MORDAZA MORDAZA conocido como QHAPAQNAN, que partiendo del MORDAZA hacia el norte lo comunicaba con el actual territorio de la Republica del Ecuador y hacia el Sur Este hasta la actual MORDAZA MORDAZA, Bolivia y actuales territorios de MORDAZA y Argentina; Que es proposito del Gobierno de Transicion viabilizar los objetivos contenidos en el Decreto Supremo aludido en el considerando que antecede, para cuyo efecto resulta prioritario destinar los recursos mencionados en el MORDAZA considerando del presente Decreto Supremo a gastos exclusivamente de inversion para la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor del Gran MORDAZA MORDAZA referido en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0312001-ED; Que, la ejecucion de las acciones mencionadas en el considerando precedente promovera el desarrollo de los pueblos ubicados a lo largo del Gran MORDAZA MORDAZA y el consiguiente incremento del flujo turistico; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y de conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25762 modificado por Ley Nº 26510; la Ley Nº 24047, y el Decreto Supremo Nº 027-2001-ED; DECRETA: Articulo 1º.- Precisase, que el 30% de los ingresos directamente recaudados por la Direccion Departamental del MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura sera destinado a gastos exclusivamente de inversion para la investigacion, identificacion, registro, proteccion, conservacion y puesta en valor del Gran MORDAZA MORDAZA referido en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0312001-ED, conforme a la distribucion que se detalla a continuacion: - 50% de dicho porcentaje para los tramos del Gran MORDAZA MORDAZA ubicados en el departamento del Cusco. - 50% de dicho porcentaje para los tramos que partiendo del MORDAZA se encuentren situados en otros departamentos del territorio nacional.

Articulo 2º.- El Titular de la Direccion Departamental MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura, sera responsable del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 23680

ENERGIA Y MINAS
Autorizan donacion que efectuara EGASA a favor de la Municipalidad D s r t ld Ya c , p o i c a d C r v l itia e u a r v n i e a a e i
RESOLUCION SUPREMA Nº 094-2001-EM MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Generacion Electrica de MORDAZA S.A. - EGASA, es propietaria de bienes muebles (chatarra) que han sido dados de baja segun Sesion de Directorio de fecha 7 de diciembre de 2000; Que, la Municipalidad Distrital de Yauca, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, solicito a EGASA la donacion de chatarra, con el fin de reparar el Dique "Ancascocha", ubicado en el distrito de Chavina, provincia de Lucanas, departamento de MORDAZA, que almacena agua solo durante la epoca de lluvias para el MORDAZA de Yauca; Que, el Directorio de EGASA, mediante Acuerdo Nº OD.1, Sesion Nº 004-2001, de fecha 26 de febrero de 2001, aprobo la donacion a favor de la Municipalidad Distrital de Yauca, para el fin precitado, de los siguientes bienes: - 24 MORDAZA de biela Sulzer con peso de 19 200 Kg. - Chatarra de MORDAZA, laton y otros con un peso de 40 000 Kg. - Winche Simens Industrial con un peso de 15 000 Kg.; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la donacion que efectuara la Empresa de Generacion Electrica de MORDAZA S.A. EGASA, a favor de la Municipalidad Distrital de Yauca, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, de los siguientes bienes: - 24 MORDAZA de biela Sulzer con peso de 19 200 Kg. - Chatarra de MORDAZA, laton y otros con un peso de 40 000 Kg. - Winche Simens Industrial con un peso de 15 000 Kg. Articulo 2º.- La aceptacion de la donacion del bien a que se refiere el Articulo 1º sera aprobada por el MORDAZA organo directivo de la Municipalidad Distrital de Yauca quien comunicara su aceptacion a la Empresa de Generacion Electrica de MORDAZA S.A. EGASA en un plazo de treinta (30) dias conta-

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