Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2001 (23/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2001

lo que a su vez origino falta de liquidez en el mencionado contratista, obstaculizando de esta manera el normal cumplimiento de las obligaciones a su cargo; Que, por consiguiente, y a efectos de graduar la sancion a imponer por el indicado cumplimiento MORDAZA por parte del contratista, resulta de aplicacion las facultades establecidas en el Art. 177º, antepenultimo parrafo, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado MORDAZA vigente, aprobado por D.S. Nº 039.98.PCM; y, De conformidad a las facultades establecidas en el Art. 53º, literales b) y e) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado mediante D.S. Nº 012.2001.PCM; concordante con lo dispuesto en el Art. 204º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013.2001.PCM; SE RESUELVE: 1. Sancionar a la COMPANIA INDUSTRIAL PERUANA MONFER S.A., con seis (6) meses de suspension en el ejercicio de su derecho a participar en procesos de seleccion y a contratar con el Estado, medida que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de notificada la presente resolucion. 2. Poner la presente resolucion en conocimiento de la Gerencia de Registros del CONSUCODE, para las correspondientes anotaciones de ley. 3. Declarar que la presente resolucion es de interes publico y sienta precedente de observancia obligatoria, siendo de aplicacion lo dispuesto por el Inc. 6) del Art. 1º del D.S. Nº 018.97.PCM del 18.4.97. 4. Devolver a la Entidad Contratante los antecedentes administrativos remitidos para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA CARDICH WENDORFF MORDAZA BERAMENDI GALDOS 23808

quiere seguridad, especialmente los centros educativos ya mencionados, puesto que se encuentran en terrenos independientes y no tienen en la actualidad ninguna proteccion de alguna construccion de terceros ni de accidente natural que pueda servir de proteccion al ingreso de personas extranas; seguridad que se lograria mediante la ejecucion de cercos perimetricos, lo que ha informado a la Gerencia General para su conocimiento y fines; Que, la Gerencia General con Informe Nº 174-2001-GGPRES-INFES del 16 de MORDAZA de 2001, teniendo en cuenta el informe tecnico del Gerente de Estudios y Proyectos, encuentra pertinente se proceda a la cancelacion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2001-PRES-INFES, que comprende a los centros educativos ya mencionados, estimando necesario la construccion de cercos para evitar el ingreso de personas extranas, proporcionando con ello seguridad a la infraestructura, al equipamiento y a los educandos; lo que implica la modificacion de los proyectos MORDAZA referidos; Que, la Oficina de Asesoria Legal mediante Informe Nº 530-2001-AL-PRES-INFES del 16 de MORDAZA de 2001, precisa que de conformidad con el Art. 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece que en cualquier estado del MORDAZA de Seleccion hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, entre otras razones; por lo que teniendo en cuenta las razones tecnicas senaladas en el Informe Nº 0992001-GEP-PRES-INFES, es de la opinion que resulta procedente la cancelacion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2001-PRESINFES al haberse configurado una razon tecnica de fuerza mayor; Con la opinion favorable de la Gerencia General; En MORDAZA con las facultades contenidas en el Art. 19º inciso b) del Reglamento de Organizacion y Funciones del INFES, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97PRES; Estando a lo acordado en la Sesion de Consejo Directivo Nº 376 de fecha 16 de MORDAZA de 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar el MORDAZA de Seleccion correspondiente a la Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2001PRES-INFES por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Gerencia General dispondra las acciones que correspondan con arreglo a ley a efecto de cumplir con las publicaciones, plazos y procedimientos derivados de la cancelacion del MORDAZA de seleccion declarado en el articulo precedente. Articulo 3º.- La Gerencia General debera adoptar las acciones que correspondan, a efecto que una vez aprobadas las modificaciones de los expedientes tecnicos de los Proyectos de Inversion Publica Centro Educativo Ocupacional "Nuestra Senora de Fatima", ubicado en el distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de MORDAZA y Centro Educativo Ocupacional "Nuestra Senora del Carmen", ubicado en el distrito de Parcona, provincia y departamento de Ica y autorizada nuevamente su ejecucion por el Organo Resolutivo, proceda a la convocatoria del MORDAZA de seleccion pertinente para su adjudicacion, con arreglo a las normas vigentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 23893

INFES
Cancelan MORDAZA de seleccion correspondiente a la Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2001-PRES-INFES para construccion de centros educativos en la provincia de Ica
Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 058-2001-PRES-INFES MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2001 Visto, el Informe Nº 174-2001-GG-PRES-INFES, del 16 de MORDAZA de 2001; y, CONSIDERANDO: Que, en fecha 6 de MORDAZA de 2001, se realizo la convocatoria correspondiente a la Adjudicacion Directa Nº 0022001-PRES-INFES, mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano, para la contratacion de la construccion de las obras: Centro Educativo Ocupacional "Nuestra Senora de Fatima", ubicado en el distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de MORDAZA y Centro Educativo Ocupacional "Nuestra Senora del Carmen", ubicado en el distrito de Parcona, provincia y departamento de Ica, con valores referenciales de S/. 515,738.25 y de S/. 361,249.32, respectivamente, y plazos de ejecucion de 150 dias calendario cada una; senalandose, el dia 24 de MORDAZA de 2001 para el otorgamiento de la Buena Pro, correspondiente a dicho MORDAZA de seleccion; Que, mediante Informe Nº 099-2001-GEP-PRES-INFES, de fecha 15 de MORDAZA de 2001, el Gerente de Estudios y Proyectos, manifiesta que los expedientes tecnicos de los centros educativos referidos no contemplan la ejecucion de cerco perimetral por limitaciones presupuestales, dado que el monto previsto para los centros educativos priorizaba como meta unicamente la ejecucion de aulas; Que, asimismo, en su referido informe el Gerente de Estudios y Proyectos indica que todo centro educativo re-

INPE
Inician procedimiento disciplinario a servidor de la Sede Regional Altiplano MORDAZA del INPE
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 738-2001-INPE-P MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2001 Visto, el Informe Nº 030-2001-INPE-CPPAD, de fecha 9 de MORDAZA del 2001, elaborado por la Comision Permanente de

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