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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (10/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 212451 NORMAS LEGALES Lima, sábado 10 de noviembre de 2001 Visto: El Expediente Nº 33034094, organizado por ELECTROPERÚ S.A., sobre renuncia a la autorización de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Las Mercedes; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 190-94-EM/ DGE, de fecha 8 de abril de 1994, se otorgó autorización por tiempo indefinido a ELECTRONOROESTE S.A., para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Las Mercedes, con una capacidad instalada de 12,62 MW, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Tumbes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 296-96-EM/ VME, de fecha 5 de julio de 1996, se aprobó la transferencia de la autorización otorgada con Resolución Ministerial Nº 190-94-EM/DGE, a favor de ELECTROPERÚ S.A.; Que, ELECTROPERÚ S.A., cumpliendo con lo pre- visto en el Artículo 89º del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Adminis- trativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y al amparo de la Ley Nº 26539, ha formulado renuncia a la autorización a la que se refiere el considerando que antecede, manifestando que tal renuncia no comprome- te el Servicio Público de Electricidad; Que, OSINERG, mediante documento ingresado con Registro Nº 1335830 de fecha 18 de setiembre de 2001, informa que el servicio público de electricidad de la ciudad de Tumbes no se verá afectado por el retiro de la Central Térmica Las Mercedes, debido al abastecimiento permanen- te y confiable para dicha ciudad desde el Sistema Interconec- tado Nacional, así como la disponibilidad de la Central Térmica Tumbes Nueva, para casos de emergencia; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado el cumplimiento de los requisitos for- males, ha verificado que la renuncia no compromete el Servicio Público de Electricidad, por lo que ha emitido el Informe Técnico Nº 081-2001-EM/DGE y el Informe Legal Nº 01-2001-EM/DGE, opinando favorablemente por la aceptación de la renuncia formulada; Estando a lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia formulada por ELECTROPERÚ S.A. a la autorización otorgada me- diante la Resolución Ministerial Nº 296-96-EM/VME, la misma que queda cancelada. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 32964 MITINCI Autorizan viaje del Viceministro de Turismo a Inglaterra, Francia y Alema- nia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 239-2001-ITINCI Lima, 9 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Londres, Inglaterra, se llevará a cabo el evento denominado The World Travel Market y Reuniones de Coordinación con representantes de diversas Líneas Aéreas en París, Francia y Frankfurt,Alemania, entre los días 12 al 15 de noviembre de 2001, con motivo de iniciar la implementación en el exterior de la política de accesibilidad al Perú de Cielos Abiertos y Vuelos Charter; Que, es conveniente autorizar la participación de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona- les en dichas reuniones; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25831 y el Decreto Supremo Nº 048-2001- PCM, modificado con Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Arq. Fran- klin Ramiro Salas Bravo, Viceministro de Turismo, a las ciudades de Londres, París y Frankfurt, del 10 al 16 de noviembre de 2001, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales asista y participe en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes US$ 1,737.00 Viáticos US$ 1,560.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Pesquería, encargado del Despacho del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del señor RAUL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería Encargado de la Cartera de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 34285 Designan al Viceministro de Industria como Secretario Técnico de la Comi- sión de Apoyo a la Lucha contra los Delitos de Contrabando y Defrauda- ción de Rentas de Aduana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 240-2001-ITINCI Lima, 9 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, al amparo de la Primera Disposición Final de la Ley Nº 26461, "Ley de los Delitos Aduaneros" y mediante Resolución Suprema Nº 488-2001-EF, se conformó la Comisión de Apoyo a la Lucha contra los Delitos de Contrabando y Defraudación de Rentas de Aduana, bajo la presidencia del Ministro de Industria, Turismo, Inte- gración y Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, conforme al Artículo 1º de la acotada Resolución Suprema, la Comisión de Apoyo a la Lucha contra los Delitos de Contrabando y Defraudación de Rentas de Aduana cuenta con un Secretario Técnico, el mismo que será designado por Resolución Suprema a propuesta del Presidente de la Comisión;