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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (29/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 1

DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de noviembre de 2001 AÑO XIX - Nº 7830 Pág. 213191 Director: Hugo Garavito Amézaga http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" P C M Autorizan a procurador interponer acciones legales contra personas na- turales por presunta responsabilidad penal en agravio del Estado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2001-PCM Lima, 26 de noviembre de 2001 Visto, el Oficio Nº A-582/2001(PRE) de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, mediante comprobante de pago -C/P Nº 2460 del 22.12.2000, se pagó S/. 11,390.00 nuevos soles neto (bruto S/. 13,400) al Ing. Jorge Bautista Nevado por concepto de servicios de consultoría para el Estudio de Evaluación Estructural del nuevo local de CONSUCODE; Que, conforme al Informe Especial Nº 02-4772-2001- 01 (págs 3 y 4) elaborado por la Gerencia de Auditoría Interna de CONSUCODE, de la revisión de los documen- tos adjuntos, en dicho comprobante de pago y otros ubica- dos en el seguimiento efectuado, se ha determinado que en el proceso de adjudicación de menor cuantía para la adqui- sición de servicios de consultoría de obras, cuyo objeto fue efectuar un estudio de las estructuras del edificio de CONSUCODE, sobre la base de la cual, se edificaría los ambientes en el 4° y 5° piso, y cuyo ganador de la buena pro fue el Ing. Jorge Bautista Nevado, se habría simulado; conforme al citado Informe Especial existen hechos que evidencian haber sido contratado directamente antes del proceso de selección procediendo posteriormente, a reque- rirle y a dos ingenieros más, sus propuestas para aparen- tar así un proceso de selección, conforme al Informe Especial Nº 02-4772-2001-01 (págs 3 y 4); Que, el referido Informe Especial del Organo de Auditoría sustenta como evidencia de hecho el Memorándum Nº 021- 2000(MGE) del 19.9.2000, mediante el que el Ing. Miguel García Euribe, Especialista de la ex Gerencia de Asesoría Especializada, hoy Gerencia Técnico Normativa, informó al Ing. Adolfo Noriega Infante, Gerente de Administración y Finanzas de ese entonces, que al no existir la posibilidad de obtener los planos de las estructuras del Edificio de CONSU- CODE, se hacía necesaria la invitación a tres ingenieros civiles especialistas en Estructura, para que mediante pica- do en las columnas efectúe una evaluación estructural del mismo, Adjunta Términos de referencia con un valor referen- cial de S/. 14,800 nuevos soles. Dicho Memorándum con proveído de fecha 24.10.00 es devuelto al Ing. Miguel García, disponiéndose se proceda a requerir las propuestas de los especialistas en la materia (página 4 del Informe); Que, como señala el informe de Auditoría referido anteriormente, por Memorándum Nº 021-2000(MGE) de fecha 27.9.00 el Ing. Miguel García Euribe con relación a la evaluación estructural del Edificio CONSUCODE, co- munica al Ing. Adolfo Noriega Infante, entre otros lo siguiente: "Se ha coordinado con el Ing. Jorge Bautista Nevado sobre su propuesta habiéndose reducido el monto de la misma"; "No siendo posible otra forma de evaluación de la estructura, en nuestra opinión es aceptable la pro- puesta del Ing. Bautista". "Se adjunta al presente la última propuesta presentada" (página 04 del Informe); Que, mediante Cartas de fechas 8 y 9.11.00 de los ingenieros Julio Benito Chuque, Roberto García Tevez yJorge Bautista Nevado, respectivamente, se presentan las propuestas técnicas y económicas, ofertando los dos primeros un monto de S/. 15,000.00 y el último por S/. 13,400.00; Que, de acuerdo con el Informe Especial Nº 02-4772- 2001-01 no existen evidencias de haberse efectuado la Convocatoria para la contratación del servicio de consul- toría en forma oficial (invitaciones), los postores partici- paron en el proceso de selección sin la exigencia de las copias de sus certificados de inscripción en el Registro Nacional de Contratistas, exigido por el Artículo 8º de la Ley Nº 26850, e incisos b) y a) de los Artículos 184º y 70º de su reglamento, en el caso del Ing. Benito Chuque, no tenía inscripción en dicho Registro, y en el caso del Ing. Bautista Nevado, ganador de la buena pro, obtiene su inscripción en la misma fecha de la presentación de su propuesta, el día 9.11.2000 pero recién lo recepcionó el 14.11.2000; no se ha demostrado que se haya formulado el Cuadro Comparativo de Propuestas; no existe evidencias de haberse comunicado oficialmente el resultado del proceso de selección: los térmi- nos de referencia no contemplan las etapas del Proceso, no se designó al órgano encargado del proceso de selección. Señala el citado Informe de Auditoría la evidencia de la participación imprescindible del Ing. Jorge Bautista Neva- do en dichas irregularidades, concertándose con los inge- nieros Miguel García Euribe y Adolfo Noriega Infante, para defraudar el interés público mediante actos, engañosos, cometiendo falsedad intencionalmente en perjuicio del Es- tado; tipificados como colusión falsedad genérica contem- plados en los Artículos 384º y 438º del Código Penal vigente; Que, de conformidad con la Recomendación contenida en la página 24 del Informe Nº 02-4772-2001-01 se dispone que el representante legal de la Presidencia del Consejo de Ministros inicie las acciones legales pertinentes contra los presuntos responsables: Ing. Adolfo Noriega Infante (ex Gerente de Administración y Finanzas de CONSUCODE) y Miguel García Euribe (ex especialista de la Gerencia de Asesoría Especializada y actual funcionario de CONSU- CODE), así como contra el Ing. Jorge Nevado Bautista, quienes habrían incurrido en presunta responsabilidad penal, en perjuicio del Estado; Que, el Informe Especial Nº 02-4772-2001-01 constitu- ye prueba preconstituida de conformidad con lo estable- cido por el inciso f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, y, asimismo tiene el carácter de Informe Especial de acuer- do con lo dispuesto por la Norma de Auditoría Guberna- mental Nº 4.50, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 259-2000-CG, debiendo adoptarse en forma inmedia- ta las acciones pertinentes a que hubiere lugar a fin de cautelar los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra las siguientes personas: Ing. Jorge Bautista Nevado, Ing. Miguel García Euribe e Ing. Adolfo Noriega Infante; con base a los hechos contenidos en el Informe Legal Especial Nº 02-4772-2001-01, los mismos que for- man parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradu- ría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presiden- cia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 35255