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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (29/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

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Pág. 213200 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de noviembre de 2001 Humano, entre otros, al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiéndose asimismo la transfe- rencia al referido Instituto, de las Beneficencias Públicas del país y Juntas de Participación Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH, se dispone la nueva conformación de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participa- ción Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que la Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo Nº 26918, establece que los Directores de las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social, continúan en sus funciones, mien- tras no sean expresamente removidos de sus cargos, resul- tando necesario aceptar la renuncia, dar por concluida las designaciones de los Presidentes y Miembros del Directo- rio de las Sociedades de Beneficencia Pública de Arequipa, Cajamarca, Callao, Casma, Huanta, Huánuco, Huaraz, Iquitos, Jaén, Lambayeque, Monsefú, Motupe, San Ro- mán Juliaca, Sullana y Tacna; De conformidad con la Ley Nº 26918, Decreto Legisla- tivo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Minis- terio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, y De- creto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Rafael Escajadillo Grosso al cargo de Presidente de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lambayeque. Artículo 2º.- Dar por concluida a partir de la fecha, las designaciones como Presidente y Miembro de los Directo- rios de las Sociedades de Beneficencia Pública, dándosele las gracias por los servicios prestados, según el siguiente detalle: Sociedad de Nombres y Apellidos Cargo Beneficencia Pública -Arequipa Sr. Luis Fernando Cubas Rivera Presidente -Cajamarca Sr. Jaime Herrera Villanueva Miembro -Callao Sra. Nina Luna de Seminario Miembro -Huanta Sra. Magali Amparo Sánchez Cárdenas Miembro -Huánuco Sr. Manuel Fortunato Cornejo Huapalla Miembro -Iquitos Sr. Herman Enrique Peña Angulo Miembro -Jaén Sr. Carlos Martín Miguel Ghersi Ghersi Presidente -Monsefú Sr. Luis Guillermo Custodio Diez Miembro -Motupe Sra. Ana Silvia Izquierdo Adrianzen Presidenta -San Román Juliaca Sr. Pedro Armando Bernal Muriel Presidente Sra. Lydia Catalina Argandoña Aliaga Miembro -Sullana Sra. Helana Tassara Valdez Presidente -Tacna Sr. Luis Angel Barea Figueroa Presidente Sr. Luis Alberto Basadre Carpio Miembro Artículo 3º.- Designar a partir de la fecha, como Presidente y Miembro del Directorio de las Sociedades de Beneficencia Pública a las siguientes personas: Sociedad de Nombres y Apellidos Cargo Beneficencia Pública -Arequipa CPC José Antonio Váldez Pomareda Presidente -Cajamarca Sra. Carmen María Elvira Luna de Cacho Miembro -Callao Sra. Yissela Janet Medina Lara Miembro -Casma Sra. Ada Erundina Canchis Fabian Presidenta Sra. Linda Marina Castillo Luna Miembro -Huanta Sr. Edwin Coya Salas Miembro -Huánuco Sr. Eduardo Figueroa Gutarra Miembro -Iquitos Sr. César Arones Fernández Miembro -Jaén Sr. Rigoberto Campos Elías Presidente -Lambayeque Sr. Luis Alberto Castro Gálvez Presidente -Monsefú Sr. Víctor Chavesta Chero Miembro -Motupe Sra. Ana María Hinojoza de Cevallos Presidenta -San Román Juliaca Sr. Julián Cutipa Quispe Presidente Sr. Andrés Mamaní Miranda Miembro -Sullana Sr. Segundo Félix Rivera Flores Presidente -Tacna Sr. Héctor Luis Pascual Liendo Salazar Presidente Sr. Mario Jaillita Fernández Miembro Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZ DORIS SANCHEZ PINEDO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 35277Autorizan a procuradora iniciar proce- so judicial contra funcionarios y servi- dores de la Unidad Operativa COOPOP Huamanga y la ex Central COOPOP Huanta por presunta responsabilidad civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 408-2001-PROMUDEH Lima, 26 de noviembre de 2001 Vistos el Oficio Nº 146-2001-PE/COOPOP de fecha 3 de julio del 2001, de la Presidencia Ejecutiva de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Especial Nº 025-2001-02-0197 "Examen Especial a la UOC Huamanga - Internamiento de Camioneta Pick Up Nissan Patrol de Placa Nº NP-690 en ESAM" emitido por la Gerencia de Auditoría Interna de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, se ha determinado la existencia de presunta responsabilidad civil por parte de funcionarios y servidores de la Unidad Operativa COOPOP Huamanga, por el internamiento del vehículo de propiedad de la institución desde el año 1994; Que de los hechos descritos en la acción de control referida, se evidencia que los señores Juan Heranio Ca- rrasco Espinoza, ex Director Ejecutor, Carlos Emilio Mar- tínez Carmelino, ex Jefe de la Unidad Operativa COOPOP - Huamanga, así como los señores Walter Hilarión Vallejo Aquino, ex Administrador, Tolomeo Lucio Casso Rimari, ex Coordinador y Juan Villarroel Navarro, ex Encargado de Almacén de la ex Central COOPOP Huanta, habrían actuado con negligencia en la cautela y seguridad de los bienes de propiedad de la ex Central COOPOP Huanta durante la fase de su desactivación, motivando la genera- ción de una deuda ascendente a la cantidad de S/. 5,000.00 (CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) con la Empresa Estación de Servicios Americanos S.R.L. por el innecesa- rio servicio de cochera y guardianía de la Camioneta Pick Up Nissan Patrol de Placa Nº NP 690 que fuera dejada inoperativa en el local de la citada empresa; Que estando a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobado por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema están considerados como prueba preconstituida para el inicio de acciones legales, resultando necesario autorizar a la Pro- curadora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio modi- ficado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales que corres- pondan contra las personas señaladas en el Informe Espe- cial Nº 025-2001-02-0197 y los demás que resulten respon- sables, por los fundamentos expuestos en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso a la mencionada Procu- radora Pública para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZ DORIS SÁNCHEZ PINEDO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 35267