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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (10/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 211013 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de octubre de 2001 - Tasa de Interés :10.37% nominal anual fija, base 360 (cupón semestral de S/. 51,85 por cada Bono) - Redención :Al vencimiento se cancelará el ínte- gro del capital - Valor Nominal :S/. 1 000,00 (un mil y 00/100 nuevos soles) - Mecanismo de Colocación :Subasta Pública a través de la Bolsa de Valores de Lima - Modalidad de Subasta :HOLANDESA - Variable a subastar :Precio del Bono - Negociabilidad :Libremente nego- ciables - Representación :Anotación en cuen- ta mediante el re- gistro contable en CAVALI ICLV S.A. - Agente Colocador :Wiese Sudameris SAB S.A. - Pago de Principal e Intereses :A través de CAVA- LI ICLV S.A. - Opción de Rescate :No tendrá opción de rescate - Negociación :Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima Artículo 3º.- Las demás características del segundo tramo que se autoriza en el Artículo 1º de la presente norma legal, serán establecidas por la Dirección General de Cré- dito Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 32455 Modifican Directiva para el Proceso Presupuestario de los Organismos Reguladores, Supervisores, Adminis- tradores de Recursos, Fondos, Empre- sas Municipales y Otras Entidades de Servicios para el año 2001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 035-2001-EF/76.01 Lima, 28 de setiembre de 2001CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Directoral Nº 051- 2000-EF/76.01 de fecha 30 de diciembre del 2000, se aprobó la Directiva Nº 003-2001-EF/76.01 “Directiva para el Proceso Presupuestario de los Organismos Regu- ladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales, y Otras Entidades de Servicios para el Año Fiscal 2001”; Que, luego de la revisión de la información de la Evaluación Presupuestaria al I semestre del año 2001, de las Entidades comprendidas en la Directiva mencio- nada en el considerando precedente, así como el resulta- do de coordinaciones realizadas con sus representantes, se hace necesario precisar algunos mandatos contenidos en la citada Directiva; Que, en consecuencia resulta necesario modificar los Artículos 4º, 7º, 14º, 15º, 22º y 34º de la Directiva Nº 003- 2001-EF/76.01, a fin de aclarar y precisar los mandatos que contienen, para una mejor orientación e interpreta- ción de los mismos, así como ajustar los plazos estableci- dos para el cumplimiento adecuado en la administración y flujo de la Información Presupuestaria; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 Re- glamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas modificada por la Resolución Vice- ministerial Nº 108-2000-EF/13; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Modificar el segundo párrafo del Artí- culo 4º de la Directiva Nº 003-2001-EF/76.01 “Directiva para el Proceso Presupuestario de los Organismos Regu- ladores, Supervisores, Administradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios para el Año Fiscal 2001” como sigue: “Artículo 4º (...) “Para el cómputo del plazo establecido en días en el primer párrafo del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 148-2000-EF, éstos se entienden como días hábiles” . Artículo 2º .- Sustituir el inciso 7.4 del Artículo 7º de la Directiva Nº 003-2001-EF/76.01 “Directiva para el Proceso Presupuestario de los Organismos Regulado- res, Supervisores, Administradores de Recursos, Fon- dos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servi- cios para el Año Fiscal 2001” como sigue: “Artículo 7º (...) “7.4 Copia de la Resolución o Acuerdo de aprobación del Presupuesto (según Modelo Nº 1), suscrito por el Titular u órgano equivalente de la Entidad, así como los Formatos y Anexos establecidos en el numeral 7.2 del presente artículo debidamente visados por el Titular u órgano equivalente de la Entidad o por el Gerente General y el Jefe de Presupues-